[ 20.02.2019 08:38 ] ›
Sistema Único para agilizar la aprobación de las tarifas de agua y cloacas
Calvo quiere “sistematizar el trámite de actualización del cuadro tarifario”
En la 2ª sesión extraordinaria del 136º Período de Sesiones de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, de fecha 14 de febrero 2019, y primera del corriente año, el senador justicialista Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos), en el marco de la presentación formal de ocho (8) proyectos de ley de su autoría, presentó el Proyecto de Ley (Expediente 38643 JL) por el cual pretende “sistematizar el trámite de actualización del cuadro tarifario para los servicios de agua y cloacas”, para su tratamiento a partir del día 1º de mayo de 2019, fecha de inicio del 137º Período Ordinario de Sesiones, y, para acelerar los tiempos, se giró solamente a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General.
Vale recordar, al respecto, que en la sesión ordinaria del día jueves 26 de octubre de 2017 del Senado Santafesino, presidida por el vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (NEO-UCR-FPCS) y concurrencia perfecta de los senadores oficialistas y de la oposición ya que no hubo ausencias, se había aprobado por unanimidad el Proyecto de Ley (Expediente 35009 JL) del senador justicialista Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos), el cual consta de ocho (8) artículos cuidadosamente elaborados, con la finalidad de “sistematizar el trámite de actualización del cuadro tarifario para los servicios de agua y cloacas” en todo el territorio de la provincia de Santa Fe, a los efectos de la determinación de los valores del servicio prestado en base a distintos parámetros que fijará el Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ENRESS); comunicándose la media sanción a Diputados donde caducó por falta de tratamiento, motivo por el cual se insiste ahora con idéntica iniciativa parlamentaria.
El marco regulatorio será de “aplicación a todos los prestadores que suministren el servicio fuera del ámbito de la concesión establecida por Ley Nº 11.220 y sus modificatorias”.
El Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ENRESS) deberá elaborar y poner en funcionamiento, en un plazo no mayor de noventa (90) días, un Sistema Único para “definir los cuadros tarifarios que permitan determinar los valores del servicio prestado como así también analizar la incidencia de los diversos parámetros en la fijación de la tarifa”.
El referido Sistema Único deberá “contemplar los Planes de Mejora y Desarrollo” que cada prestador considere llevar adelante en función de las circunstancias particulares de la prestación del servicio en su distrito.
Previo a toda presentación de solicitud de actualización tarifaria, “los prestadores deberán convocar a Audiencia Pública Expeditiva, Asamblea de Asociados o lo que correspondiere según las características del prestador del servicio”.
El ENRESS fijará el procedimiento y la mecánica para la convocatoria del acto de participación ciudadana a fin de garantizar la agilidad del mismo. Los resultados que se obtengan de este proceso serán de carácter no vinculante y será incorporado como parte integrante de la documentación a presentar al momento del pedido de actualización tarifaria.
Se fijan plazos perentorios para que se expidan el ENRESS (45 días) y los Municipios y Comunas (90 días), a fin de “no generar dilaciones por instancias burocráticas administrativas en el trámite de aprobación de los cuadros tarifarios, que perjudican a los prestadores de los citados servicios cuando son autorizados a destiempo”.
En ENRESS deberá “presentar a la Honorable Legislatura un informe anual de lo actuado en el período”. Dicho informe deberá incorporar, entre otras cuestiones, “un pormenorizado detalle de los controles efectuados a los prestadores del servicio, las anomalías detectadas, las acciones correctivas implementadas, los reclamos de usuarios y la resolución de conflictos, la aprobación de cuadros tarifarios, sanciones impuestas y otros aspectos que considere de interés”.
En la actualidad los prestadores del servicio, sean estos municipales, comunales o cooperativas de servicios, determinan sus cuadros tarifarios considerando en forma general parámetros que son similares, pero incorporando otras muchas variables que reflejan situaciones particulares de cada localidad. Esta situación genera para el ENRESS una gran dispersión de parámetros a la hora de proceder al análisis tarifario.
Por lo tanto, “se hace necesario establecer un Sistema Único que permita agilizar la fiscalización y aprobación de las tarifas de los servicios de agua potable, desagües cloacales y saneamiento” prestados por Municipios, Comunas y Cooperativas.
En síntesis, el objetivo principal es “dotar de competencia al ENRESS para que elabore una herramienta dinámica para el cálculo y que permita agilizar los plazos de intervención de los organismos, e incorporar la participación de la ciudadanía”, fundamentó el senador justicialista Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos) el Proyecto de Ley (Expediente 38643 JL) ingresado en la sesión extraordinaria del Senado Santafesino del día 14 de febrero de 2019 para su consideración a partir del día 1º de mayo de 2019, réplica del Proyecto de Ley (Expediente 35009 JL) también de su autoría que aprobado en la sesión ordinaria del pasado día jueves 26 de octubre de 2017 del Senado de la Provincia de Santa Fe, por unanimidad, y comunicada la media sanción a Diputados, perdiera estado legislativo, motivo por el cual se insiste ahora no sin antes reiterar que, además, permitirá al ENRESS “obtener información valiosa para la evaluación de los prestadores en cuanto a la calidad del servicio”.
Publicado: 20/Febrero/2019
Vale recordar, al respecto, que en la sesión ordinaria del día jueves 26 de octubre de 2017 del Senado Santafesino, presidida por el vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (NEO-UCR-FPCS) y concurrencia perfecta de los senadores oficialistas y de la oposición ya que no hubo ausencias, se había aprobado por unanimidad el Proyecto de Ley (Expediente 35009 JL) del senador justicialista Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos), el cual consta de ocho (8) artículos cuidadosamente elaborados, con la finalidad de “sistematizar el trámite de actualización del cuadro tarifario para los servicios de agua y cloacas” en todo el territorio de la provincia de Santa Fe, a los efectos de la determinación de los valores del servicio prestado en base a distintos parámetros que fijará el Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ENRESS); comunicándose la media sanción a Diputados donde caducó por falta de tratamiento, motivo por el cual se insiste ahora con idéntica iniciativa parlamentaria.
El marco regulatorio será de “aplicación a todos los prestadores que suministren el servicio fuera del ámbito de la concesión establecida por Ley Nº 11.220 y sus modificatorias”.
El Ente Regulador de Servicios Sanitarios (ENRESS) deberá elaborar y poner en funcionamiento, en un plazo no mayor de noventa (90) días, un Sistema Único para “definir los cuadros tarifarios que permitan determinar los valores del servicio prestado como así también analizar la incidencia de los diversos parámetros en la fijación de la tarifa”.
El referido Sistema Único deberá “contemplar los Planes de Mejora y Desarrollo” que cada prestador considere llevar adelante en función de las circunstancias particulares de la prestación del servicio en su distrito.
Previo a toda presentación de solicitud de actualización tarifaria, “los prestadores deberán convocar a Audiencia Pública Expeditiva, Asamblea de Asociados o lo que correspondiere según las características del prestador del servicio”.
El ENRESS fijará el procedimiento y la mecánica para la convocatoria del acto de participación ciudadana a fin de garantizar la agilidad del mismo. Los resultados que se obtengan de este proceso serán de carácter no vinculante y será incorporado como parte integrante de la documentación a presentar al momento del pedido de actualización tarifaria.
Se fijan plazos perentorios para que se expidan el ENRESS (45 días) y los Municipios y Comunas (90 días), a fin de “no generar dilaciones por instancias burocráticas administrativas en el trámite de aprobación de los cuadros tarifarios, que perjudican a los prestadores de los citados servicios cuando son autorizados a destiempo”.
En ENRESS deberá “presentar a la Honorable Legislatura un informe anual de lo actuado en el período”. Dicho informe deberá incorporar, entre otras cuestiones, “un pormenorizado detalle de los controles efectuados a los prestadores del servicio, las anomalías detectadas, las acciones correctivas implementadas, los reclamos de usuarios y la resolución de conflictos, la aprobación de cuadros tarifarios, sanciones impuestas y otros aspectos que considere de interés”.
En la actualidad los prestadores del servicio, sean estos municipales, comunales o cooperativas de servicios, determinan sus cuadros tarifarios considerando en forma general parámetros que son similares, pero incorporando otras muchas variables que reflejan situaciones particulares de cada localidad. Esta situación genera para el ENRESS una gran dispersión de parámetros a la hora de proceder al análisis tarifario.
Por lo tanto, “se hace necesario establecer un Sistema Único que permita agilizar la fiscalización y aprobación de las tarifas de los servicios de agua potable, desagües cloacales y saneamiento” prestados por Municipios, Comunas y Cooperativas.
En síntesis, el objetivo principal es “dotar de competencia al ENRESS para que elabore una herramienta dinámica para el cálculo y que permita agilizar los plazos de intervención de los organismos, e incorporar la participación de la ciudadanía”, fundamentó el senador justicialista Alcides Lorenzo Calvo (BJ-Castellanos) el Proyecto de Ley (Expediente 38643 JL) ingresado en la sesión extraordinaria del Senado Santafesino del día 14 de febrero de 2019 para su consideración a partir del día 1º de mayo de 2019, réplica del Proyecto de Ley (Expediente 35009 JL) también de su autoría que aprobado en la sesión ordinaria del pasado día jueves 26 de octubre de 2017 del Senado de la Provincia de Santa Fe, por unanimidad, y comunicada la media sanción a Diputados, perdiera estado legislativo, motivo por el cual se insiste ahora no sin antes reiterar que, además, permitirá al ENRESS “obtener información valiosa para la evaluación de los prestadores en cuanto a la calidad del servicio”.
Publicado: 20/Febrero/2019
Fuente: Fernando Brosutti
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