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[ 17.05.2017 09:50 ]   ›

El Senado trataría otra vez el régimen de reciclaje de insumos informáticos

Para Borla, “se necesita que los organismos implementen sistemas de reciclaje”

El Senado trataría otra vez el régimen de reciclaje de insumos informáticos
En el transcurso de la sesión ordinaria del jueves 11 de mayo de 2017 del Senado de la Provincia de Santa Fe, el senador radical Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal), presidente del Bloque Frente Progresista Cívico y Social, ingresó sobre tablas el Proyecto de Ley de autoría del senador radical Rodrigo Borla (NEO-UCR-FPCS-San Justo), idéntico al que lograra el apoyo unánime de los senadores en la sesión ordinaria del pasado 30 de noviembre de 2011, hace cinco años y medio, presentado por el susodicho y que perdiese estado parlamentario en Diputados por falta de tratamiento en tiempo y forma; mediante el cual, a través de 11 artículos, propone la implementación de un régimen de reciclaje de insumos informáticos; y se giró a las comisiones permanentes internas del Cuerpo para su pronta consideración en razón de los antecedentes legislativos que presenta la iniciativa.
 
La administración pública provincial, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado Provincial y las sociedades prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, deberán implementar sistemas de reciclaje de sus insumos informáticos.
 
Estos organismos deberán, en los casos de contratación de provisiones informáticas y de fotocopiadoras, así como los respectivos subcontratantes directos, otorgar preferencia a la adquisición de insumos reciclados y de origen nacional, conforme las disposiciones de la presente y su reglamentación.
 
Se otorgará esta preferencia a las ofertas de bienes reciclados cuando para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea por lo menos un treinta por ciento (30%) inferior al de los bienes originales o no reciclados. Toda licitación de insumos informáticos y de fotocopiadoras, deberá contemplar la oferta de bienes originales y de reciclados.
 
Se deberá realizar una campaña de concientización dentro de las dependencias públicas con el objetivo de favorecer el reciclaje, enfocándose en los beneficios económicos y ambientales que se generan y, a los fines de la presente, los proveedores de insumos informáticos deberán cumplir con una serie de condiciones.
 
Estos proveedores deberán poseer certificación ISO 9001-2000 vigente para su sistema de gestión de calidad acreditada por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA), pertinente y específica a la provisión que se licita; disponer de la acreditación de la calidad del insumo que se oferta en relación con el original; poseer la declaración jurada de residuos especiales al día; y contar con un sistema de disposición final de residuos no reciclables; sin perjuicio de otras condiciones que establezca la reglamentación.
 
Los pliegos deberán incluir como requisitos específicos: la constitución de una garantía especial por el proveedor por la duración y prestación del insumo y por las eventuales afectaciones a los equipos en los que sea utilizado; la cantidad y cuantificación económica de los envases entregados en la provisión, a los fines del contrato; el plazo de restitución y devolución al proveedor, por parte del organismo, de los envases vacíos; y el régimen de disposición final de los insumos no reciclables.
 
Cuando se compruebe la violación de las disposiciones de la presente Ley, el organismo en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá incoar el correspondiente sumario administrativo. Y, en el caso pertinente, la inhabilitación temporaria o definitiva para ser proveedor de la administración pública.
 
El texto de la presente Ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, las que se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de esta norma.
 
Y, en la medida que sea factible, “se aplicará en aquellas licitaciones que, por no haber alcanzado todavía situaciones firmes, sea posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen”, fundamentó el senador provincial radical Rodrigo Borla (NEO-UCR-FPCS-San Justo) el Proyecto de Ley de su autoría que obtuviera media sanción de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, por unanimidad y sobre tablas, en la última sesión ordinaria del Cuerpo del pasado 30 de noviembre de 2011, hace cinco años y medio, con la antigua conformación de ese período, que, al no ser tratado en tiempo y forma en Diputados, perdiese estado parlamentario, motivo por el cual en la sesión ordinaria del jueves 11 de mayo de 2017 se procedió al ingreso de idéntica iniciativa a la espera de su pronto tratamiento en el Senado dado los antecedentes legislativos de la misma.
 
Publicado: 17/Mayo/2017

Fuente: Fernando Brosutti


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