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[ 18.01.2018 11:02 ]   ›

Se promulgó finalmente la ley para la detección precoz de tumores de próstata

Felipe Michlig logró “se implemente en dos etapas en la jurisdicción provincial”

Se promulgó finalmente la ley para la detección precoz de tumores de próstata
En el marco de la sesión ordinaria del jueves 30 de noviembre de 2017 de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, última del 135º Período Ordinario de Sesiones, en la que se sancionaron en ambas Cámaras más de 70 Proyectos de Ley, alrededor de 60 con sanción definitiva y el resto con media sanción, se sancionó finalmente con fuerza de Ley, primero en la sesión ordinaria del jueves 20 de octubre de 2016 del Senado y después el citado jueves 30 de noviembre de 2017 en Diputados, el Proyecto de Ley (Expediente 33260 FPL) (Expediente 32137 SEN) del senador provincial radical Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal), presidente del Bloque Frente Progresista Cívico y Social, quien luego de mucho bregar, con cuatro intentos, logró su cometido con la iniciativa, casi una réplica de la que obtuviera media sanción de “Senadores” en fecha 18 de setiembre de 2014 (Expediente 29602 FPL), y también de la que obtuviera media sanción el 21 de agosto de 2008 (Expediente 17099 DBL) y el 19 de agosto de 2010 (Expediente 21040 DBL) y perdiera estado parlamentario por falta de tratamiento en Diputados en las tres ocasiones, por el cual “se implementa en la jurisdicción de la Provincia de Santa Fe, la Ley de Cáncer de Próstata”; comunicándose la flamante norma sancionada en forma definitiva al Poder Ejecutivo Provincial que la registró bajo el Nº 13.668, promulgó y publicó en el Boletín Oficial a los efectos de completar debidamente el procedimiento.
 
Esta Ley, que será ordenada y ejecutada por el Ministerio de Salud y coordinada por los organismos que correspondan, se ejecutará en dos etapas que se reglamentarán por separado. La primera etapa comprenderá a los agentes ingresantes o de revista de la administración pública provincial y organismos descentralizados, de sexo masculino y mayores de 50 años.
 
El examen consistirá en una Consulta Médica Urológica (CMU) con el profesional especialista o clínico o generalista, más un análisis valorativo del Antígeno Prostático Específico efectuado por el método químico cuantitativo de radioinmunoensayo (PSA Total).
 
El estudio médico respectivo, que podrá ser realizado por efectores públicos o privados, integrará de manera obligatoria el legajo personal del agente. El término de presentación de los exámenes (CMU + PSA), a los efectos de completar el legajo personal, será establecido por la reglamentación. Los informes presentados serán evaluados y registrados por el área respectiva del Ministerio de Salud, que informará por medios fehacientes a la Obra Social Provincial, a los efectos de las previsiones sanitarias y actuariales correspondientes.
 
La segunda etapa se implementará mediante decreto reglamentario que comprenderá al resto de la población, impulsando y difundiendo la Ley de Cáncer de Próstata, a los efectos de formar conciencia colectiva para, de esa manera, lograr una efectiva promoción y prevención de la salud; atento a que el cáncer de próstata es uno de los más comunes entre todas las formas de cáncer y que el número de casos ha aumentado durante los últimos años, probablemente como consecuencia del aumento global en la esperanza de vida.
 
La historia del cáncer de próstata cambió radicalmente cuando en los años ’80 se descubre una proteína, una enzima, que compone el semen humano, llamada Antígeno Prostático Específico (PSA), que se vuelca también en la sangre y predice enfermedades prostáticas. O sea, todos los varones tienen una cantidad de PSA en sangre que, cuando aumenta en forma significativa, indica alguna de estas tres patologías: cáncer, prostatitis (inflamación de la glándula), o una hiperplasia prostática benigna (el crecimiento benigno de la glándula).
 
Los hombres casi nunca tienen cáncer prostático antes de los 50 años, pero sobre los 60 años, más del 50%, tienen una glándula prostática agrandada (hiperplasia) que, a menudo, suele ser benigna (hiperplasia benigna de próstata). Sin embargo, se hace necesario la instrumentación de la Ley de Cáncer de Próstata que, en su primera etapa, cubre a una población vulnerable que exhibe su racional costo presupuestario y, por ende, su éxito operacional. El Estado Provincial propenderá a la instrumentación de la presente Ley en los Municipios y Comunas.
 
La prevención hace plena la existencia de los seres humanos y, “como el cáncer de próstata es de crecimiento lento y silencioso, su detección en etapa temprana hace la diferencia en el tratamiento, garantizando una mejor calidad de vida en los pacientes”; fundamentó el senador provincial radical Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal), el Proyecto de Ley (Expediente 33260 FPL) (Expediente 32137 SEN) de su autoría ingresado por mesa de movimiento el 29 de julio de 2016 y sancionado con fuerza de Ley por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, el jueves 20 de octubre de 2016 en el Senado, casi una réplica del que obtuviera media sanción de “Senadores” en fecha 18 de setiembre de 2014 (Expediente 29602 FPL), en fecha 19 de agosto de 2010 (Expediente 21040 DBL) y en fecha 21 de agosto de 2008 (Expediente 17099 DBL) y perdiera estado legislativo por falta de tratamiento en Diputados que, ahora, el 30 de noviembre de 2017, y como consecuencia de los consensos logrados entre el Gobierno Provincial y los legisladores de ambas Cámaras, completó el procedimiento parlamentario en esta 4ª ocasión; comunicándose finalmente la flamante norma al Poder Ejecutivo Provincial que la registró bajo el Nº 13.668, promulgó y publicó en el Boletín Oficial a los efectos de su plena vigencia.
 
Publicado: 18/Enero/2018

Fuente: Fernando Brosutti


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