[ 10.12.2018 10:41 ] ›
Ningún policía acusado de violencia de género portará armas fuera de servicio
Para Benas, “las armas de fuego en el hogar constituyen un riesgo en general”
La diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS); platicando animadamente con la diputada justicialista Patricia Chialvo (FJV) en la fotografía exclusiva del Diario Digital El Protagonista Web; ingresó nuevamente el día miércoles 5 de diciembre de 2018 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe el Proyecto de Ley (Expediente 35938 CD-FP-PAR) de su autoría, idéntico al Proyecto de Ley (Expediente 29985 FP-DB) también de su autoría y suscripto junto a su par Alicia Gutiérrez (SI-FPCS) que, ingresado el día 19 de marzo de 2015, caducara por falta de tratamiento; por el cual, mediante 6 artículos, propone que “se prohíba la portación, tenencia y transporte del arma de dotación, a los efectivos de las fuerzas de la Policía Provincial, fuera del horario de servicios” que hayan sido denunciados por violencia familiar o de género; con el fin de resguardar la integridad física, psicológica y moral de las personas denunciantes.
Además, “el personal denunciado deberá retirar el arma de dotación en el momento de ingreso y entregarla al final de la jornada de trabajo”.
El Ministerio de Seguridad de la Provincia, que será la autoridad de aplicación de la presente, dentro del plazo de quince (15) días corridos contados a partir de la publicación de la Ley, deberá adecuar las normas y procedimientos internos y, además, establecer las responsabilidades que correspondan con relación a la restricción de la portación, tenencia y trasporte del arma de dotación utilizada por el personal de la fuerza, de conformidad con la índole de las funciones, situación operacional o modalidad de cumplimiento de servicios del personal denunciado.
El levantamiento de la medida establecida, estará sujeto a los informes elaborados por un Equipo de Asistencia a Víctimas de Violencia Familiar, y a lo que la resolución del Juez interviniente determine en cada caso, previa realización de un examen de aptitud psicológica al denunciado.
La violencia intrafamiliar, en tanto abuso físico, sexual o emocional, es una de las principales formas de violencia contra la mujer, siendo éstas, según la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, las víctimas predominantes sobre la totalidad de los hechos registrados en el país. Las armas de fuego en el hogar constituyen un riesgo para sus habitantes y, en un contexto de violencia intrafamiliar, incrementan las posibilidades de una agresión en cualquier interacción conflictiva.
Tanto la violencia psíquica ejercida por medio del arma de fuego en el hogar, así como la violencia letal que éstas ocasionan contra mujeres en circunstancias de conflictos interpersonales, pueden prevenirse a partir de “la prohibición de tenencia de armas de fuego por parte de hombres con antecedentes de violencia”.
En concordancia con la Ley Nacional Nº 26.485 (Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales), a la que la Provincia de Santa Fe adhirió a través de la Ley Provincial Nº 13.348; y en un todo de acuerdo con la Ley Nacional Nº 24.417 (Protección contra la Violencia Familiar), a la cual la Provincia de Santa Fe adhirió a través de la Ley Provincial Nº 11.529; se propone “la prohibición de la portación de armas a policías fuera de servicio, que hayan sido denunciados por violencia familiar o de género”; fundamentó la diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS) el Proyecto de Ley (Expediente 35938 CD-FP-PAR) de su autoría, réplica del Proyecto de Ley (Expediente 29985 FP-DB) que caducara por falta de consideración, ingresado el día 5 de diciembre de 2018 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, para su tratamiento a partir del 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones, salvo que el Poder Ejecutivo Provincial lo incluya en el temario de asuntos de interés de las próximas Sesiones Extraordinarias, algo muy poco probable.
Publicado: 10/Diciembre/2018
Además, “el personal denunciado deberá retirar el arma de dotación en el momento de ingreso y entregarla al final de la jornada de trabajo”.
El Ministerio de Seguridad de la Provincia, que será la autoridad de aplicación de la presente, dentro del plazo de quince (15) días corridos contados a partir de la publicación de la Ley, deberá adecuar las normas y procedimientos internos y, además, establecer las responsabilidades que correspondan con relación a la restricción de la portación, tenencia y trasporte del arma de dotación utilizada por el personal de la fuerza, de conformidad con la índole de las funciones, situación operacional o modalidad de cumplimiento de servicios del personal denunciado.
El levantamiento de la medida establecida, estará sujeto a los informes elaborados por un Equipo de Asistencia a Víctimas de Violencia Familiar, y a lo que la resolución del Juez interviniente determine en cada caso, previa realización de un examen de aptitud psicológica al denunciado.
La violencia intrafamiliar, en tanto abuso físico, sexual o emocional, es una de las principales formas de violencia contra la mujer, siendo éstas, según la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, las víctimas predominantes sobre la totalidad de los hechos registrados en el país. Las armas de fuego en el hogar constituyen un riesgo para sus habitantes y, en un contexto de violencia intrafamiliar, incrementan las posibilidades de una agresión en cualquier interacción conflictiva.
Tanto la violencia psíquica ejercida por medio del arma de fuego en el hogar, así como la violencia letal que éstas ocasionan contra mujeres en circunstancias de conflictos interpersonales, pueden prevenirse a partir de “la prohibición de tenencia de armas de fuego por parte de hombres con antecedentes de violencia”.
En concordancia con la Ley Nacional Nº 26.485 (Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales), a la que la Provincia de Santa Fe adhirió a través de la Ley Provincial Nº 13.348; y en un todo de acuerdo con la Ley Nacional Nº 24.417 (Protección contra la Violencia Familiar), a la cual la Provincia de Santa Fe adhirió a través de la Ley Provincial Nº 11.529; se propone “la prohibición de la portación de armas a policías fuera de servicio, que hayan sido denunciados por violencia familiar o de género”; fundamentó la diputada provincial Verónica Benas (PARES-FPCS) el Proyecto de Ley (Expediente 35938 CD-FP-PAR) de su autoría, réplica del Proyecto de Ley (Expediente 29985 FP-DB) que caducara por falta de consideración, ingresado el día 5 de diciembre de 2018 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, para su tratamiento a partir del 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones, salvo que el Poder Ejecutivo Provincial lo incluya en el temario de asuntos de interés de las próximas Sesiones Extraordinarias, algo muy poco probable.
Publicado: 10/Diciembre/2018
Fuente: Susana Goris
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