[ 23.09.2017 11:03 ] ›
Boleta Digital para el pago del Impuesto Inmobiliario y Patente Automotor
Jorge Henn propone “ampliar los medios de pago para comodidad del usuario”
Las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, desde la sesión ordinaria del 17 de agosto de 2017, en ese orden, estudian el Proyecto de Ley (Expediente 33437 CD-FP-NEO-UCR) del diputado radical Jorge Antonio Henn (NEO-UCR-FPCS), por el cual, a través de 10 artículos, se modifica el último párrafo del artículo 35º del Capítulo II (de las Notificaciones) y el primer párrafo del Código Fiscal de la Provincia (Ley Nº 3.456) (texto ordenado por Decreto 2350/97 y modificatorias), y modificatorias al texto ordenado: Leyes 13.444, 13.463, 13.525, 13.594 y 13.617; con el fin de instrumentar el sistema de adhesión a boletas de pago digitales para el Impuesto Inmobiliario y la Patente Automotor, en la continuación de la política provincial de modernización administrativa y reforma del Estado.
Para la remisión de las boletas de pago, además de la carta simple, “se admitirá la adhesión del contribuyente al sistema de boleta digital”. En este caso, “tendrá un descuento del diez por ciento (10%), por única vez, en el año de adhesión al sistema y la posibilidad de pagar por medios electrónicos de pago”.
En cuanto al Impuesto Inmobiliario, “el contribuyente puede elegir la forma de hacer efectivo el pago del tributo entre alguna de las siguientes opciones: adhesión a pago por Internet (on line); por cajero automático; por ventanilla bancaria; y en red de cobranza extrabancaria con las cuales el Poder Ejecutivo haya celebrado contrato”.
En el caso de adhesión a pago por Internet (on line), el contribuyente “tendrá un descuento del diez por ciento (10%) y la posibilidad de pagar con tarjeta de débito o crédito”. Si se opta por pago en efectivo, “el sistema emite la boleta para imprimir, sin descuento alguno”.
Los contribuyentes que deseen mantener el sistema de boleta en papel podrán solicitarlo a un número gratuito que establecerá la Administración Provincial de Impuestos (API), así como aquellos que prefieran seguir buscando la boleta en dependencias municipales o comunales.
El Poder Ejecutivo realizará campañas de difusión para que los contribuyentes tomen conocimiento, puedan adherir en plazo y obtener los beneficios previstos en la presente Ley. En cualquiera de los casos, “la liquidación de los pagos fuera de término en forma digital tendrá el incremento previsto de acuerdo a la normativa correspondiente”.
En la normativa “se amplían los medios de pago”. Además de la comodidad que tiene para el contribuyente el uso de estas nuevas formas de pago por medio de las tecnologías, implica un ahorro en papel para las arcas provinciales.
Actualmente la Administración Provincial de Impuestos (API) utiliza 12 millones de hojas que se imprimen anualmente para la remisión de las boletas para el Impuesto Inmobiliario, Patente Única sobre Vehículos y reclamos masivos de deudas de Inmobiliario y de Ingresos Brutos-Convenios caducos.
“Hemos querido ser cuidadosos con el mantenimiento de las fuentes de trabajo y la necesidad de capacitar a los empleados que realizan la distribución de las boletas, ya que no podemos obviar los efectos que la modernización implica. Por ello se encomienda al Ministerio de Trabajo para que actúe y mejore las competencias laborales de los posibles afectados”, fundamentó el diputado radical Jorge Antonio Henn (NEO-UCR-FPCS), el Proyecto de Ley (Expediente 33437 CD-FP-NEO-UCR) que estudian, desde el 17 de agosto de 2017, dos comisiones internas de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe a las que fue derivado; no sin antes aclarar que “cuando el contribuyente se adhiera al pago por Internet en el sitio del API, se identificará con su clave fiscal de AFIP o una ‘clave de contribuyente’ que asigne la Secretaría de Tecnologías para la Gestión”.
Publicado: 23/Setiembre/2017
Para la remisión de las boletas de pago, además de la carta simple, “se admitirá la adhesión del contribuyente al sistema de boleta digital”. En este caso, “tendrá un descuento del diez por ciento (10%), por única vez, en el año de adhesión al sistema y la posibilidad de pagar por medios electrónicos de pago”.
En cuanto al Impuesto Inmobiliario, “el contribuyente puede elegir la forma de hacer efectivo el pago del tributo entre alguna de las siguientes opciones: adhesión a pago por Internet (on line); por cajero automático; por ventanilla bancaria; y en red de cobranza extrabancaria con las cuales el Poder Ejecutivo haya celebrado contrato”.
En el caso de adhesión a pago por Internet (on line), el contribuyente “tendrá un descuento del diez por ciento (10%) y la posibilidad de pagar con tarjeta de débito o crédito”. Si se opta por pago en efectivo, “el sistema emite la boleta para imprimir, sin descuento alguno”.
Los contribuyentes que deseen mantener el sistema de boleta en papel podrán solicitarlo a un número gratuito que establecerá la Administración Provincial de Impuestos (API), así como aquellos que prefieran seguir buscando la boleta en dependencias municipales o comunales.
El Poder Ejecutivo realizará campañas de difusión para que los contribuyentes tomen conocimiento, puedan adherir en plazo y obtener los beneficios previstos en la presente Ley. En cualquiera de los casos, “la liquidación de los pagos fuera de término en forma digital tendrá el incremento previsto de acuerdo a la normativa correspondiente”.
En la normativa “se amplían los medios de pago”. Además de la comodidad que tiene para el contribuyente el uso de estas nuevas formas de pago por medio de las tecnologías, implica un ahorro en papel para las arcas provinciales.
Actualmente la Administración Provincial de Impuestos (API) utiliza 12 millones de hojas que se imprimen anualmente para la remisión de las boletas para el Impuesto Inmobiliario, Patente Única sobre Vehículos y reclamos masivos de deudas de Inmobiliario y de Ingresos Brutos-Convenios caducos.
“Hemos querido ser cuidadosos con el mantenimiento de las fuentes de trabajo y la necesidad de capacitar a los empleados que realizan la distribución de las boletas, ya que no podemos obviar los efectos que la modernización implica. Por ello se encomienda al Ministerio de Trabajo para que actúe y mejore las competencias laborales de los posibles afectados”, fundamentó el diputado radical Jorge Antonio Henn (NEO-UCR-FPCS), el Proyecto de Ley (Expediente 33437 CD-FP-NEO-UCR) que estudian, desde el 17 de agosto de 2017, dos comisiones internas de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe a las que fue derivado; no sin antes aclarar que “cuando el contribuyente se adhiera al pago por Internet en el sitio del API, se identificará con su clave fiscal de AFIP o una ‘clave de contribuyente’ que asigne la Secretaría de Tecnologías para la Gestión”.
Publicado: 23/Setiembre/2017
Fuente: Fernando Brosutti
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