[ 11.01.2019 11:11 ] ›
Pirola, Traferri, Calvo y otros buscan “suprimir la figura del Fiscal Adjunto”
Se promueve la “plena unificación y equiparación en funciones y remuneración”
En la 12ª sesión ordinaria del día jueves 11 de octubre de 2018 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, sobre tablas, el senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias), presidente provisional del Senado, acompañado de sus pares del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón”: Armando Ramón Traferri (BJ-San Lorenzo), Danilo Hugo Capitani (BJ-San Jerónimo), Cristina Antonia Berra (BJ-San Martín), Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos) y Osvaldo Hugo Segundo Sosa (BJ-Vera), ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 38053 JL) de su autoría y suscripto por los nombrados que, en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 8 de noviembre de 2018, por unanimidad, se aprobó con el objeto de “suprimir la figura de Fiscal Adjunto”, establecida en la Ley Provincial Nº 13.013 (Ministerio Público de la Acusación), a los efectos de su “plena unificación y equiparación en funciones y remuneración con la figura del Fiscal”; comunicándose la media sanción a Diputados para su consideración, tratamiento y posible sanción definitiva a partir del día 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones.
Se deroga el artículo 21º y el inciso 4) del artículo 50º de la Ley Nº 13.013, y, asimismo, se modifican los artículos 13º, 18º, 22º, 35º, 40º, 46º, 48º y 49º de la Ley Nº 13.013, con la finalidad de “suprimir la figura de Fiscal Adjunto” y, de tal modo, lograr su “plena unificación y equiparación de funciones y remuneración con la figura del Fiscal”.
En el esquema normativo, “los Fiscales Adjuntos actúan por delegación y bajo supervisión de los Fiscales”, pero “se encuentran en un pie de igualdad en cuanto a los requisitos para acceder al cargo, poseen el mismo sistema de selección, nombramiento y remoción y cuentan igualmente con acuerdo de Asamblea Legislativa”.
La diferenciación establecida entre Fiscales y Fiscales Adjuntos no es tal, en tanto que “ambos llevan a cabo el mismo tipo de trabajo, realizando las mismas diligencias procesales e interviniendo en todas las instancias del proceso penal”.
En la práctica, “los Fiscales Adjuntos no actúan por delegación, sino que deben actuar con autonomía en su función y asumiendo las responsabilidades funcionales que les competen”, pero “con una remuneración menor”.
Estas situaciones han motivado reclamos por parte de los Fiscales Adjuntos que “es de toda justicia y, por ello, corresponde encontrar una solución a la cuestión”.
Deberá tenerse en cuenta también que “la conversión de los nombramientos respectivos de los hoy Fiscales Adjuntos para pasar a desempeñarse como Fiscales, tendrá que contar con acuerdo de Asamblea Legislativa, en resguardo de la constitucionalidad de los procedimientos”, fundamentó el senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias) el Proyecto de Ley (Expediente 38053 JL) de su autoría que, ingresado sobre tablas en la 12ª sesión ordinaria del día jueves 11 de octubre de 2018 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, con el acompañamiento de varios de sus pares integrantes del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón”, resultara aprobado en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 8 de noviembre de 2018, por unanimidad, girándose la media sanción a Diputados para que complete el procedimiento parlamentario; no sin antes agregar que “similar derecho es reclamado por los Defensores Adjuntos del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal” (Ley Nº 13.014), con igual justicia y razón.
En ese sentido, el día 24 de octubre de 2018, el senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias) ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 38108 JL) por el cual se suprime la figura del Defensor Público Adjunto, establecida en la Ley Nº 13.014, de manera tal que “la respuesta y solución comprenda y contemple equitativamente a todos los funcionarios reclamantes”, y obtuvo el apoyo unánime de sus pares senatoriales el día 22 de noviembre de 2018 en el Senado, comunicándose la media sanción a Diputados para su posible tratamiento a partir del día 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones.
En definitiva, ambos Proyectos de Ley (Expediente 38053 JL) (Expediente 38108 JL), con media sanción del Senado, el primero para suprimir la figura del Fiscal Adjunto y el segundo para suprimir la figura del Defensor Público Adjunto, son estudiados en las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de Diputados y, como no serán incorporados al temario de asuntos el actual Período Extraordinario, deberán aguardar para su posible consideración a partir del día 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones.
Publicado: 11/Enero/2019
Se deroga el artículo 21º y el inciso 4) del artículo 50º de la Ley Nº 13.013, y, asimismo, se modifican los artículos 13º, 18º, 22º, 35º, 40º, 46º, 48º y 49º de la Ley Nº 13.013, con la finalidad de “suprimir la figura de Fiscal Adjunto” y, de tal modo, lograr su “plena unificación y equiparación de funciones y remuneración con la figura del Fiscal”.
En el esquema normativo, “los Fiscales Adjuntos actúan por delegación y bajo supervisión de los Fiscales”, pero “se encuentran en un pie de igualdad en cuanto a los requisitos para acceder al cargo, poseen el mismo sistema de selección, nombramiento y remoción y cuentan igualmente con acuerdo de Asamblea Legislativa”.
La diferenciación establecida entre Fiscales y Fiscales Adjuntos no es tal, en tanto que “ambos llevan a cabo el mismo tipo de trabajo, realizando las mismas diligencias procesales e interviniendo en todas las instancias del proceso penal”.
En la práctica, “los Fiscales Adjuntos no actúan por delegación, sino que deben actuar con autonomía en su función y asumiendo las responsabilidades funcionales que les competen”, pero “con una remuneración menor”.
Estas situaciones han motivado reclamos por parte de los Fiscales Adjuntos que “es de toda justicia y, por ello, corresponde encontrar una solución a la cuestión”.
Deberá tenerse en cuenta también que “la conversión de los nombramientos respectivos de los hoy Fiscales Adjuntos para pasar a desempeñarse como Fiscales, tendrá que contar con acuerdo de Asamblea Legislativa, en resguardo de la constitucionalidad de los procedimientos”, fundamentó el senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias) el Proyecto de Ley (Expediente 38053 JL) de su autoría que, ingresado sobre tablas en la 12ª sesión ordinaria del día jueves 11 de octubre de 2018 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, con el acompañamiento de varios de sus pares integrantes del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón”, resultara aprobado en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 8 de noviembre de 2018, por unanimidad, girándose la media sanción a Diputados para que complete el procedimiento parlamentario; no sin antes agregar que “similar derecho es reclamado por los Defensores Adjuntos del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal” (Ley Nº 13.014), con igual justicia y razón.
En ese sentido, el día 24 de octubre de 2018, el senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias) ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 38108 JL) por el cual se suprime la figura del Defensor Público Adjunto, establecida en la Ley Nº 13.014, de manera tal que “la respuesta y solución comprenda y contemple equitativamente a todos los funcionarios reclamantes”, y obtuvo el apoyo unánime de sus pares senatoriales el día 22 de noviembre de 2018 en el Senado, comunicándose la media sanción a Diputados para su posible tratamiento a partir del día 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones.
En definitiva, ambos Proyectos de Ley (Expediente 38053 JL) (Expediente 38108 JL), con media sanción del Senado, el primero para suprimir la figura del Fiscal Adjunto y el segundo para suprimir la figura del Defensor Público Adjunto, son estudiados en las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de Diputados y, como no serán incorporados al temario de asuntos el actual Período Extraordinario, deberán aguardar para su posible consideración a partir del día 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones.
Publicado: 11/Enero/2019
Fuente: Fernando Brosutti
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