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[ 19.07.2017 13:10 ]   ›

La carne para el consumo se identificará como crianza natural o a corral

“Certificado de Diferenciación” por tipo de cría o engorde del ganado bovino

La carne para el consumo se identificará como crianza natural o a corral
En la última sesión ordinaria de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe que se llevó a cabo el pasado jueves 29 de junio de 2017, se aprobó por unanimidad el Proyecto de Ley (Expediente 34918 FPL) de autoría del senador radical Rodrigo Borla ((NEO-UCR-FPCS-San Justo) luego de lograr el despacho favorable de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, por el cual, a través de ocho (8) artículos elaborados con sumo esmero, se procede a la creación del Certificado de Diferenciación por tipo de cría o engorde de ganado bovino; comunicándose la media sanción a la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe para su estudio y sanción definitiva, aunque todavía no ingresó formalmente al Cuerpo Legislativo para su tratamiento ni tiene comisiones asignadas para su análisis.
 
La utilización del Certificado de Diferenciación por tipo de cría o engorde del ganado bovino será obligatoria. La Autoridad de Aplicación está facultada para reglamentar su uso y tenencia, así como lo referente a la rotulación de productos envasados.
 
Están comprendidas en la presente Ley, “todas las personas humanas o jurídicas que se dediquen a actividades relacionadas con el ganado bovino”.
 
Toda carne destinada al consumo, ya sea éste interno o de exportación, debe llevar la leyenda: “Carne procedente de crianza natural en la Provincia de Santa Fe, Argentina”, o “Carne procedente de crianza a corral o feedlot en la Provincia de Santa Fe, Argentina”, según su tipo.
 
La Autoridad de Aplicación debe “estandarizar las técnicas y métodos de identificación del tipo de carne, con el fin de asegurar correctamente su diferenciación”.
 
Se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente y a crear la partida correspondiente para atender los requerimientos de la presente Ley, la cual será imputada en forma individual al presupuesto que le corresponda cada año a la Autoridad de Aplicación.
 
“El Poder Ejecutivo, a través de la jurisdicción u organismo que determine, es la Autoridad de Aplicación”, explicó el senador radical Rodrigo Borla (NEO-UCR-FPCS-San Justo) el Proyecto de Ley (Expediente 34918 FPL) de su autoría, despachado favorablemente el 1º de junio de 2017 por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe y aprobado, por unanimidad, en la sesión ordinaria de fecha 29 de junio de 2017; comunicándose la media sanción a Diputados para su estudio y sanción definitiva; no sin antes agregar que “el Poder Ejecutivo reglamentará e implementará la presente Ley dentro de los noventa (90) días de su promulgación”.
 
Publicado: 19/Julio/2017

Fuente: Fernando Brosutti


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