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[ 19.10.2020 10:36 ]   ›

El veto parcial al bono excepcional a reemplazantes del sistema educativo tiene preferencia en “Senadores”

El Senado, como Cámara revisora, ante la moción de Felipe Michlig, se expediría sobre el veto de Omar Perotti

El veto parcial al bono excepcional a reemplazantes del sistema educativo tiene preferencia en “Senadores”
En la 15ª sesión ordinaria totalmente virtual del 138º Período de esta Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe del jueves 15 de octubre de 2020, proveniente de Diputados y Diputadas, se procedió al ingreso del Expediente 42101 PE – Mensaje 4902 – Decreto 1011/20 sobre el veto parcial al Proyecto de Ley registrado en el Poder Ejecutivo bajo el Nº 13.992 referido al bono extraordinario a reemplazantes del sistema educativo (Expediente 41550 CD) y se envió a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio.
 
El senador Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), presidente del Interbloque UCR-UCRUS, acordó con sus pares correligionarios y justicialistas una preferencia de tratamiento para la 16ª sesión ordinaria del 138º Período que, en principio, y si el COVID-19 lo permite, se llevará a cabo este jueves 22 de octubre de 2020, a partir de la 15:00, luego de la sesión conjunta de ambas Cámaras convocada para las 13:00 por la vicegobernadora y presidenta del Senado, Alejandra Rodenas.
 
Vale recordar que en la 11ª sesión del 138º Período Ordinario de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe del jueves 8 de octubre de 2020, se procedió al ingreso formal, proveniente del Poder Ejecutivo, del Decreto 1011/20 Proyecto de Ley Venido en Revisión por el cual se vetan los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 8º del Proyecto de Ley sancionado (por unanimidad en ambas Cámaras) el 27 de agosto de 2020 y registrado como Ley Nº 13.992 (suma de carácter excepcional al personal suplente del sistema educativo provincial) y, sobre tablas, según lo acordado en Labor Parlamentaria, con las alocuciones del diputado Juan Cruz Cándido (UCR) y la diputada Claudia Balagué (PS), dicho veto parcial “propositivo” del gobernador Omar Perotti resultó rechazado por unanimidad y se comunicó al Senado como Cámara revisora que acordó una preferencia de tratamiento.
 
Luego que la Cámara de origen (Diputados y Diputadas) confirmara por unanimidad de los 47 diputados y diputadas presentes (hubo 3 ausentes) el Proyecto de Ley vetado por el Poder Ejecutivo, se remitió a la Cámara revisora (Senado), la cual deberá expedirse (en el curso de este mes de octubre). Si el Senado (Cámara revisora) se expide de igual manera, es decir, por el rechazo al veto, el proyecto queda convertido en ley y se comunica al Poder Ejecutivo para su promulgación, según lo establece nuestra Constitución Provincial en el artículo 59, en su primer párrafo.
 
El mencionado artículo 59, en su segundo párrafo, estipula que “…si ambas Cámaras no insisten con dicha mayoría (dos tercios de los votos presentes), el proyecto no puede repetirse en las sesiones del año…”.
 
Y, en su tercer párrafo, siempre del artículo 59 de nuestra Constitución Provincial, establece que “…la Legislatura debe pronunciarse sobre el veto del Poder Ejecutivo dentro del término de un mes de comunicado…”.
 
Cabe tener presente, al respecto, que más allá del rechazo unánime el día 8 de octubre de 2020 de la Cámara de origen (Diputados y Diputadas), en el transcurso de la 11ª sesión del 138º Período Ordinario, y que el Senado como Cámara revisora se expida en los plazos constitucionales establecidos sobre el veto parcial “propositivo” en cuestión, durante la 8ª sesión del 138º Período Ordinario de la Cámara de Diputados del jueves 27 de agosto de 2020 que se realizó, bajo la presidencia del diputado Roberto Miguel Lifschitz (PS), presidente del Cuerpo Legislativo, secundado por el secretario Parlamentario Gustavo Puccini y el subsecretario Horacio Ghirardi, en forma mixta, es decir, presencial para unos pocos y virtual para la gran mayoría de los diputados y diputadas, se sancionó sobre tablas y por unanimidad el Proyecto de Ley (Expediente 38381 SEN) (Expediente 41550 CD) del diputado Juan Cruz Cándido (UCR), luego de aceptar en sumarísimo trámite las enmiendas introducidas por los senadores y senadora, por el cual, mediante 9 artículos, “se autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar una suma monetaria excepcional al personal suplente del sistema educativo provincial”, completándose el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva y comunicándose al Poder Ejecutivo que procedió a su registro con el Nº 13.992 y luego, mediante el Decreto 1011/20 vetó 6 artículos, propuso otros y envió una redacción diferente en la forma de veto parcial “propositivo”.
 
En esa oportunidad, es decir, en la sesión del 27 de agosto de 2020, luego del izamiento de la Bandera Nacional a cargo de los diputados Fabián Palo Oliver (UCR) y Oscar Martínez (FR-100%SF), y las exposiciones mediante el sistema de teleconferencia de Juan Cruz Cándido (UCR), Claudia Balagué (PS), Gisel Mahmud (PS), Juan Domingo Argañaraz (SVF) y Dámaris Pacchiotti (FSP-CF), y de cuerpo presente de Oscar Martínez (FR-100%SF), Leandro Busatto (PJ) y Agustina Donnet (IP), se aceptaron las enmiendas introducidas en el Senado al texto original y se completó el procedimiento legislativo, comunicándose al Poder Ejecutivo que, tal se indica más arriba, vetó parcialmente.
 
Corresponde recordar, en el mismo sentido, que hace un par de meses, en el marco del tratamiento de las preferencias durante la 10ª sesión ordinaria del 138º Período Ordinario de la Cámara de Senadores del jueves 13 de agosto de 2020, en relación al Proyecto de Ley (Expediente 41550 CD-Ley) del diputado Juan Cruz Cándido (UCR) proveniente con media sanción de Diputados, la comisión de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación que preside el senador Marcelo Lewandowski (PJ-Rosario) aceptó la moción del senador Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), en un todo de acuerdo con el senador Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), el senador Armando Traferri (PJ-San Lorenzo) y el resto de los representantes territoriales, y el consenso del autor, por el cual “se autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar una suma monetaria excepcional al personal suplente del sistema educativo provincial”, y se sancionó por unanimidad y sobre tablas, devolviéndose en 2ª revisión a la Cámara de origen que, tal se indica más arriba, en la sesión del jueves 27 de agosto de 2020 completó el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva, ahora vetada por el Poder Ejecutivo.
 
Con las modificaciones propuestas al Proyecto de Ley (Expediente 41550 CD-Ley) (Expediente 38831 SEN) que ahora consta de 9 artículos corregidos, mejorados y aumentados, “se autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar una suma monetaria de carácter excepcional al personal suplente del sistema educativo provincial que, por consecuencia de la entrada en vigencia de las disposiciones legales nacionales y la respectiva adhesión provincial que establecieron la emergencia sanitaria por la declaración de la pandemia COVID-19 y la suspensión del dictado de clases presenciales en los establecimientos educativos de gestión oficial o privada de todos los niveles y modalidades dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia, no hayan tenido ofrecimiento y asignación de suplencias”.
 
Además, se fijan pautas, mediante las cuales, “la suma monetaria que se otorga por la presente Ley tiene por objeto compensar la falta de ingresos por la no asignación de reemplazos o interinatos al personal suplente, de acuerdo con las condiciones generales del Decreto 3019/2012 y Anexo II e inscriptos en los escalafones respectivos”, explicó en esa oportunidad el senador Rubén Pirola.
 
Y agregó el presidente provisional del Senado que “el monto de la suma monetaria de carácter excepcional, la forma de pago y la cantidad de beneficiarios alcanzados deberán determinarse en acuerdo celebrado en el marco de la negociación paritaria docentes, que se rige por Ley Nº 12.958”.
 
El senador Rubén Pirola, quien ofició de miembro informante en esa sesión virtual, aclaró que las modificaciones que enriquecieron la iniciativa fueron aportadas por los 19 senadores y senadora, y, en señal de agradecimiento, el senador Felipe Michlig ponderó el texto unificado que respetó gran parte de la redacción original autoría del diputado Juan Cruz Cándido quien, consultado al respecto, aceptó las enmiendas para acelerar la respuesta al sector docente en cuestión.
 
En función de ello, el jueves 13 de agosto de 2020, en la sesión ordinaria del Senado, sobre tablas y por unanimidad, con las reformas enunciadas más arriba, se otorgó media sanción al Proyecto de Ley (Expediente 41550 CD-Ley) (Expediente 38381 SEN) del diputado Juan Cruz Cándido (UCR) y se devolvió en 2ª revisión a la Cámara de Diputados que, tal se indica más arriba, dio sanción definitiva el jueves 27 de agosto de 2020 luego de aceptar las enmiendas introducidas.
 
Atento a los acuerdos logrados, y luego de las exposiciones de Juan Cruz Cándido, Claudia Balagué, Gisel Mahmud, Juan Domingo Argañaraz y Dámaris Pacchiotti de manera virtual, y de Oscar Martínez (FR-100%SF), Leandro Busatto (PJ) y Agustina Donnet (IP) en forma presencial, en la sesión ordinaria del jueves 27 de agosto de 2020 de dicha Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, sobre tablas y por unanimidad, se aceptaron las enmiendas introducidas en el Senado y, por ende, se autorizó al Poder Ejecutivo a otorgar “una suma monetaria de carácter excepcional al personal suplente del sistema educativo provincial”.
 
Sin embargo, el Poder Ejecutivo, mediante el Decreto 1011/20 Proyecto de Ley Venido en Revisión, procedió a vetar los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 8º del Proyecto de Ley sancionado (por unanimidad en ambas Cámaras) el 27 de agosto de 2020 y registrado como Ley Nº 13.992 (suma de carácter excepcional al personal suplente del sistema educativo provincial), el cual, sobre tablas, el jueves 8 de octubre de 2020, en la 11ª sesión del 138º Período Ordinario, en su condición de Cámara de origen, la mencionada Cámara de Diputados rechazó por unanimidad dicho veto parcial “propositivo” del gobernador Omar Perotti, luego de las alocuciones del diputado Juan Cruz Cándido (UCR) y la diputada Claudia Balagué (PS); y lo remitió al Senado (Cámara revisora) para que se expida, tal se indica más arriba, antes que termine el mes de octubre del corriente año, según los plazos establecidos en el tercer párrafo del artículo 59 de nuestra Constitución Provincial.
 
Ante ello, y luego del ingreso durante la 15ª sesión ordinaria senatorial del actual 138º Período del jueves 15 de octubre de 2020 del veto parcial “propositivo” del Poder Ejecutivo proveniente de Diputados y Diputadas con rechazo unánime, se aceptó la moción del senador Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), presidente del Interbloque UCR-UCRUS, y se acordó una preferencia de tratamiento para la 16ª sesión ordinaria que, si el COVID-19 lo permite, y luego de la sesión conjunta de ambas Cámaras convocada por Alejandra Rodenas para las 13:00 a los efectos de tratar la suspensión del fiscal Mauro Blanco y la remoción del fiscal Gustavo Ponce Asahad, se realizará a partir de las 15:00 este jueves 22 de octubre de 2020 en forma totalmente virtual.
 
Publicado: 19/Octubre/2020

Fuente: Fernando Brosutti


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