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[ 23.02.2018 10:43 ]   ›

El Senado introdujo enmiendas al Proyecto de Ley PYMES Santafesinas

Se devolvió a Diputados en 2ª revisión para un mejor desarrollo productivo

El Senado introdujo enmiendas al Proyecto de Ley PYMES Santafesinas
En la 4ª sesión extraordinaria del Senado de la Provincia de Santa Fe de fecha 22 de febrero de 2018, con asistencia casi perfecta de los representantes territoriales ya que hubo sólo dos ausentes con aviso, que presidió el vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (NEO-UCR-FPCS), presidente del Cuerpo, se aprobó por unanimidad el Mensaje 4619 del Poder Ejecutivo, acumulado con otras iniciativas de similar tenor, proveniente con media sanción de Diputados y por el cual se crea el “Programa de Financiamiento a la Preinversión de PYMES” en la Provincia de Santa Fe. Como se introdujeron algunas enmiendas, se devolvió en 2ª revisión a Diputados, en coincidencia con la necesidad del establecimiento de “nuevas herramientas para el fortalecimiento y promoción de las PYMES Santafesinas”.
 
Vale recordar que en la 2ª sesión ordinaria de prórroga de Diputados del pasado jueves 23 de noviembre de 2017, luego de las alocuciones de varios legisladores, entre ellos el diputado radical Julián Galdeano (UCR-FPCS), presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, y el diputado provincial Federico Angelini (Cambiemos-CSF), presidente del PRO (Propuesta Republicana) Santa Fe, y después del dictamen conjunto de las comisiones internas a las que había sido derivado, esto es, la citada de Presupuesto y Hacienda y la de Asuntos Constitucionales y Legislación General, se logró la media sanción correspondiente para el citado Proyecto de Ley (Expediente 33630 PE) (Mensaje 4619) del Poder Ejecutivo, acumulado a otras iniciativas: (Expedientes: 31885 CD-CSF-UP, 32008 CD-DB, 32299 CD-FJV, 32426 SEN y 33139 CD-FP-UCR), por el cual se crea el “Programa de Financiamiento a la Preinversión de PYMES” en la Provincia de Santa Fe.
 
Cabe tener en cuenta que el Gobernador Roberto Miguel Lifschitz, acompañado de los ministros de Economía y de la Producción, Gonzalo Miguel Saglione y Luis Gustavo Contigiani (hoy diputado nacional) respectivamente, ingresó el citado Proyecto de Ley (Expediente 33630 PE) (Mensaje 4619) de su autoría y suscripto por los nombrados, que consta de 21 artículos cuidadosamente elaborados, el lunes 18 de setiembre de 2017 por mesa de movimiento de Diputados, con el fin del establecimiento de “herramientas trascendentes para el fortalecimiento y promoción de PYMES Santafesinas”, tanto las microempresas como las pequeñas y medianas.
 
Con las modificaciones introducidas en el Senado, se promueve que las mismas puedan gozar del beneficio de estabilidad fiscal “sin fecha”, en concordancia con la “reforma tributaria” que establece “hasta el 31 de diciembre de 2019” para determinados sectores comerciales y “hasta el 31 de diciembre de 2021” para el sector industrial, en beneficio de la “previsibilidad”; entendiendo que “el desarrollo productivo es uno de los pilares para construir una sociedad más equitativa y con más igualdad de oportunidades”.
 
Se crea el Programa de Financiamiento a la Preinversión de PYMES mediante el cual el Poder Ejecutivo podrá otorgar asistencia financiera reembolsable tanto a las microempresas como a las pequeñas y medianas, con destino a gastos de preinversión, pero previo un análisis conjunto con una Comisión que se constituirá al efecto.
 
Además, y atento a la otra enmienda introducida en el Senado, si bien se autoriza al Poder Ejecutivo a constituir una Sociedad de Garantía Recíproca (S.G.R.) en los términos de la Ley Nacional Nº 24.467, modificatorias y complementarias, se mantiene dicha potestad por parte de la Legislatura de la Provincia.
 
En el mismo sentido, se mantiene la facultad de la Legislatura Santafesina al momento de definir la constitución del Fondo de Inversión y Desarrollo de la Provincia de Santa Fe, creado por Ley Provincial Nº 13.622.
 
Es decir, para constituir e integrar fideicomisos o fondos fiduciarios, siempre y cuando los recursos se apliquen exclusivamente a los conceptos de la constitución de dicha Sociedad de Garantía Recíproca (S.G.R.), el Poder Ejecutivo necesitará previamente la autorización de la Legislatura Provincial.
 
Para ello, se incorpora el diez por ciento (10%) de lo que se perciba del Estado Nacional durante el ejercicio 2018 en concepto de pago de deuda de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitidos el 24 de noviembre de 2015.
 
También, se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las operaciones que resulten necesarias para la obtención de disponibilidades y/o realizar operaciones de financiamiento mediante la afectación de activos financieros o de cuentas a cobrar o de cualquier otro derecho de cobro que resulte de operaciones oportunamente efectuadas. Todo ello en conocimiento de la citada Comisión que se constituirá.
 
En la misma dirección, se autoriza al Poder Ejecutivo a ceder en garantía, custodia o propiedad fiduciaria las disponibilidades obtenidas por las operaciones de financiamiento realizadas. Sin perjuicio de esto, el ejercicio de las acciones de cobro judicial y/o extrajudicial correspondientes a los activos financieros y/o cuentas a cobrar y/o cualquier otro derecho de cobro continuarán bajo el control del Poder Ejecutivo, con comunicación al Poder Legislativo.
 
Las operaciones de financiamiento aludidas deberán reunir las siguientes características: deuda directa interna; plazo mínimo de amortización de 30 días desde la fecha de emisión; plazo máximo de amortización de 365 días desde la fecha de emisión; y destino del financiamiento.
 
Se crea el “Programa de Mejora de la Competitividad Industrial” destinado a pequeñas y medianas empresas con interés en elevar el nivel de profesionalización y capacitación de sus recursos humanos tanto en niveles intermedios como gerenciales, realizar innovación de sus productos, avanzar en el desarrollo tecnológico y de gestión u otros objetivos similares.
 
En el marco de la otra modificación que introdujo el Senado, se crea una Comisión con un funcionamiento similar a la “Comisión de Obras Menores” a los fines de participar en el análisis y adjudicación de los recursos, aportes y líneas de financiamiento a los sectores productivos, con la integración de senadores y diputados.
 
Es decir, el Poder Ejecutivo podrá destinar Aportes No Reintegrables (A.N.R.) a un conjunto de empresas que compartan las mismas problemáticas, con el objetivo de mejorar su productividad, fortalecer su competitividad, optimizar la gestión de costos, mejorar su organización, incrementar la rentabilidad y brindar mayor sustentabilidad en el tiempo, previo análisis en dicha Comisión constituida al efecto.
 
Se crea el Programa “Educación para el mundo laboral” cuyo objetivo es la formación y calificación permanente de los operarios de empresas PYMES industriales que desarrollen sus tareas en establecimientos fabriles radicados en la Provincia de Santa Fe. El Poder Ejecutivo, en la forma que se indica más arriba, podrá otorgar Aportes No Reintegrables (A.N.R.) conducentes a dicho objetivo.
 
Se crea el Programa “Santa Fe al mundo” con el objetivo de generar herramientas integrales para la preparación de las empresas santafesinas en su proceso de internacionalización, potenciando la presencia global de los productos elaborados en la provincia a través de consultoría in company, planes de negocios, asistencia técnica, capacitaciones, estudios de mercados, inteligencia comercial, participación en ferias y misiones comerciales, y organización de agendas de negocios en mercados con potencial estratégico.
 
Asimismo, “se propiciará la creación de condiciones que tiendan a favorecer el asociativismo entre empresas”.
 
En cuanto a la “Estabilidad Fiscal”, la Provincia de Santa Fe adhiere al régimen de estabilidad fiscal previsto en el artículo 6º de la Ley Nacional Nº 27.264 para las microempresas, las pequeñas empresas y las medianas empresas, con las ampliaciones detalladas precedentemente en cuanto a las enmiendas que introdujo el Senado.
 
Por tanto, el beneficio que se establece en la presente Ley resultará de aplicación desde su publicación hasta el 31 de diciembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2021, según los sectores detallados, comerciales e industriales respectivamente, y comprenderá: Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos. Se invita a las Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe a dictar las normas legales pertinentes a efectos de otorgar beneficios de estabilidad fiscal.
 
En defensa de la promoción del desarrollo productivo, que debe ser entendida como una política de Estado que se sostenga en el tiempo, “se hace necesario el fortalecimiento tanto de las microempresas como de las pequeñas y medianas”, coincidieron en los fundamentos los senadores a pesar de las enmiendas, los diputados y diputadas, y el Gobernador Roberto Miguel Lifschitz, secundado por los ministros de Economía y de la Producción, Gonzalo Miguel Saglione y Luis Gustavo Contigiani (hoy diputado nacional) respectivamente, en relación al Proyecto de Ley (Expediente 33630 PE) (Mensaje 4619) denominado Proyecto de Ley PYMES Santafesinas, que ingresara el pasado lunes 18 de setiembre de 2017 por mesa de movimiento de Diputados.
 
No debemos olvidar que ante la solicitud del diputado radical Julián Galdeano (UCR-FPCS) en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del pasado jueves 16 de noviembre de 2017 de Diputados, se acordó una preferencia de tratamiento para la 2ª sesión ordinaria de prórroga que se realizó el jueves 23 de noviembre de 2017, en la que por unanimidad de los diputados y diputadas presentes recibió la media sanción correspondiente y se comunicó rápidamente al Senado para que complete el procedimiento legislativo.
 
Si bien se esperaba que el Senado Santafesino completara en trámite sumario el proceso parlamentario y sancionara con fuerza de Ley la citada iniciativa, no prosperó el 30 de noviembre de 2017, última sesión del 135º Período Ordinario de Sesiones. Por tal motivo, el Poder Ejecutivo incluyó el asunto en el temario del actual 135º Período Extraordinario de Sesiones. No obstante, no fue tratado en las dos primeras sesiones extraordinarias del Senado, ni el 14 ni el 21 de diciembre de 2017, motivo por el cual se debió aguardar hasta la 4ª sesión extraordinaria de “Senadores” de este día jueves 22 de febrero de 2018 en la que se introdujeron enmiendas y se devolvió a Diputados en 2ª revisión.
 
Se presume, admitiendo prueba parlamentaria en contrario, que Diputados aceptará las modificaciones introducidas y completará el procedimiento parlamentario en la 5ª sesión extraordinaria que se realizará recién el día miércoles 7 de marzo de 2018, ya que no sesionará el día jueves 1º de marzo ni tampoco el día jueves 8 de marzo, en este caso en adhesión al Día Internacional de la Mujer.
 
Publicado: 23/Febrero/2018

Fuente: Fernando Brosutti


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