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[ 20.01.2017 13:22 ]   ›

Diputados se resiste a tratar la Ley de Aguas de la senadora Cristina Berra

Las comisiones estudian la media sanción para garantizar el acceso al agua potable

Diputados se resiste a tratar la Ley de Aguas de la senadora Cristina Berra
Las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Obras y Servicios Públicos, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, desde la sesión ordinaria del pasado jueves 16 de junio de 2016, hace 7 meses, estudian el Proyecto de Ley (Expediente 31305 SEN) (Expediente 32691 JL) de autoría de la senadora provincial justicialista Cristina Antonia Berra (BJ-San Martín), venido en revisión con media sanción del Senado desde el 2 de junio de 2016, por el cual se implementa la Ley de Aguas de Santa Fe, que consta de 208 artículos cuidadosamente elaborados y 147 fojas que establecen las disposiciones que rigen la gestión integral de los recursos hídricos en todo el territorio provincial, sin olvidar que “es la cuarta vez que se insiste con dicha iniciativa” y que en todas las ocasiones anteriores perdió estado parlamentario en la mencionada Cámara de Diputados por falta de tratamiento en tiempo y forma.
 
Se comunicó la media sanción del Senado a Diputados para su sanción definitiva
 
Cabe señalar que la senadora provincial justicialista Cristina Antonia Berra (BJ-San Martín), presidenta de la comisión de Asuntos Hídricos de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, en la sesión ordinaria del pasado jueves 2 de junio de 2016, por unanimidad, obtuvo el respaldo de sus pares, nuevamente, para el Proyecto de Ley (Expediente 32691 JL) (Expediente 31305 SEN) de su autoría, que consta de 208 artículos y por el que se establecen las disposiciones que rigen la gestión integral de los recursos hídricos en el territorio de la Provincia (Ley de Aguas), el cual ingresara el pasado 25 de abril de 2016 por mesa de movimiento, luego de lograr el rápido despacho de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, atento a que “es la cuarta vez que se insiste con dicha iniciativa” ya que, lamentablemente, en todas las ocasiones anteriores perdió estado parlamentario en la Cámara de Diputados por falta de consideración en tiempo y forma. Ahora, otra vez, se comunicó la media sanción a la Cámara de Diputados para su estudio y sanción definitiva.
 
Lifschitz había habilitado el Proyecto de Ley de Aguas en Sesiones Extraordinarias
 
El gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, acompañado del ministro de Gobierno y Reforma del Estado, Pablo Farías, mediante el Mensaje 4454 suscripto por ambos, había remitido a la Legislatura de la Provincia copia debidamente autenticada del Decreto 0506 del 28 de marzo de 2016 por el cual se incluía en el temario de Sesiones Extraordinarias el Proyecto de Ley (Expediente 28982 DBL) de la senadora provincial justicialista Cristina Antonia Berra (BJ-San Martín), presidenta de la comisión de Asuntos Hídricos de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, y de los miembros integrantes de la citada comisión, con media sanción del Senado desde el pasado jueves 7 de agosto de 2014, que consta de 208 artículos y por el que se establecen las disposiciones que rigen la gestión integral de los recursos hídricos en el territorio de la Provincia de Santa Fe (Ley de Aguas). No obstante, en la última sesión extraordinaria de fecha 21 de abril de 2016 de la Cámara de Diputados no prosperó y perdió nuevamente estado parlamentario.
 
No prosperó en la Cámara de Diputados y perdió otra vez estado parlamentario
 
Vale recordar que la senadora provincial justicialista Cristina Antonia Berra (BJ-San Martín), presidenta de la comisión de Asuntos Hídricos; acompañada de los miembros integrantes de la misma de la anterior gestión: Eduardo Rosconi (BJ-Caseros), Danilo Capitani (BJ-San Jerónimo), Germán Giacomino (UCR-FPS-Constitución), Orfilio Marcón (NEO-UCR-FPCS-Gral. Obligado) y Ricardo Kaufmann (BJ-Garay), en la sesión ordinaria del día jueves 7 de agosto de 2014 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, por unanimidad, había obtenido el apoyo de sus pares para el Proyecto de Ley (Expediente 28982 DBL) de su autoría y suscripto por los nombrados que, con 208 artículos, ingresara nuevamente el pasado día jueves 29 de mayo de 2014 y que, como Ley de Aguas, fuera aprobado en otras oportunidades y perdiese estado parlamentario por falta de tratamiento en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe; comunicándose otra vez la media sanción a dicha Cámara de Diputados que, a pesar de que el Poder Ejecutivo, el 28 de marzo de 2016, habilitara el asunto para las Sesiones Extraordinarias, dejase caer por falta de tratamiento.
 
En el año 2011, el senador (MC) y diputado nacional (MC) Zabalza votó en contra
 
Cabe recordar también que en la sesión ordinaria del día viernes 30 de noviembre de 2012 de la Cámara de Senadores se había obtenido el apoyo unánime del resto de los senadores para el proyecto de Ley de Aguas, que había sido aprobado oportunamente y lograra la media sanción correspondiente con la anterior composición del Senado, la del período 2007-2011, durante la sesión ordinaria del día jueves 24 de noviembre de 2011 y asistencia perfecta de los integrantes del Cuerpo, con el voto afirmativo de los senadores justicialistas y radicales y el voto negativo del senador socialista (MC) Juan Carlos Zabalza (PS-FPCS-Rosario), luego diputado nacional (MC) y actual coordinador del gabinete ministerial del gobernador de la Provincia, Miguel Lifschitz.
 
En 2012 se consiguió el apoyo de todos los senadores, incluido el propio Lifschitz
 
Ese mismo proyecto de Ley de Aguas, con algunas modificaciones que lo enriquecieron, que consta de 208 artículos y un extenso glosario de términos, por el cual, y a través del trabajo de elaboración de la norma dirigido por Fabiana Malatesta y Rodolfo Palazzo, “se crea el marco regulatorio para permitir un uso eficiente y sustentable de esta riqueza natural agotable”; fue aprobado en el transcurso de la sesión ordinaria del Senado del día viernes 30 de noviembre de 2012, comunicando nuevamente la media sanción a la Cámara de Diputados para su consideración y sanción definitiva, pero en esa ocasión con el voto afirmativo de los 19 integrantes del Cuerpo, incluido el único senador socialista Miguel Lifschitz (Mandato Cumplido).
 
En el año 2014, nuevamente, se logró la media sanción en la Cámara de Senadores
 
Como perdió otra vez estado parlamentario por falta de tratamiento en la Cámara de Diputados, la senadora provincial justicialista Cristina Berra (BJ-San Martín), acompañada de los integrantes de la comisión de Asuntos Hídricos que preside, ingresó nuevamente el proyecto de Ley de Aguas en el transcurso de la sesión ordinaria del día jueves 29 de mayo de 2014 de la Cámara de Senadores y, en atención a que fuera aprobado en varias oportunidades, y en la última por unanimidad, fue girado solamente a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio; obteniendo el apoyo unánime de sus pares durante la sesión ordinaria del día jueves 7 de agosto de 2014 del Senado, comunicándose la media sanción, otra vez, a la Cámara de Diputados para su análisis y consideración, que el Poder Ejecutivo el 28 de marzo de 2016 habilitase para las sesiones extraordinarias y dejara caer nuevamente dicha Cámara de Diputados por falta de tratamiento.
 
El objetivo es garantizar el acceso al agua potable como derecho fundamental
 
El proyecto elaborado está compuesto de 208 artículos agrupados en cuatro libros y un glosario de términos, atendiendo a la metodología clásica y racional, facilitando de este modo su aplicación y comprensión. La norma crea el marco regulatorio para permitir un uso eficiente y sustentable de esta riqueza natural agotable, cuyo objetivo es garantizar el acceso al agua potable como derecho humano fundamental y promover su uso adecuado en atención a la política hídrica provincial.
 
Se atiende a los principios rectores de las políticas hídricas, nacional y provincial
 
Se ocupa de los principios generales de la materia y de las disposiciones relativas al objeto de la norma, al dominio de las aguas, reiterándose los preceptos del Código Civil al respecto, el ámbito de aplicación de la misma, el criterio en la determinación de la gestión de las cuencas interprovinciales, la atención de los principios rectores de política hídrica nacional, el respeto por la unicidad del ciclo hidrológico, el valor del agua y la concreta determinación del derecho a la misma, como así también la enumeración de los objetivos de la política hídrica provincial.
 
Se respeta la distinción del Código Civil entre aguas de dominio público y privado
 
Se atiende la distinción que establece el Código Civil entre aguas del dominio público y del dominio privado y las particularidades que se presentan en relación al dominio de las mismas, como ser las aguas interjurisdiccionales, los cursos discontinuos u ocasionales, los cauces desocupados, la regulación de las aguas privadas y las consecuencias de su ingresos a cauces públicos.
 
Se fijan pautas básicas en lo que respecta a la protección de los recursos hídricos
 
Se fijan las pautas básicas en lo que respecta a la protección de los recursos hídricos, independientemente de su carácter público o privado, y, en ese sentido, se prohíbe la alteración en el régimen o la calidad de las aguas sin la debida intervención de profesional habilitado y previa autorización de la autoridad de aplicación, que será el Ministerio de Aguas e Infraestructura, facultada para determinar las áreas de protección, fijándose disposiciones para la protección de los humedales.
 
Se norma sobre usos, aprovechamiento y obras de abastecimiento a poblaciones
 
Se norma sobre los distintos usos y aprovechamiento de los recursos hídricos y las obras que interactúan con el agua, uso común, usos especiales, permiso, concesión y canon, abastecimiento de poblaciones, uso para servicios municipal y comunal, uso agrícola, uso pecuario y de granja, uso industrial, uso acuícola, uso energético, uso terapéutico o medicinal de aguas termales, uso minero, uso turístico, deportivo y recreativo, uso para navegación y flotación, uso de cauces y lechos, además de la extinción de la concesión y permiso y los usos preexistentes.
 
Se contemplan las obras hidráulicas y de otro tipo que interactúan con las aguas
 
Se contemplan las obras hidráulicas y de otro tipo que interactúan con las aguas, otras intervenciones, el control del recurso hídrico, su protección y las afectaciones al medio por efecto del agua y por acción del hombre, inundación, sequía extraordinaria, sedimentación de cuerpos, erosión, emergencia hídrica, extensión del dominio, línea de ribera y limitaciones al dominio privado, ocupación temporal, servidumbres administrativas y expropiación.
 
Se planifican recursos hídricos y evalúan con un sistema de información y registros
 
Se planifican los recursos hídricos con una evaluación de los mismos y del sistema de información y registros, contemplándose los conflictos emergentes del uso del recurso y su resolución, además de un régimen económico financiero y, por supuesto, las sanciones, que serán de apercibimiento, multa, suspensión de permisos o concesiones y/o caducidad de los mismos.
 
Se constituyen las organizaciones de cuencas y las organizaciones de beneficiarios
 
Y, finalmente, se dispone la constitución de organizaciones de cuencas que actuarán como personas jurídicas de derecho público y estarán integradas, entre otros, por representantes de los municipios y comunas, y de organizaciones de usuarios o beneficiarios, las que estarán conformadas por productores y propietarios y funcionarán como personas jurídicas de derecho público no estatales.
 
“No puede ser, francamente, que la Provincia no cuente con una Ley de Aguas”
 
“No puede ser que la Provincia de Santa Fe no cuente con una Ley de Aguas”, había argumentado la senadora provincial justicialista Cristina Antonia Berra (BJ-San Martín) en varias oportunidades, como reiteró en esta nueva instancia, destacando la eficiente colaboración prestada por Fabiana Malatesta y Rodolfo Palazzo y el agradecimiento al senador (MC) Hugo Terré (PJ-9 de Julio) también coautor de la iniciativa, acompañada de los demás integrantes de la comisión de Asuntos Hídricos de la anterior gestión, el Proyecto (Expediente 28982 DBL) de Ley de Aguas que, estudiado por la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Senadores a la que fue derivado en la sesión del día jueves 29 de mayo de 2014, resultara aprobado por unanimidad durante la sesión del día jueves 7 de agosto de 2014, nuevamente, y comunicado a la Cámara de Diputados como aconteciera en otras oportunidades, para su análisis y tratamiento. El Poder Ejecutivo Provincial, el 28 de marzo de 2016, habilitó la media sanción para las Sesiones Extraordinarias, pero otra vez la Cámara de Diputados dejó caer por falta de tratamiento.
 
“No puede ser que Santa Fe no pueda garantizar a todos el acceso al agua potable”
 
En función de ello, la senadora justicialista Cristina Berra (BJ-San Martín), presentó nuevamente el Proyecto de Ley de Aguas (Expediente 32691 JL) (Expediente 31305 SEN) de su autoría, por mesa de movimiento de la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2016 y, en la sesión ordinaria del jueves 2 de junio de 2016, logró nuevamente el apoyo unánime de sus pares luego del rápido dictamen de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, comunicándose otra vez la media sanción a la Cámara de Diputados para su sanción definitiva. La citada Cámara de Diputados procedió al ingreso de la media sanción en la sesión ordinaria del jueves 16 de junio de 2016, derivándola a cuatro comisiones internas para su estudio y sanción definitiva a la mayor brevedad posible, como muchos presumen admitiendo prueba parlamentaria en contrario, porque según opina la autora con el respaldo de todos los senadores, oficialistas y de la oposición, “no puede ser que la Provincia de Santa Fe no pueda garantizar a todos el acceso al agua potable”.
 
Diputados se resiste a sancionar el Proyecto de Ley de Aguas de Cristina Berra
 
No obstante el tiempo transcurrido, Diputados se mostró renuente en el 134º Período Ordinario de Sesiones a considerar el Proyecto de Ley de Aguas, y, en atención a que el Poder Ejecutivo Provincial, en esta ocasión, no lo incluyó entre los asuntos de interés público del actual Período Extraordinario de Sesiones, su tratamiento y posible sanción definitiva deberá aguardar hasta después del 1º de mayo de 2017, fecha de inicio del 135º Período Ordinario de Sesiones, salvo que el Gobernador Miguel Lifschitz disponga su incorporación en el actual Período Extraordinario.
 
Publicado: 20/Enero/2017

Fuente: Fernando Brosutti


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