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[ 10.08.2020 11:49 ]   ›

Pirola, Traferri, Calvo, Sosa y Berra insisten en “suprimir la figura del Fiscal Adjunto”

Se promueve la “plena unificación y equiparación en funciones y remuneración”

Pirola, Traferri, Calvo, Sosa y Berra insisten en “suprimir la figura del Fiscal Adjunto”
En la 9ª sesión ordinaria (virtual) del 138º Período del Senado Santafesino del jueves 30 de julio de 2020, en relación al Proyecto de Ley (Expediente 41199 JL) del senador Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), presidente provisional del Cuerpo Legislativo, que modifica los artículos 13, 18, 22, 35, 40, 45, 46, 48 y 49 de la Ley Nº 13.013 del Ministerio Público de la Acusación (MPA), y deroga el artículo 21 y el inciso 4) del artículo 50 de la misma, reingresado el día 27 de mayo de 2020 por mesa de movimiento senatorial y por el cual se suprime la figura de Fiscal Adjunto, se acordó una preferencia de tratamiento para dentro de 2 sesiones, es decir, para la 11ª sesión ordinaria que se realizará el día 27 de agosto de 2020, aunque requiere el despacho de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General.
 
El senador Rubén Pirola, en una fotografía tomada en la última sesión conjunta de ambas Cámaras, en dicha sesión virtual del Senado Santafesino del jueves 30 de julio del corriente año, anunció la realización de una reunión con funcionarios del Ministerio Público de la Acusación (MPA) con anterioridad a su sanción con el objeto de consensuar y/o unificar criterios.
 
Vale recordar que hace casi 2 años, en la 12ª sesión ordinaria del jueves 11 de octubre de 2018 del fenecido 136º Período esta Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, sobre tablas, el senador justicialista Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), presidente provisional del Senado, acompañado de sus pares del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón”: Armando Ramón Traferri (PJ-San Lorenzo), Danilo Hugo Capitani (PJ-San Jerónimo-Mandato Cumplido), Cristina Antonia Berra (PJ-San Martín), Alcides Lorenzo Calvo (PJ-Castellanos) y Osvaldo Hugo Segundo Sosa (PJ-Vera), ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 38053 JL) de su autoría y suscripto por los nombrados que, en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 8 de noviembre de 2018, por unanimidad, se sancionó con el objeto de “suprimir la figura de Fiscal Adjunto”, establecida en la Ley Provincial Nº 13.013 (Ministerio Público de la Acusación), a los efectos de su “plena unificación y equiparación en funciones y remuneración con la figura del Fiscal”; comunicándose la media sanción a Diputados donde caducó por falta de tratamiento en tiempo y forma.
 
Se deroga el artículo 21º y el inciso 4) del artículo 50º de la Ley Nº 13.013, y, asimismo, se modifican los artículos 13º, 18º, 22º, 35º, 40º, 46º, 48º y 49º de la Ley Nº 13.013, con la finalidad de “suprimir la figura de Fiscal Adjunto” y, de tal modo, lograr su “plena unificación y equiparación de funciones y remuneración con la figura del Fiscal”.
 
En el esquema normativo, “los Fiscales Adjuntos actúan por delegación y bajo supervisión de los Fiscales”, pero “se encuentran en un pie de igualdad en cuanto a los requisitos para acceder al cargo, poseen el mismo sistema de selección, nombramiento y remoción y cuentan igualmente con acuerdo de Asamblea Legislativa”.
 
La diferenciación establecida entre Fiscales y Fiscales Adjuntos no es tal, en tanto que “ambos llevan a cabo el mismo tipo de trabajo, realizando las mismas diligencias procesales e interviniendo en todas las instancias del proceso penal”.
 
En la práctica, “los Fiscales Adjuntos no actúan por delegación, sino que deben actuar con autonomía en su función y asumiendo las responsabilidades funcionales que les competen”, pero “con una remuneración menor”.
 
Estas situaciones han motivado reclamos por parte de los Fiscales Adjuntos que “es de toda justicia y, por ello, corresponde encontrar una solución a la cuestión”.
 
Deberá tenerse en cuenta también que “la conversión de los nombramientos respectivos de los hoy Fiscales Adjuntos para pasar a desempeñarse como Fiscales, tendrá que contar con acuerdo de Asamblea Legislativa, en resguardo de la constitucionalidad de los procedimientos”, fundamentó el senador justicialista Rubén Pirola (PJ-Las Colonias) el Proyecto de Ley (Expediente 38053 JL) de su autoría que, ingresado sobre tablas en la sesión ordinaria del jueves 11 de octubre de 2018 de esta Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, con el acompañamiento de varios de sus pares integrantes del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón”, resultara sancionado en la sesión ordinaria de prórroga del jueves 8 de noviembre de 2018, por unanimidad, girándose la media sanción a Diputados para que complete el procedimiento parlamentario; no sin antes agregar que “similar derecho es reclamado por los Defensores Adjuntos del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal” (Ley Nº 13.014), con igual justicia y razón.
 
En ese sentido, el día 24 de octubre de 2018, el senador justicialista Rubén Regis Pirola (PJ-Las Colonias) ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 38108 JL) por el cual se suprime la figura del Defensor Público Adjunto, establecida en la Ley Nº 13.014, de manera tal que “la respuesta y solución comprenda y contemple equitativamente a todos los funcionarios reclamantes”, y obtuvo el apoyo unánime de sus pares senatoriales el día 22 de noviembre de 2018 en el Senado, comunicándose la media sanción a Diputados para que complete el procedimiento legislativo.
 
Nada de eso ocurrió y, en definitiva, ambos Proyectos de Ley (Expediente 38053 JL) (Expediente 38108 JL), con media sanción del Senado, el primero para suprimir la figura del Fiscal Adjunto y el segundo para suprimir la figura del Defensor Público Adjunto, caducaron en las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de Diputados.
 
Ante ello, el senador Rubén Pirola reingresó el 27 de mayo de 2020 ambos Proyectos de Ley (Expediente 41199 JL) y (Expediente 41200 JL) por mesa de movimiento senatorial y, para las dos iniciativas, en la 9ª sesión ordinaria (virtual) del Senado del 138º Período que se llevó a cabo el jueves 30 de julio de 2020, se acordó una preferencia de tratamiento para dichos asuntos para dentro de 2 sesiones, es decir, para la 11ª sesión ordinaria que se realizará el jueves 27 de agosto de 2020, aunque se requiere el despacho de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General y, después, el consenso en la reunión de Labor Parlamentaria.
 
Publicado: 10/Agosto/2020

Fuente: Fernando Brosutti


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