[ 05.01.2018 19:02 ] ›
Se solicita que se exima de “Ingresos Brutos” a la facturación de bioquímicos
Augsburger y Giustiniani velan por la relación: paciente, profesional y prestador
En atención a “una inquietud legítima de la Cooperativa Bioquímica de Provisión de Servicios Limitada”, que reúne a los pequeños y medianos laboratorios locales, a quienes habitualmente recurren los pacientes de la zona del Gran Rosario, y que son a su vez el eslabón más débil de la cadena de servicios, y ante “la necesidad de que siga cumpliendo la función de regular los precios de mercado y evitar de ese modo futuros abusos”, la diputada Silvia Augsburger (IP), acompañada del diputado Rubén Héctor Giustiniani (IP), del Bloque Igualdad y Participación de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, mediante el Proyecto de Ley (Expediente 34018 CD-IP) de su autoría y suscripto por ambos, ingresado por mesa de movimiento el 22 de diciembre de 2017 para su tratamiento a partir del 1º de mayo de 2018, fecha de inicio del 136º Período Ordinario de Sesiones, propone que “se exima a las Cooperativas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que aplica la Provincia de Santa Fe sobre la facturación de servicios bioquímicos”.
Para ello, se modifica el artículo 213 inciso l) del Capítulo V “Exenciones” del Título Segundo “Impuesto sobre los Ingresos Brutos” del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe Ley Nº 3456 (texto ordenado decreto 2350/97 y modificatorias), a los fines de eximir del pago de dicho tributo a “las profesiones liberales no organizadas bajo la forma de empresa, salvo que la misma sea una cooperativa destinada a asistir a sus asociados en la provisión de servicios propios de su profesión y no brinde prestaciones en forma directa a la población”.
Así como la Provincia de Santa Fe ya adoptó medidas para “fortalecer y defender la actividad cooperativa”, tales como la Ley Nº 13.592 del 24 de noviembre de 2016 que entró en vigencia el 27 de diciembre del mismo año y que modifica el inciso c) del artículo 213 del Código Fiscal eximiendo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las operaciones de las Cooperativas que posean secciones de Consumo o Proveeduría, “entendemos que resulta necesario que se las exima también sobre la facturación de servicios bioquímicos” que aplica la Provincia de Santa Fe, en relación a dicho Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con una alícuota que a la fecha es del 3.6%.
Los tributos son, sin lugar a dudas, una de las herramientas privilegiadas para “no dejar librado a las fuerzas del mercado la satisfacción de las necesidades básicas como lo es el derecho a la salud”, fundamentó la diputada Silvia Augsburger (IP), acompañada de su par de bancada: Rubén Héctor Giustiniani (IP), el Proyecto de Ley (Expediente 34018 CD-IP) ingresado por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe el 22 de diciembre de 2017, para su ingreso formal durante la sesión extraordinaria del próximo jueves 8 de febrero de 2018 en la que será girado a las comisiones respectivas para su consideración a partir del 1º de mayo de 2018, fecha de inicio del 136º Período Ordinario de Sesiones; no sin antes agregar que “debemos velar celosamente por regular las relaciones entre pacientes, profesionales y los grandes prestadores” a fin de evitar cualquier situación de oligopolio que obligue a los profesionales a ser parte de estos grandes grupos para poder ejercer la profesión.
Publicado: 05/Enero/2018
Para ello, se modifica el artículo 213 inciso l) del Capítulo V “Exenciones” del Título Segundo “Impuesto sobre los Ingresos Brutos” del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe Ley Nº 3456 (texto ordenado decreto 2350/97 y modificatorias), a los fines de eximir del pago de dicho tributo a “las profesiones liberales no organizadas bajo la forma de empresa, salvo que la misma sea una cooperativa destinada a asistir a sus asociados en la provisión de servicios propios de su profesión y no brinde prestaciones en forma directa a la población”.
Así como la Provincia de Santa Fe ya adoptó medidas para “fortalecer y defender la actividad cooperativa”, tales como la Ley Nº 13.592 del 24 de noviembre de 2016 que entró en vigencia el 27 de diciembre del mismo año y que modifica el inciso c) del artículo 213 del Código Fiscal eximiendo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las operaciones de las Cooperativas que posean secciones de Consumo o Proveeduría, “entendemos que resulta necesario que se las exima también sobre la facturación de servicios bioquímicos” que aplica la Provincia de Santa Fe, en relación a dicho Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con una alícuota que a la fecha es del 3.6%.
Los tributos son, sin lugar a dudas, una de las herramientas privilegiadas para “no dejar librado a las fuerzas del mercado la satisfacción de las necesidades básicas como lo es el derecho a la salud”, fundamentó la diputada Silvia Augsburger (IP), acompañada de su par de bancada: Rubén Héctor Giustiniani (IP), el Proyecto de Ley (Expediente 34018 CD-IP) ingresado por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe el 22 de diciembre de 2017, para su ingreso formal durante la sesión extraordinaria del próximo jueves 8 de febrero de 2018 en la que será girado a las comisiones respectivas para su consideración a partir del 1º de mayo de 2018, fecha de inicio del 136º Período Ordinario de Sesiones; no sin antes agregar que “debemos velar celosamente por regular las relaciones entre pacientes, profesionales y los grandes prestadores” a fin de evitar cualquier situación de oligopolio que obligue a los profesionales a ser parte de estos grandes grupos para poder ejercer la profesión.
Publicado: 05/Enero/2018
Fuente: Susana Goris
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