[ 05.01.2019 10:26 ] ›
Augsburger y Giustiniani promueven la capacitación en perspectiva de género
Se pretende detener la violencia contra las mujeres y las identidades femeninas
En atención a que el Congreso Nacional Argentino sancionó el proyecto denominado Ley Micaela que propone la creación de un “Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres”, la diputada provincial Silvia Augsburger (IP-Igualdad), acompañada de su par de bancada: Rubén Giustiniani (IP-Igualdad), ingresó el día 20 de diciembre de 2018 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, para su tratamiento a partir del 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones, el Proyecto de Ley (Expediente 36002 CD-IP) que, mediante 8 artículos, dispone que “las personas que ocupen cargos jerárquicos o de dirección en el Estado Provincial, deberán acreditar formación en perspectiva de género”.
Se dispone que las personas que ocupen cargos jerárquicos o de dirección, cualquiera sea la forma de designación, en el Poder Ejecutivo; cargos de representación en el Poder Legislativo o desempeñen tareas de asesoramiento técnico en ese ámbito; cargos a partir del rango de secretario en el Poder Judicial; cargos a partir de Defensor Adjunto en el Servicio Público de la Defensa Penal; o cargos a partir del Fiscal Adjunto en el Ministerio Público de la Acusación “deberán acreditar formación en perspectiva de género”.
La formación en perspectiva de género incluye, como contenido mínimo, la legislación provincial, nacional y las convenciones internacionales en las que Argentina sea parte, y que “guarden relación con la temática”.
Incluye, también, “la comprensión del fenómeno de los estereotipos y discriminaciones de género, por orientación sexual o identidad de género y la particular forma en que se expresan o impactan en su área específica de actuación”.
La acreditación de este requisito es obligatoria para la designación en los cargos enunciados. Quienes ya se encuentren designados al momento de la sanción de esta Ley, deberán acreditarlo en un plazo máximo de dos años a partir de la entrada en vigencia.
Las máximas autoridades de cada estamento del Estado “serán responsables de garantizar la capacitación en perspectiva de género para todas las personas alcanzadas por la presente Ley, dictándola por sí mismo o por convenio con instituciones gubernamentales, académicas o sociales con reconocida trayectoria en la materia”.
La Dirección Provincial de Políticas de Género será la autoridad de aplicación de esta Ley. En tal carácter, establecerá los criterios de acreditación de la formación en perspectiva de género, supervisará los contenidos y modalidades de los cursos de capacitación y pondrá a disposición de todos los estamentos del Estado involucrados: materiales y personal especializado para asesorar en lo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley, pudiendo realizar convenios con instituciones especializadas para tal fin.
En definitiva, “se hace necesario que quienes desempeñan cargos con algún nivel de decisión en la estructura del Estado Provincial, incorporen la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones”, fundamentó la diputada Silvia Augsburger (IP-Igualdad), acompañada del diputado Rubén Giustiniani (IP-Igualdad), el Proyecto de Ley (Expediente 36002 CD-IP) de su autoría y suscripto por ambos, ingresado el día 20 de diciembre de 2018 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, para su tratamiento a partir del día 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones; no sin antes aclarar que “se denomina Ley Micaela en homenaje a Micaela García, joven violada y asesinada en Gualeguaychú en el año 2017”.
Publicado: 05/Enero/2019
Se dispone que las personas que ocupen cargos jerárquicos o de dirección, cualquiera sea la forma de designación, en el Poder Ejecutivo; cargos de representación en el Poder Legislativo o desempeñen tareas de asesoramiento técnico en ese ámbito; cargos a partir del rango de secretario en el Poder Judicial; cargos a partir de Defensor Adjunto en el Servicio Público de la Defensa Penal; o cargos a partir del Fiscal Adjunto en el Ministerio Público de la Acusación “deberán acreditar formación en perspectiva de género”.
La formación en perspectiva de género incluye, como contenido mínimo, la legislación provincial, nacional y las convenciones internacionales en las que Argentina sea parte, y que “guarden relación con la temática”.
Incluye, también, “la comprensión del fenómeno de los estereotipos y discriminaciones de género, por orientación sexual o identidad de género y la particular forma en que se expresan o impactan en su área específica de actuación”.
La acreditación de este requisito es obligatoria para la designación en los cargos enunciados. Quienes ya se encuentren designados al momento de la sanción de esta Ley, deberán acreditarlo en un plazo máximo de dos años a partir de la entrada en vigencia.
Las máximas autoridades de cada estamento del Estado “serán responsables de garantizar la capacitación en perspectiva de género para todas las personas alcanzadas por la presente Ley, dictándola por sí mismo o por convenio con instituciones gubernamentales, académicas o sociales con reconocida trayectoria en la materia”.
La Dirección Provincial de Políticas de Género será la autoridad de aplicación de esta Ley. En tal carácter, establecerá los criterios de acreditación de la formación en perspectiva de género, supervisará los contenidos y modalidades de los cursos de capacitación y pondrá a disposición de todos los estamentos del Estado involucrados: materiales y personal especializado para asesorar en lo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley, pudiendo realizar convenios con instituciones especializadas para tal fin.
En definitiva, “se hace necesario que quienes desempeñan cargos con algún nivel de decisión en la estructura del Estado Provincial, incorporen la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones”, fundamentó la diputada Silvia Augsburger (IP-Igualdad), acompañada del diputado Rubén Giustiniani (IP-Igualdad), el Proyecto de Ley (Expediente 36002 CD-IP) de su autoría y suscripto por ambos, ingresado el día 20 de diciembre de 2018 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, para su tratamiento a partir del día 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones; no sin antes aclarar que “se denomina Ley Micaela en homenaje a Micaela García, joven violada y asesinada en Gualeguaychú en el año 2017”.
Publicado: 05/Enero/2019
Fuente: Susana Goris
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