Jue, 25 de Abril de 2024 | 16:33 hs.

[ 10.01.2018 11:24 ]   ›

Marco regulatorio para el mantenimiento y operación del Sistema de Acueductos

El Senado estudia y analiza la media sanción de Diputados al Mensaje 4595

Marco regulatorio para el mantenimiento y operación del Sistema de Acueductos
En la 1ª sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe del pasado día jueves 7 de diciembre de 2017, que presidió el diputado socialista Antonio Juan Bonfatti (PS-FPCS), presidente del cuerpo legislativo, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 33362 PE) (Mensaje 4595) del Poder Ejecutivo, suscripto por el Gobernador Roberto Miguel Lifschitz, secundado en la ocasión por el ministro de Infraestructura y Transporte, José León Garibay, ingresado el 19 de julio de 2017 por mesa de movimiento, que consta de once (11) artículos, habilitado como asunto de interés público en estas Sesiones Extraordinarias, mediante el cual se propicia la instauración de un marco regulatorio para la operación, mantenimiento y explotación del Sistema de Acueductos de la Provincia de Santa Fe; comunicándose la media sanción al Senado para su estudio y consideración a partir del próximo jueves 8 de febrero de 2018, fecha de reinicio de la actividad legislativa y una vez concluido el receso administrativo y parlamentario estival.
 
La Ley Provincial Nº 12.668 creó el “Programa Grandes Acueductos de la Provincia de Santa Fe”, destinado a la construcción y administración de las obras indispensables para abastecer de agua potable a localidades de la Provincia en las condiciones de calidad y cantidad establecidas en las normas vigentes.
 
Asimismo, dicha Ley dispuso la creación de la “Empresa Santafesina de Grandes Acueductos Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria”, con el objeto de construir y administrar las obras del aludido Programa y de “operar, explotar y conservar las obras que lo componen en calidad de prestataria del servicio de captación, tratamiento y transporte”.
 
Ahora bien, lo cierto es que las obras autorizadas en el marco de dicho “Programa” se encuentran en distinto grado de ejecución y que, por diversas razones de distinta naturaleza, “nunca se constituyó ni puso en funcionamiento la empresa estatal creada por la citada Ley”.
 
Ello así, la presente iniciativa legislativa pretende, por un lado, dotar de un marco de certeza a la prestación del servicio de provisión de agua potable en áreas no incluidas en el ámbito de la concesión regulada por Ley Nº 12.516, pero alcanzadas por el referido “Programa Grandes Acueductos de la Provincia de Santa Fe” (Ley Nº 12.668), estableciendo y delimitando los deberes y obligaciones de los titulares del servicio público local, los del operador designado y los de la Provincia de Santa Fe; y, por otro, “autorizar al Poder Ejecutivo a delegar en la empresa Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA), la operación, mantenimiento, administración y explotación del Sistema de Acueductos del citado Programa”.
 
Se propicia que “resulte obligatoria la conexión al sistema de acueductos de aquellas localidades alcanzadas por la traza de éstos”. También se persigue que ASSA asuma la operación del sistema de acueductos en razón de sus antecedentes y experiencia en la materia. Además, la mencionada empresa cuenta con “una organización de recursos humanos, materiales y tecnológicos específicos orientados a la prestación del servicio”.
 
En síntesis, “ASSA es el vehículo más adecuado para tomar a su cargo la operación del sistema de acueductos” en el marco del “desarrollo de las políticas públicas de los acueductos provinciales”, fundamentó el Gobernador Roberto Miguel Lifschitz, secundado por el ministro de Infraestructura y Transporte, José León Garibay, el Proyecto de Ley (Expediente 33362 PE) (Mensaje 4595) del Poder Ejecutivo, ingresado el 19 de julio de 2017 por mesa de movimiento, habilitado para estas Sesiones Extraordinarias de la Legislatura Santafesina, y aprobado en la 1ª sesión extraordinaria de Diputados del pasado 7 de diciembre de 2017, por unanimidad, comunicándose la media sanción al Senado para su estudio y consideración a partir del próximo jueves 8 de febrero de 2018, fecha de reinicio de la actividad legislativa y una vez concluido el receso administrativo y parlamentario de verano.
 
Publicado: 10/Enero/2018

Fuente: Fernando Brosutti


EL CLIMA
NEWSLETTER

Recibí toda la información por
tu casilla de e-mail.

HORÓSCOPO

Obtén tu horóscopo diario con tu pronóstico gratis dándole clic a tu Signo del Zodiaco abajo