[ 20.02.2018 16:22 ] ›
Se sancionó y promulgó la Ley de eximición de tributos a vecinos de Rosario
Más Varela, Giustiniani y Augsburger se unieron para beneficiar a damnificados
En atención al siniestro ocurrido el pasado 3 de febrero de 2016 en el edificio ubicado en calle Laprida 972 de la ciudad de Rosario, y que, como consecuencia del incendio en el sector de cocheras y explosión de vehículos, se ha visto afectada la estructura del inmueble, el diputado provincial Sergio Hernán Más Varela (Cambiemos-CSF), vicepresidente del Bloque Cambiemos dentro del interbloque “Cambiemos Santa Fe” de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, mediante el Proyecto de Ley (Expediente 30966 CD-PRO-Cambiemos) (Expediente 35855 CD) de su autoría, ingresado el 6 de abril de 2016 por mesa de movimiento, acumulado al Proyecto de Ley (Expediente 33110 CD-IP) de los diputados Rubén Giustiniani (IP) y Silvia Augsburger (IP), de similar tenor, ingresado el 26 de mayo de 2017, corregido, mejorado y aumentado producto de la unificación; sancionado con fuerza de Ley por la Legislatura, primero en Diputados el 12 de octubre de 2017 y posteriormente el 30 de noviembre de 2017 en el Senado; promueve que “se exima, excepcional y transitoriamente, del pago de tributos provinciales a vecinos de calle Laprida 972 de la ciudad de Rosario”; comunicándose la normativa al Poder Ejecutivo Provincial que el día viernes 16 de febrero de 2018 registró como Ley Nº 13.735, promulgó y publicó en el Boletín Oficial para su plena vigencia.
Los damnificados por el siniestro del día miércoles 3 de febrero de 2016 con domicilio en calle Laprida 972 de la ciudad de Rosario, quedarán eximidos del pago de toda tasa o tributo por actuación administrativa o sellado vinculados con cualquier trámite provincial, y del pago del impuesto inmobiliario correspondiente a las parcelas ubicadas en dicho inmueble, incluyendo los anticipos y períodos cuyos vencimientos operaran entre febrero de 2016 y hasta que la repartición competente de la Municipalidad de Rosario determine su habitabilidad.
Las acciones de cobro de deudas relativas a los conceptos tributarios precedentes se suspenderán hasta esa instancia, es decir, hasta que “la repartición competente de la Municipalidad de Rosario determine su habitabilidad”.
El Poder Ejecutivo realizará las gestiones necesarias por ante la Empresa Provincial de la Energía (EPE), Litoral Gas y Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA), a los fines que suspendan los cobros de facturas durante el mismo período.
En síntesis, se suspenden los cobros cuyos vencimientos operaran a partir de febrero de 2016, y las acciones de cobro de deudas, respecto de los inmuebles contemplados en la presente Ley, hasta tanto se restablezca la habitabilidad de los mismos y la consecuente normal prestación de los servicios que cada una de las mencionadas empresas proveen.
A raíz del incendio y explosión de vehículos, se ha visto afectada la estructura del inmueble, debiéndose evacuar los departamentos, los cuales preventivamente no han podido volver a ser habitados.
Los vecinos se encuentran afrontando una difícil situación material como consecuencia del citado siniestro y, ante ello, resulta necesario propiciar medidas de carácter eminentemente excepcional dado la manifiesta gravedad y magnitud de lo ocurrido.
Corresponde por tanto “colaborar con los damnificados descomprimiendo sus obligaciones fiscales y gestionando similar tratamiento por parte de las empresas prestatarias de los servicios de energía, agua y gas”, fundamentaron los diputados provinciales: Sergio Hernán Más Varela (Cambiemos-CSF), vicepresidente del Bloque Cambiemos Santa Fe de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, Rubén Héctor Giustiniani (IP), presidente del Bloque Igualdad y Participación, y Silvia Augsburger (IP), el Proyecto de Ley (Expediente 30966 CD-PRO-Cambiemos) (Expediente 35855 CD) sancionado con fuerza de Ley por la Legislatura, primero en Diputados, luego de la unificación en una única iniciativa, en la sesión ordinaria del jueves 12 de octubre de 2017, y finalmente en el Senado el 30 de noviembre de 2017.
Se comunicó al Poder Ejecutivo que el día viernes 16 de febrero de 2018 registró como Ley Nº 13.735, promulgó y publicó en el Boletín Oficial para su plena vigencia; no sin antes agregar que “las treinta (30) familias no pueden volver a habitar los departamentos hasta tanto no se hagan las tareas de reconstrucción”, y aclarar que “la reparación de la estructura del edificio, para volver a habitarlo, asciende a más de diez millones de pesos, incluyendo sólo tareas imprescindibles”.
Publicado: 20/Febrero/2018
Los damnificados por el siniestro del día miércoles 3 de febrero de 2016 con domicilio en calle Laprida 972 de la ciudad de Rosario, quedarán eximidos del pago de toda tasa o tributo por actuación administrativa o sellado vinculados con cualquier trámite provincial, y del pago del impuesto inmobiliario correspondiente a las parcelas ubicadas en dicho inmueble, incluyendo los anticipos y períodos cuyos vencimientos operaran entre febrero de 2016 y hasta que la repartición competente de la Municipalidad de Rosario determine su habitabilidad.
Las acciones de cobro de deudas relativas a los conceptos tributarios precedentes se suspenderán hasta esa instancia, es decir, hasta que “la repartición competente de la Municipalidad de Rosario determine su habitabilidad”.
El Poder Ejecutivo realizará las gestiones necesarias por ante la Empresa Provincial de la Energía (EPE), Litoral Gas y Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA), a los fines que suspendan los cobros de facturas durante el mismo período.
En síntesis, se suspenden los cobros cuyos vencimientos operaran a partir de febrero de 2016, y las acciones de cobro de deudas, respecto de los inmuebles contemplados en la presente Ley, hasta tanto se restablezca la habitabilidad de los mismos y la consecuente normal prestación de los servicios que cada una de las mencionadas empresas proveen.
A raíz del incendio y explosión de vehículos, se ha visto afectada la estructura del inmueble, debiéndose evacuar los departamentos, los cuales preventivamente no han podido volver a ser habitados.
Los vecinos se encuentran afrontando una difícil situación material como consecuencia del citado siniestro y, ante ello, resulta necesario propiciar medidas de carácter eminentemente excepcional dado la manifiesta gravedad y magnitud de lo ocurrido.
Corresponde por tanto “colaborar con los damnificados descomprimiendo sus obligaciones fiscales y gestionando similar tratamiento por parte de las empresas prestatarias de los servicios de energía, agua y gas”, fundamentaron los diputados provinciales: Sergio Hernán Más Varela (Cambiemos-CSF), vicepresidente del Bloque Cambiemos Santa Fe de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, Rubén Héctor Giustiniani (IP), presidente del Bloque Igualdad y Participación, y Silvia Augsburger (IP), el Proyecto de Ley (Expediente 30966 CD-PRO-Cambiemos) (Expediente 35855 CD) sancionado con fuerza de Ley por la Legislatura, primero en Diputados, luego de la unificación en una única iniciativa, en la sesión ordinaria del jueves 12 de octubre de 2017, y finalmente en el Senado el 30 de noviembre de 2017.
Se comunicó al Poder Ejecutivo que el día viernes 16 de febrero de 2018 registró como Ley Nº 13.735, promulgó y publicó en el Boletín Oficial para su plena vigencia; no sin antes agregar que “las treinta (30) familias no pueden volver a habitar los departamentos hasta tanto no se hagan las tareas de reconstrucción”, y aclarar que “la reparación de la estructura del edificio, para volver a habitarlo, asciende a más de diez millones de pesos, incluyendo sólo tareas imprescindibles”.
Publicado: 20/Febrero/2018
Fuente: Susana Goris
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