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[ 09.10.2019 11:13 ]   ›

Se promulgó y publicó en el Boletín Oficial la Ley Micaela

Santa Fe adhirió a la Ley Nacional Nº 27.499 mediante la Ley Nº 13.891

Se promulgó y publicó en el Boletín Oficial la Ley Micaela
El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, secundado por el Ministro de Gobierno y Reforma del Estado, Pablo Gustavo Farías, mediante el Decreto Nº 2816 del día 26 de setiembre de 2019, y visto la aprobación por parte de la Legislatura Santafesina de la Ley registrada con el Nº 13.891 (Ley Micaela), decretó se promulgue como Ley de Estado, se inserte en el Registro General de Leyes con el sello oficial y se publique en el Boletín Oficial, hecho que aconteció el día lunes 7 de octubre de 2019, y que, específicamente, dispone la adhesión de la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional Nº 27.499 de “Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integren los tres Poderes del Estado”.
 
En atención a que el Congreso Nacional Argentino sancionó el proyecto denominado Ley Micaela (Ley Nacional Nº 27.499) que propone la creación de un “Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres”, la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe; en el marco de la 8ª sesión ordinaria del día jueves 12 de setiembre de 2019, por unanimidad y con asistencia casi perfecta, después de un corto cabildeo y cuarto intermedio en sus bancas propuesto por el diputado radical Julián Galdeano (UCR-FPCS), y luego de varias alocuciones: Silvia Augsburger (IP), Clara Rut García (PS-FPCS), Leandro Busatto (PJ-FV), Cesira Arcando (FE-CSF), Alicia Gutiérrez (SI-FPCS) y Mercedes Meier (FSP); aceptó la posición del Senado Santafesino en cabeza del senador radical Germán Giacomino (UCR-FPSUR-Constitución) y, mediante 5 artículos, se dispuso la adhesión de la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional Nº 27.499 de “Capacitación Obligatoria en Género” para todas las personas que integren los tres Poderes del Estado; comunicándose la flamante norma sancionada que el Poder Ejecutivo registró como Ley Nº 13.891, promulgó y publicó el día 7 de octubre de 2019 en el Boletín Oficial.
 
Vale recordar que el senador radical Germán Giacomino (UCR-FPSUR-Constitución) había logrado el apoyo unánime de sus pares en la 6ª sesión ordinaria del Senado Santafesino de fecha 22 de agosto de 2019, sobre tablas, para el Proyecto de Ley (Expediente 38890 FPL) (Expediente 36769 SEN) de su autoría, ingresado el día 13 de marzo de 2019, por el cual, mediante 5 artículos, se dispone la adhesión de la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional Nº 27.499 de “Capacitación Obligatoria en Género” para todas las personas que integren los tres Poderes del Estado; comunicándose la media sanción a la Cámara de Diputados que, como se indica más arriba, completó el procedimiento parlamentario con la respectiva sanción definitiva.
 
No debemos olvidar que la diputada provincial Silvia Augsburger (IP), acompañada de su par de bancada: Rubén Giustiniani (IP), había ingresado el día 20 de diciembre de 2018 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, para su tratamiento en el actual 137º Período Ordinario de Sesiones, el Proyecto de Ley (Expediente 36002 CD-IP) que, mediante 8 artículos, dispone que “las personas que ocupen cargos jerárquicos o de dirección en el Estado Provincial, deberán acreditar formación en perspectiva de género”.
 
Este Proyecto de Ley (Expediente 36002 CD-IP) se acumuló al Proyecto de Ley (Expediente 36025 PE) (Mensaje 4767) del Poder Ejecutivo, y se adjuntó al Proyecto de Ley (Expediente 36003 CD-PJ-FV) del diputado Leandro Busatto (PJ-FV), y, el día jueves 4 de julio de 2019, obtuvo despacho favorable de la comisión de Derechos y Garantías, luego de corregido, mejorado y aumentado producto de la unificación. Se giró a la comisión de Presupuesto y Hacienda que, juntamente con la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, y todos los diputados y diputadas presentes en la sesión de día 12 de setiembre de 2019, aceptó la postura del Senado y completó el procedimiento legislativo.
 
Se dispone que las personas que ocupen cargos jerárquicos o de dirección, cualquiera sea la forma de designación, en el Poder Ejecutivo; cargos de representación en el Poder Legislativo o desempeñen tareas de asesoramiento técnico en ese ámbito; cargos a partir del rango de secretario en el Poder Judicial; cargos a partir de Defensor Adjunto en el Servicio Público de Defensa Penal; o cargos a partir de Fiscal Adjunto en el Ministerio Público de la Acusación “deberán acreditar formación en perspectiva de género”; aunque con la posición consensuada quedó sintetizada en la “capacitación obligatoria en género para todas las personas que integren los tres Poderes del Estado”.
 
La formación en perspectiva de género incluye, como contenido mínimo, la legislación provincial, nacional y las convenciones internacionales en las que Argentina sea parte, y que “guarden relación con la temática”.
 
Incluye, también, “la comprensión del fenómeno de los estereotipos y discriminaciones de género, por orientación sexual o identidad de género y la particular forma en que se expresan o impactan en su área específica de actuación”.
 
La acreditación de este requisito es obligatoria para la designación en los cargos de los tres Poderes del Estado. Quienes ya se encuentren designados al momento de la sanción de esta Ley, deberán acreditarlo en un plazo máximo de dos (2) años a partir de la entrada en vigencia.
 
Las máximas autoridades de cada estamento del Estado “serán responsables de garantizar la capacitación en perspectiva de género para todas las personas alcanzadas por la presente Ley, dictándola por sí mismo o por convenio con instituciones gubernamentales, académicas o sociales con reconocida trayectoria en la materia”.
 
El Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, a través de la Dirección Provincial de Políticas de Género, será la autoridad de aplicación de esta Ley, quien coordinará con los Colegios de Abogados de la Provincia, para el desarrollo de la capacitación.
 
En tal carácter, se establece la capacitación obligatoria en Derecho y Perspectiva de Género y “prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres”; para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
 
Y, para ello, “se establecen los criterios de acreditación de la formación en perspectiva de género, supervisión de los contenidos y modalidades de los cursos de capacitación” con la puesta a disposición de todos los estamentos del Estado involucrados: materiales y personal especializado para asesorar en lo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley, pudiendo realizar convenios con instituciones especializadas para tal fin. Se invita a los Municipios y Comunas a adherir a la presente Ley.
 
En definitiva, “se hace necesario que quienes desempeñan cargos con algún nivel de decisión en la estructura del Estado Provincial, incorporen la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones”, fundamentó la diputada Silvia Augsburger (IP), acompañada del diputado Rubén Giustiniani (IP), el Proyecto de Ley (Expediente 36002 CD-IP) de su autoría y suscripto por ambos, ingresado el día 20 de diciembre de 2018 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe.
 
El mencionado Proyecto de Ley (Expediente 36002 CD-IP), tal se indica más arriba, se acumuló al Proyecto de Ley (Expediente 36025 PE) (Mensaje 4767) del Poder Ejecutivo, y se adjuntó al Proyecto de Ley (Expediente 36003 CD-PJ-FV) del diputado Leandro Busatto (PJ-FV), y, el día jueves 4 de julio de 2019, luego de la unificación, corregido, mejorado y aumentado, logró despacho favorable en la comisión de Derechos y Garantías, y se giró a las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio y tratamiento en el actual 137º Período Ordinario de Sesiones; no sin antes coincidir los autores y coautores en que “se denomina, a la Ley Nacional Nº 27.499, Ley Micaela en homenaje a Micaela García, joven violada y asesinada en Gualeguaychú en el año 2017”.
 
En igual sintonía, en la 6ª sesión ordinaria del día jueves 22 de agosto de 2019, el Senado Santafesino, sobre tablas y por unanimidad, aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 38890 FPL) (Expediente 36769 SEN) del senador radical Germán Giacomino (UCR-FPSUR-Constitución) ingresado el día 13 de marzo de 2019 por mesa de movimiento, el cual consta de 5 artículos, comunicándose la media sanción a la Cámara de Diputados que, tal se indica más arriba, aceptó esa postura.
 
En este caso, si bien repite algunos artículos de las otras iniciativas, establece como rasgo distintivo que el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, que oficiará de autoridad de aplicación, coordinará con los Colegios de Abogados de la Provincia para el desarrollo de la capacitación.
 
Y, al respecto, en atención a que “el Derecho de Género se abre como rama específica del Derecho”, y considerando que la Provincia de Santa Fe cuenta con cinco (5) Colegios de Abogados, “a estos organismos se les confiará la capacitación en derecho de género, pudiéndose coordinar otras temáticas referidas a la prevención y erradicación de la violencia con otros organismos”, había explicado el senador radical Germán Giacomino (UCR-FPSUR-Constitución) el Proyecto de Ley (Expediente 38890 FPL) (Expediente 36769 SEN) de su autoría, aprobado en la 6ª sesión ordinaria del Senado Santafesino del día jueves 22 de agosto de 2019, sobre tablas, por unanimidad y en sumarísimo trámite, comunicándose la media sanción a la Cámara de Diputados donde se encontró con tres (3) Proyectos de Ley de similar tenor, uno del diputado Leandro Busatto (FV-PJ) (Expediente 36003 CD-FV-PJ) con 13 artículos; otro del Gobernador Miguel Lifschitz (Mensaje 4767) (Expediente 36025 PE) con 9 artículos; y el tercero de la diputada Silvia Augsburger (IP) y el diputado Rubén Giustiniani (IP) (Expediente 36002 CD-IP) con 8 artículos; tal se indica más arriba.
 
A los fines de acelerar los tiempos y no posponer más el tratamiento, en el marco de la 8ª sesión ordinaria del día jueves 12 de setiembre de 2019 de la Cámara de Diputados, por unanimidad y asistencia casi perfecta, se aceptó la posición del Senado, y, mediante cinco (5) artículos, se dispuso la adhesión de la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional Nº 27.499 de “Capacitación Obligatoria en Género” para todas las personas que integren los tres Poderes del Estado; comunicándose la flamante norma sancionada al Poder Ejecutivo que la registró como Ley Provincial Nº 13.891, promulgó y publicó el día lunes 7 de octubre de 2019 en el Boletín Oficial para su plena vigencia.
 
Publicado: 09/Octubre/2019

Fuente: Susana Goris


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