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[ 11.11.2018 09:21 ]   ›

Para Enrico, “Código Procesal Penal Juvenil firme, no de mano dura”

El Senado, con enmiendas, devolvió en revisión la media sanción de Diputados

Para Enrico, “Código Procesal Penal Juvenil firme, no de mano dura”
En la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 8 de noviembre de 2018 del Senado Santafesino, por unanimidad y luego de las explicaciones a cargo del senador radical Lisandro Enrico (UCR-FPSUR-Gral. López) que expuso durante más de una hora en pleno recinto senatorial ante la respetuosa atención de sus pares y bajo la presidencia del senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias), presidente provisional del cuerpo legislativo, con sustanciales modificaciones, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 36152 CD) de creación del nuevo Código Procesal Juvenil, el cual consta de 25 artículos corregidos, mejorados y aumentados, por unanimidad, y se devolvió en 2ª revisión a Diputados para que acepte las enmiendas o, en su defecto, insista con su propia iniciativa denominada “Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes”.
 
Vale recordar que en las distintas sesiones ordinarias del Senado Santafesino, que preside el vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (NEO-UCR-FPCS), presidente del cuerpo legislativo, en relación al citado Proyecto de Ley (Expediente 36152 CD) proveniente con media sanción de Diputados desde el año pasado y con fecha de ingreso formal a “Senadores” el día 30 de noviembre de 2017, y luego de cinco traslados para su consideración, se había acordado una preferencia de tratamiento para la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día 8 de noviembre de 2018, donde prosperó y se otorgó media sanción por unanimidad y se devolvió a Diputados, tal se indica más arriba, por el cual se crea el Código Procesal Penal Juvenil de la Provincia de Santa Fe.
 
No debemos olvidar, al respecto, que se había llevado a cabo en el recinto del Senado, a puertas cerradas, el pasado día jueves 13 de setiembre de 2018, una reunión clave y trascendental que encabezó el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, senador justicialista Joaquín Raúl Horacio Gramajo (BJ-9 de Julio), y que tuvo como invitados especiales a la Defensora Provincial del Servicio Público de la Defensa Penal, Jaquelina Ana Balangione; al Secretario de Justicia, Ángel Fermín Garrote; y otros funcionarios y magistrados del Poder Judicial.
 
Y, entre ellos, Mario Martín Barletta, secretario general del Ministerio Público de la Acusación (MPA), en representación del Fiscal General de la Provincia, Jorge Baclini (quien no concurrió por razones de agenda judicial); Martín Fogliatto, Juez Penal de Menores de San Lorenzo; María Feraudo, Jueza de Menores de Rafaela; y Carolina Hernández, Jueza de Cámara de Apelación Penal de Rosario; todos con el objetivo de mejorar el extenso articulado.
 
Además del senador Joaquín Raúl Horacio Gramajo (BJ-9 de Julio), estuvieron presentes los senadores: Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias); Lisandro Enrico (UCR-FPSUR-Gral. López); Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal); Armando Ramón Traferri (BJ-San Lorenzo); Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos); Rodrigo Leandro Borla (NEO-UCR-FPCS-San Justo); Orfilio Marcón (NEO-UCR-FPCS-Gral. Obligado); José Ramón Baucero (BJ-San Javier); Guillermo Cornaglia (BJ-Belgrano); Eduardo Daniel Rosconi (BJ-Caseros); y Osvaldo Hugo Sosa (BJ-Vera).
 
Se pretende sancionar con fuerza de Ley un Código Procesal Penal Juvenil (Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes, según la denominación dada por la media sanción proveniente de Diputados), que “supere el sistema inquisitivo y adopte los principios de la nueva legislación procesal penal de la Provincia”.
 
Dada la importancia que tiene esta temática, y a la luz de los últimos hechos de inseguridad acontecidos, que se repiten cada vez con mayor frecuencia, la necesidad del tratamiento de este Proyecto de Ley (Expediente 36152 CD) de creación del Código Procesal Penal Juvenil (Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes), con media sanción de Diputados desde el año pasado, ha cobrado relevancia extrema, ya que “se ha vuelto a instalar en la agenda pública con fuerte presencia esta problemática”.
 
Al término de ese encuentro acontecido hace dos meses, y en relación a “la mano dura”, Jaquelina Ana Balangione, consultada al respecto, señaló que “los senadores, en la reunión, aseguraron que se tendrá en cuenta a la víctima”. Si bien “es mínima la cantidad de menores que delinquen”, la Defensora Provincial advirtió que “los adultos utilizan a los menores para delinquir”.
 
Como “no se puede perder de vista la necesidad de proteger a los menores”, y teniendo en cuenta que “para los jóvenes rige un criterio protectorio, la especialidad resulta imprescindible, motivo por el cual se requieren jueces y funcionarios preparados”.
 
“No se busca la sanción como en el adulto, sino la reeducación”, ya que se entiende que el jovencito no terminó de “armar su personalidad”, agregó Balangione, no sin antes mostrase optimista en la transición del antiguo Sistema de Justicia Penal Juvenil al Nuevo Código Procesal Juvenil (Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes) y advertir, en la improvisada ronda de prensa, que “todos los menores de 18 años reciben los servicios de la defensa penal que brinda el Estado”, porque “carecen de recursos económicos para solventar a un profesional pago en forma particular”.
 
“No hay abogados de estudios privados que defiendan a menores”, aseguró Balangione, y reiteró finalmente que “todos los menores de 18 años, o casi todos, que tienen un abogado defensor del organismo a su cargo, tienen dos características: son varones y pobres”.
 
Por su parte, el senador radical Lisandro Enrico (UCR-FPSUR-Gral. López), en esa oportunidad, es decir hace dos meses, fue terminante y dijo que “en Santa Fe no queremos que quienes delinquen, por más que sean menores de edad, sigan en la calle cometiendo delitos”. Por ello, “el Estado, mediante hogares y centros de reeducación, debe hacerse cargo del menor que delinque, pero pensando en la víctima”.
 
En cuanto a la edad de inimputabilidad, que en Argentina contempla a los menores de 16 años, y considerando que “los menores juegan un rol muy importante en el gravísimo problema de la inseguridad”, se buscará que el Código Procesal Penal Juvenil (Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes), en su letra, no pueda ser atacado de inconstitucional y/o violatorio de tratados internacionales.    
 
Vale aclarar que esa media sanción en Diputados se obtuvo en la sesión ordinaria del día 23 de noviembre de 2017 luego de acumular el Proyecto de Ley (Expediente 32503 CD-PJ-FV) del diputado justicialista Leandro Busatto (PJ-FV) que consta de 114 artículos, al Proyecto de Ley (Expediente 33189 CD-FSP) del diputado provincial Carlos Del Frade (FSP-Igualdad) que consta de 147 artículos, ingresados el 2 de febrero y el 8 de junio de 2017, respectivamente.
 
El Proyecto de Ley (Expediente 36152 CD) resultante de la unificación ingresó al Senado en revisión el día 30 de noviembre de 2017 por mesa de movimiento y, desde esa fecha, ha sido estudiado juiciosamente por las comisiones de Derechos Humanos y de Asuntos Constitucionales y Legislación Generales de “Senadores”.
 
En función del encuentro clave del día jueves 13 de setiembre de 2018 en el recinto del Senado, con la presencia de magistrados del Poder Judicial y senadores provinciales, a los fines de mejorar la iniciativa parlamentaria; en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 8 de noviembre de 2018 del Senado, con “la incorporación de varias enmiendas, muchas sustanciales”, se aprobó por unanimidad, se otorgó media sanción y se procedió a su devolución en segunda revisión a Diputados, corregido, mejorado y aumentado, para que complete el procedimiento parlamentario.
 
El senador radical Lisandro Enrico (UCR-FPSUR-Gral. López), en su alocución que se extendió por más de una hora, valoró el aporte del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón”, aclaró que “se resguardan los Derechos del Niño” y señaló las innumerables modificaciones de procedimiento, de forma, de competencia y de fondo.
 
Si prospera la iniciativa aprobada en el Senado, “todos los jueces penales juzgarán a los menores de edad, no sólo los de ese fuero, y los fiscales podrán apelar resoluciones o fallos judiciales sin restricción alguna”.
 
Además, “se incluyen cambios que rigen tanto para menores como para mayores de edad”, y, entre ellos, “se faculta a la Oficina de Gestión Judicial disponer que un Juez de Cámara pueda intervenir en casos como si se tratara de un Juez de 1ª Instancia, al sólo efecto de evitar que las causas se demoren por falta de magistrados para iniciar los procesos judiciales”.
 
En el mismo sentido, “en tanto que hoy son necesarios 3 jueces para actuar ante condenas con montos superiores a los 12 años, si avanza esta reforma, esa conformación especial de tres magistrados se exigirá solamente cuando las penas superen los 22 años de prisión privativa de libertad”.
 
Se elimina el texto referido a “privilegiar el interés superior del niño” ya que “el garantismo bobo” de la iniciativa de Diputados “dejaba a las víctimas de delitos cometidos por menores en condiciones injustas”. Ahora, “se obliga al Estado Provincial a garantizar el encierro, protección, custodia y/o rehabilitación de cada menor, y no permitir que éstos sigan en la calle”. Es decir, “se termina con el cupo de 80 casos para menores bajo custodia del Estado Provincial”.
 
En cuanto a la edad, “se mantiene el criterio de que los menores de 16 años son considerados ‘no punibles’, a los fines de no avanzar sobre la Ley Nacional Nº 22.678 que divide a los menores de edad en punibles y no punibles, es decir, mayores de 16 años y menores de 16 años, respectivamente”, explicó el senador radical Lisandro Enrico (UCR-FPSUR-Gral. López) en su exhaustiva alocución durante la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día 8 de noviembre de 2018 del Senado Santafesino en la que se aprobó, por unanimidad, el Proyecto de Ley (Expediente 36152 CD) y se devolvió en 2ª revisión a Diputados con modificaciones sustanciales.   
 
No obstante las “reformas radicales”, hubo coincidencias en que “se pretende que el Código Procesal Penal Juvenil sea realmente una herramienta idónea para garantizar y dotar de eficacia a los derechos fundamentales de los jóvenes, con el establecimiento de principios de interpretación y defensa especializada”, pero que “sea una ley firme, no de mano dura” y que “no deje a las víctimas de delitos cometidos por menores en condiciones arbitrariamente injustas”.
 
Publicado: 11/Noviembre/2018

Fuente: Fernando Brosutti


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