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[ 18.03.2017 18:07 ]   ›

Miguel Lifschitz habilitó el Proyecto de Ley de Paridad en estas “Extraordinarias”

El Senado decidirá sobre la concreción de “50% de varones y 50% de mujeres”

Miguel Lifschitz habilitó el Proyecto de Ley de Paridad en estas “Extraordinarias”
Hace casi tres meses, el pasado martes 3 de enero de 2017, el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, recibió a representantes de la Mesa de Mujeres por la Paridad, en un encuentro en el que se conversó sobre el Proyecto de Ley de Paridad, y asumió el “compromiso de iniciar un proceso de diálogo”, abriendo una instancia con los actores que, claramente, tienen a su cargo la decisión, en términos políticos, de que “la Ley de Paridad sea una realidad”. Para ello, se comprometió a realizar una ronda de consultas para “lograr el consenso con los legisladores”. Si bien, hasta el momento, no se llevó a cabo ningún encuentro al respecto, el jueves 16 de marzo de 2017, mediante el Decreto Nº 0511 de esa fecha, incorporó el asunto en el temario de actual Período de Sesiones Extraordinarias en un nuevo envío por parte del Poder Ejecutivo Provincial, en cumplimiento de la palabra empeñada el 8 de marzo, a pesar de no haber prosperado las negociaciones entre los sectores involucrados.
 
Vale recordar que en la sesión ordinaria del pasado jueves 27 de octubre de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, se procedió al ingreso formal del Proyecto de Ley (Expediente 33951 CD) (Expediente 30045 DB), en cabeza de la diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS), proveniente con media sanción de Diputados, por el cual se establece la participación igualitaria de varones y mujeres, entendiendo por la misma, la integración de un 50% de cada sexo en los cargos electivos, y se derivó a cuatro comisiones permanentes internas del Cuerpo Legislativo para su estudio y análisis: de Legislación del Trabajo, de Derechos Humanos, de Asuntos Comunales y Municipales, Desarrollo Regional y Defensa Civil, y de Asuntos Constitucionales y Legislación General, en ese orden.
 
A pesar del tiempo transcurrido, el Senado, durante el Período Ordinario de Prórroga que finalizó indefectiblemente el miércoles 30 de noviembre de 2016 a la medianoche, no consideró el tema en cuestión, a punto tal que la primera comisión, la de Legislación del Trabajo, no emitió dictamen para girarlo a la siguiente. El Poder Ejecutivo, por su parte, el jueves 16 de marzo de 2017, mediante el Decreto Nº 0511, en su sexto envío para el actual Período Extraordinario, incluyó finalmente la iniciativa en el temario de asuntos de interés público.
 
Por lo tanto, atento a los tiempos y requerimientos parlamentarios, acorde a su habilitación en el Período Extraordinario de Sesiones por parte del Poder Ejecutivo Provincial, ha quedado en “manos del Senado” su posible concreción en las pocas sesiones extraordinarias que quedan, la del 30 de marzo y las del mes de abril; sin olvidar que 1º de mayo de 2017, fecha de inicio del 135º Período Ordinario de Sesiones, perderá estado parlamentario y, por consiguiente, deberá iniciarse nuevamente todo el procedimiento parlamentario.
 
No debemos olvidar que en la sesión ordinaria del jueves 20 de octubre de 2016 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, presidida por el diputado socialista Antonio Bonfatti (PS-FPCS), con 44 legisladores presentes y 6 ausentes: Mercedes Meir (FSP), Luis Daniel Rubeo (BJ), Cesira Arcando (FE-CSF), Gabriel Real (PDP-FPCS), Estela Maris Yaccuzzi (NEO-UCR-FPCS) y Claudia Moyano (UCR-FPCS), sobre tablas en razón de no haberse obtenido el despacho de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General que no pudo reunirse por falta de quórum, luego que la comisión de Derechos y Garantías emitiera dictamen favorable para el Proyecto de Ley (Expediente 30774 CD-DB) de la diputada provincial socialista Silvia Augsburger (IP), ingresado en fecha 2 de marzo de 2016 con el acompañamiento de sus pares: Rubén Giustiniani (IP), Carlos Del Frade (FSP) y Mercedes Meier (FSP), y después de unificarlo con el Proyecto de Ley (Expediente 30045 DB) de las diputadas provinciales: Verónica Benas (PARES-FPCS), Miriam Cinalli (UPRO-CSF), Inés Bertero (PS-FPCS), Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), Aliza Damiani (Mandato Cumplido), Patricia Gazcué (Mandato Cumplido), Eduardo Toniolli (Mandato Cumplido) y otras y otros que presentaran el 7 de mayo de 2015, hace casi un año y once meses durante la anterior gestión parlamentaria, y una vez consensuadas leves modificaciones de forma en tres artículos, se aprobó la iniciativa por la cual se establece la “participación y representación igualitaria de varones y mujeres, entendiendo por tal la integración de un 50% de cada sexo en los órganos colegiados electivos”, con el objeto de hacer efectivo el principio de participación y representación igualitaria entre varones y mujeres, en cumplimiento de los derechos y garantías consagrados en la Constitución Nacional y los pactos y tratados internacionales de igual jerarquía incorporados en su artículo 75 inciso 22); a través de 10 artículos cuidadosamente elaborados y consensuados luego de la acumulación; por 35 votos afirmativos, ningún voto negativo y 8 abstenciones: Julián Galdeano (UCR-FPCS), Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), Alejandro Boscarol (UCR-FPCS), Héctor Gregoret (UCR-FPCS), Claudio Fabián Palo Oliver (UCR-FPCS), Edgardo Martino (NEO-UCR-FPCS), Jorge Henn (NEO-UCR-FPCS) y Norberto Nicotra (UPRO-CSF); comunicándose la media sanción al Senado para su estudio y sanción definitiva.
 
Esta Ley será aplicable a las listas de candidatos y a la composición de: la Legislatura Provincial, los Concejos Municipales, las Comisiones Comunales, los Partidos Políticos y las Convenciones Constituyentes.
 
Las listas deberán confeccionarse ubicando alternativamente a personas de diferente sexo, no pudiendo haber dos candidatos/as consecutivos/as del mismo sexo, en la totalidad de las candidaturas titulares y suplentes, cualquiera sea el sistema electoral que se aplicare. No serán oficializadas por el Tribunal Electoral de la Provincia las listas que no cumplan con lo dispuesto precedentemente.
 
En caso de suscitarse la vacancia de una mujer en las listas de candidatos a los cargos de los cuerpos colegiados electivos, ésta sólo podrá ser cubierta por otra candidata mujer, y deberá hacerse efectiva por la que siga en el orden de postulación (corrimiento) establecido, trasladándose el corrimiento a las listas de candidatas mujeres titulares y suplentes sucesivamente, y el partido político o confederación de partidos o alianzas electorales, deberán registrar una nueva suplente mujer.
 
En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad, incapacidad permanente o cualquier otro motivo que imposibilite a una mujer la asunción o el ejercicio del cargo, la sustitución sólo deberá hacerse efectiva por la mujer que siga en el orden establecido de la misma nómina perteneciente a la mujer que dio origen a la vacancia.
 
Se modifican los artículos 4, 11, 14 y 19 de la Ley Nº 12.367 (Sistema de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias), y los artículos 18 inciso a) y cuarto párrafo del artículo 28 de la Ley Nº 6.808 de Partidos Políticos; y se abroga la Ley Nº 10.802 del Cupo Femenino y toda norma que se oponga a la presente Ley.
 
La igualdad efectiva ante la ley y la no discriminación de las mujeres de los ámbitos de representación y decisión es una “demanda imperativa de la democracia”. Los números son elocuentes para mostrar la existencia de barreras y tabiques invisibles que confinan a las mujeres a los estratos jerárquicos más bajos y a las áreas menos jerarquizadas en términos de valoración social o económica.
 
Resulta claro que allí donde no hay una normativa que obligue específicamente a incorporar una proporción, las mujeres no llegan. El piso del 30% de los ámbitos legislativos no pasará a la igualdad por el mero transcurso del tiempo, por el contrario, ha comenzado a sufrir retrocesos.
 
Si bien en los últimos años se observan mujeres en lugares antes ocupados sólo por varones, todavía el nivel de representatividad que ostentan en los cargos de mayor jerarquía sigue siendo muy bajo. En la actualidad, las mujeres siguen siendo la mayoría de las afiliadas en los padrones de todos los partidos políticos.
 
La democracia no pide que mujeres sean representadas por mujeres. La paridad encuentra su fundamento en la justicia como imparcialidad y, en función de ello, “queremos evitar que ser mujer condene al ostracismo y se convierta en una desventaja en sí misma”, fundamentó la diputada socialista Silvia Augsburger (IP) el Proyecto de Ley (Expediente 30774 CD-DB) de su autoría, presentado el miércoles 2 de marzo de 2016 con el acompañamiento de sus pares: Rubén Giustiniani (IP), Carlos Del Frade (FSP) y Mercedes Meier (FSP), por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, acumulado al Proyecto de Ley (Expediente 30045 DB) de las diputadas provinciales Verónica Benas (PARES-FPCS), Miriam Cinalli (UPRO-CSF), Inés Bertero (PS-FPCS), Patricia Gazcué (Mandato Cumplido), Aliza Damiani (Mandato Cumplido) y otras y otros ingresado el 7 de mayo de 2015, hace casi un año y once meses, durante la anterior gestión parlamentaria, y con dictamen favorable de la comisión de Derechos y Garantías para la iniciativa resultante de la acumulación.
 
En la sesión ordinaria del pasado jueves 20 de octubre de 2016 de la Cámara de Diputados, sobre tablas en razón de no haberse reunido la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General por falta de quórum, y luego de algunas modificaciones leves consensuadas entre los autores, coautores y el resto de los legisladores, con las correcciones correspondientes a la acumulación, se aprobó con 35 votos afirmativos, ningún voto negativo y 8 abstenciones: Julián Galdeano (UCR-FPCS), Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), Alejandro Boscarol (UCR-FPCS), Claudio Fabián Palo Oliver (UCR-FPCS), Héctor Delfino Gregoret (UCR-FPCS), Edgardo Martino (NEO-UCR-FPCS), Jorge Antonio Henn (NEO-UCR-FPCS) y Norberto Nicotra (UPRO-CSF), comunicándose la media sanción al Senado, para su estudio, análisis, consideración, tratamiento y sanción definitiva; no sin antes parafrasear a Amelia Valcárcel en el sentido que “como ciudadanos y ciudadanas debemos cuidar de que nadie sea minusvalorado por el hecho de ser mujer”.
 
Posteriormente, en la sesión ordinaria de fecha 27 de octubre de 2016 del Senado, se procedió al ingreso del Proyecto de Ley (Expediente 33951 CD) en cabeza de la diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS) por razones de antigüedad en la presentación, proveniente de Diputados con media sanción como se indica más arriba, y se giró a cuatro comisiones internas para su estudio: de Legislación del Trabajo, de Derechos Humanos, de Asuntos Comunales y Municipales, Desarrollo Regional y Defensa Civil, y de Asuntos Constitucionales y Legislación General.
 
En el Período Ordinario de Prórroga del Senado no se trató el asunto, a punto tal que la primera de las comisiones, la de Legislación del Trabajo, no emitió dictamen y, por ende, no pudo continuar la iniciativa su derrotero legislativo a la comisión siguiente, y, teniendo en cuenta que el miércoles 30 de noviembre de 2016 finalizó el Período Ordinario de Sesiones, se necesitaba su habilitación para el Período Extraordinario de Sesiones que convocó el Poder Ejecutivo Provincial; hecho que ocurrió recién el jueves 16 de marzo de 2017 a través del Decreto Nº 0511, hace sólo un par de días.
 
Como hace casi tres meses, el pasado martes 3 de enero de 2017, el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, recibió a representantes de la Mesa de Mujeres por la Paridad, y asumió el “compromiso de iniciar un proceso de diálogo y una ronda de consultas para lograr el consenso con los legisladores” sobre el Proyecto de Ley de Paridad, y lo reiteró el 8 de marzo, en un nuevo envío, el sexto, incorporó el tema en el actual Período Extraordinario y dejó al arbitrio del Senado la decisión final; sin olvidar que si no es tratado en estas pocas sesiones extraordinarias que quedan, perderá estado parlamentario el 1º de mayo de 2017, fecha de inicio del 135º Período Ordinario de Sesiones, requiriéndose en consecuencia reiniciar a partir de esa fecha, con un nuevo Proyecto de Ley de Paridad, el procedimiento legislativo.
 
Publicado: 18/Marzo/2017

Fuente: Susana Goris


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