[ 20.08.2016 10:35 ] ›
Regularización Dominial a ocupantes de vivienda que acrediten posesión pública
El Senado sancionó con fuerza de Ley el Convenio con el Colegio de Escribanos
En la sesión ordinaria del jueves 18 de agosto de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, por unanimidad y sobre tablas, los senadores oficialistas y de la oposición, sancionaron con fuerza de Ley el Mensaje 4427 del Poder Ejecutivo (Expediente 30585 PE) (Expediente 32994 PER), con media sanción de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe desde el 2 de junio de 2016 y con fecha de entrada el 9 de diciembre de 2015, de autoría del entonces gobernador Antonio Bonfatti (PS-FPCS), hoy diputado provincial y presidente de dicha Cámara, y la ex ministra de Desarrollo Social, Mónica Bifarello, por el cual se aprueba el Convenio Marco de Colaboración celebrado en fecha 24 de setiembre de 2014 entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe (Segunda Circunscripción), que tiene por finalidad la colaboración en el Régimen de Regularización Dominial a favor de ocupantes de vivienda que acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante tres (3) años, con anterioridad al 1º de Enero de 2009, cuyos inmuebles urbanos tengan por destino principal el de “casa habitación única y permanente”, ubicadas en la jurisdicción en donde el Colegio tiene incumbencia, dentro de la Provincia de Santa Fe.
Lo actuado por el funcionario a cargo del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia en la firma del mencionado Convenio, fue aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº 4419 de fecha 27 de noviembre de 2014 e inscripto bajo el Nº 6325 en fecha 20 de octubre de 2014, al Folio 266, Tomo XI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto Nº 1767/84 – Dirección General de Técnica Legislativa, cuya copia como anexo forma parte integrante de esta Ley.
Las Actas que reconozcan derechos posesorios y las Escrituras traslativas de dominio serán autorizadas por los Escribanos que posean Registros Notariales en el ámbito de la Segunda Circunscripción de la Provincia de Santa Fe y que en forma voluntaria se inscriban en la nómina que a tales efectos abra el Colegio, de la forma y con los requisitos que éste establezca.
En la sesión ordinaria del jueves 18 de agosto de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, los senadores oficialistas y de la oposición completaron el procedimiento parlamentario y sancionaron con fuerza de Ley el Mensaje 4427 (Expediente 30585 PE) (Expediente 32994 PER) del Poder Ejecutivo, proveniente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe con media sanción desde el 2 de junio de 2016 y con fecha de entrada el 9 de diciembre de 2015 por mesa de movimiento, de autoría del entonces gobernador Antonio Bonfatti y la entonces ministra de Desarrollo Social, Mónica Bifarello.
En tal sentido, quedó aprobado por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe el Convenio Marco de Colaboración que tiene por finalidad “la regularización dominial a favor de ocupantes de vivienda que acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante tres (3) años, con anterioridad al 1º de Enero de 2009, cuyos inmuebles urbanos tengan por destino el de casa habitación única y permanente”, ubicadas en la jurisdicción en donde el Colegio de Escribanos de Santa Fe (Segunda Circunscripción) tiene incumbencia: departamentos Belgrano, Caseros, Constitución, Rosario, General López, Iriondo y San Lorenzo.
Publicado: 20/Agosto/2016
Lo actuado por el funcionario a cargo del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia en la firma del mencionado Convenio, fue aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº 4419 de fecha 27 de noviembre de 2014 e inscripto bajo el Nº 6325 en fecha 20 de octubre de 2014, al Folio 266, Tomo XI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto Nº 1767/84 – Dirección General de Técnica Legislativa, cuya copia como anexo forma parte integrante de esta Ley.
Las Actas que reconozcan derechos posesorios y las Escrituras traslativas de dominio serán autorizadas por los Escribanos que posean Registros Notariales en el ámbito de la Segunda Circunscripción de la Provincia de Santa Fe y que en forma voluntaria se inscriban en la nómina que a tales efectos abra el Colegio, de la forma y con los requisitos que éste establezca.
En la sesión ordinaria del jueves 18 de agosto de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, los senadores oficialistas y de la oposición completaron el procedimiento parlamentario y sancionaron con fuerza de Ley el Mensaje 4427 (Expediente 30585 PE) (Expediente 32994 PER) del Poder Ejecutivo, proveniente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe con media sanción desde el 2 de junio de 2016 y con fecha de entrada el 9 de diciembre de 2015 por mesa de movimiento, de autoría del entonces gobernador Antonio Bonfatti y la entonces ministra de Desarrollo Social, Mónica Bifarello.
En tal sentido, quedó aprobado por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe el Convenio Marco de Colaboración que tiene por finalidad “la regularización dominial a favor de ocupantes de vivienda que acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante tres (3) años, con anterioridad al 1º de Enero de 2009, cuyos inmuebles urbanos tengan por destino el de casa habitación única y permanente”, ubicadas en la jurisdicción en donde el Colegio de Escribanos de Santa Fe (Segunda Circunscripción) tiene incumbencia: departamentos Belgrano, Caseros, Constitución, Rosario, General López, Iriondo y San Lorenzo.
Publicado: 20/Agosto/2016
Fuente: Fernando Brosutti
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