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[ 09.11.2017 20:05 ]   ›

Sin feria judicial en enero y/o invernal en el fuero penal y contravencional

Para Enrico, “el servicio de justicia no puede paralizarse por un mes y medio”

Sin feria judicial en enero y/o invernal en el fuero penal y contravencional
En atención a que “la actual emergencia en materia de seguridad que atraviesa nuestra provincia, no guarda ninguna relación con la casi completa paralización del servicio de justicia por más de un mes y medio”, el senador radical Lisandro Enrico (UCR-FPSUR-Gral. López), por intermedio del Proyecto de Ley de su autoría, ingresado sobre tablas en la 2ª sesión ordinaria de prórroga de este jueves 9 de noviembre de 2017 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, y derivado a las comisiones internas para su estudio, propone que “se suspenda la feria judicial de enero y/o invernal de manera total o parcial en el fuero penal y contravencional”, ya que frente al “enorme colapso que tienen los juzgados penales, resulta inadmisible permitir que continúe la feria judicial en las condiciones actuales”.
 
Como el Estado Provincial “garantiza la continua y eficiente administración de justicia durante los 365 días del año en el fuero penal y contravencional”, se hace necesario modificar el artículo 248 de la Ley Nº 10.160 a los fines de “suspender la feria de enero y/o invernal de manera total o parcial en el fuero penal y contravencional”.
 
Además, se incorpora el artículo 248 bis a la citada Ley Nº 10.160 con el objetivo de que “en el caso del fuero penal, contravencional y de los integrantes del Ministerio Público, del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, se dispone la prestación del servicio sin receso o interrupción por feria judicial en lo sucesivo, sin perjuicio de los derechos por licencias ordinarias que asisten al personal que lo integra”.
 
A tal efecto, “los miembros deben coordinar el goce de las mismas conforme a las reglamentaciones vigentes, en forma gradual a lo largo de todo el año, con sentido de racionalización y sin descuidar las necesidades de servicio de cada dependencia”.
 
Asimismo, se modifica el artículo 249 de la Ley Nº 10.160 para que, por razones de urgencia y para garantizar el efectivo servicio de justicia en el fuero penal y contravencional, del Ministerio Público, del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, “la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe debe garantizar los recursos humanos normales y habituales, incluyendo jueces, fiscales, defensores y empleados”.
 
Es carente de justificación la medida de la feria durante todo el mes de enero y 15 días en julio en materia penal, y una carencia estatal que la sociedad no cuente con la administración de justicia de manera continua y equitativa durante todo el año, ya que “es una de las mayores demandas por parte de los habitantes”.
 
En el tiempo en el cual se resiente el servicio de justicia, “es donde vemos un aumento de determinados delitos por ejemplo en enero, donde el calor y el alcohol van de la mano y producen un incremento de la tasa delictual”.
 
La actual emergencia en materia de seguridad que atraviesa nuestra provincia, no guarda ninguna relación con “la casi completa paralización del servicio de justicia penal y contravencional por más de un mes y medio”.
 
En efecto, “las seis (6) horas diarias de trabajo y los 45 días de licencias ordinarias de las que gozan, sumados a que representan los mejores sueldos de la administración pública, lleva a que el sistema de justicia funcione sólo 190 días al año, resultando esto totalmente inadmisible”.
 
Frente al enorme colapso que tienen los juzgados penales, “no podemos permitir que continúe la feria judicial en las condiciones actuales”, fundamentó el senador radical Lisandro Enrico (UCR-FPSUR-Gral. López) el Proyecto de Ley de su autoría, ingresado sobre tablas en la 2ª sesión ordinaria de prórroga de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe de este jueves 9 de noviembre de 2017, y girado a las comisiones internas para su estudio; no sin antes agregar que “no se puede resentir el servicio de justicia durante tanto tiempo”.
 
Publicado: 09/Noviembre/2017

Fuente: Fernando Brosutti


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