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[ 26.02.2021 12:54 ]   ›

La Legislatura “mejoró” el Impuesto Patente Automotor en beneficio de contribuyentes y gobiernos locales con un tope de aumento de “hasta el 40%”

Michlig y Pirola en el Senado y en acuerdo con Diputados, en votación mayoritaria en ambas Cámaras, atenuaron el “impuestazo imposible de pagar”

La Legislatura “mejoró” el Impuesto Patente Automotor en beneficio de contribuyentes y gobiernos locales con un tope de aumento de “hasta el 40%”
Ante “los incrementos desmedidos del Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos respecto de lo pagado por el año 2020 por las distorsiones en las valuaciones de vehículos contenidas en las tablas publicadas por AFIP”, el día jueves 25 de febrero de 2021, la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, primero el Senado en la 3ª sesión extraordinaria del 138º Período y minutos después Cámara de Diputados y Diputadas en su 1ª sesión del año 2021 y 2ª sesión del 138º Período Extraordinario, sobre tablas y en votación mayoritaria en ambas Cámaras, sancionó con fuerza de Ley el Mensaje 4926 del Poder Ejecutivo, “corregido, mejorado y aumentado en beneficio de contribuyentes y gobiernos locales”, que consta de 7 artículos, comunicándose al Gobierno Provincial (Omar Perotti) para su registro con el Nº respectivo, promulgación y publicación en el Boletín Oficial, salvo disposición en contrario.
 
En Cámara de Senadores la votación arrojó 12 votos afirmativos (Armando Traferri, Rubén Pirola, José Baucero, Guillermo Cornaglia, Joaquín Raúl Gramajo, Osvaldo Sosa, Felipe Michlig, Lisandro Enrico, Rodrigo Borla, Germán Giacomino, Orfilio Marcón y Leonardo Diana) para el dictamen de mayoría, 5 votos negativos (Alcides Calvo, Ricardo Kaufmann, Marcelo Lewandowski, Marcos Castelló y Eduardo Rosconi) y 2 ausentes con aviso y/o falta de conexión al momento de emitir el voto: Hugo Rasetto y Cristina Berra.
 
En Cámara de Diputados y Diputadas, la media sanción proveniente del Senado cosechó 6 votos negativos (Leandro Busatto, Ricardo Olivera, Luis Daniel Rubeo, Paola Bravo, Lucila De Ponti y Matilde Buera), 4 abstenciones (Rubén Giustiniani, Agustina Donnet, Carlos Del Frade y Dámaris Pacchiotti), y el resto de los diputados y diputadas (amplísima mayoría) por la afirmativa, completándose el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva. Se comunicó al Poder Ejecutivo.
 
Vale tener presente que en la 1ª sesión del año 2021 y 2ª sesión extraordinaria de esta Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe del pasado jueves 11 de febrero de 2021, fueron presentados tres Proyectos de Ley de similar tenor, uno del senador Rubén Pirola (PJ-JDP-Las Colonias), otro en cabeza del senador Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal) acompañado de senadores radicales, y el último del Poder Ejecutivo (Mensaje 4926) ingresado por el senador Alcides Calvo (PJ-Lealtad-Castellanos), con el objetivo, el líneas generales, de “atenuar el impacto y que la patente no aumente más de un 40%, ya que resulta imposible de pagar el tremendo aumento de más del 100%, en algunos casos del 183%”; derivándose las tres iniciativas a las comisiones permanentes senatoriales para su estudio.
 
Si bien el Mensaje 4926 del Poder Ejecutivo no había sido habilitado por el Gobierno Provincial para estas Sesiones Extraordinarias, y, mucho menos, los Proyectos de Ley de Rubén Pirola por un lado y de Felipe Michlig por el otro, los senadores y senadora, el día miércoles 17 de febrero de 2021, mantuvieron reuniones entre sí, ya que “han considerado oportuno suspender para el corriente año la modalidad de cálculo con base estricta en las valuaciones y sustituirla por un incremento razonable respecto de lo pagado en 2020 en concepto de este impuesto”.
 
“Al solo efecto del cálculo del Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos para el año fiscal 2021, se suspende la aplicación de los artículos 314 del Código Fiscal (Ley 3456) y 55 de la Ley Impositiva Anual (Ley 3650), con excepción de lo referido al impuesto correspondiente a vehículos de antigüedad mayor a 15 años y al impuesto mínimo exigible para cada categoría de vehículos”, proponía Rubén Pirola.
 
Y agregaba el presidente provisional del Senado que “se faculta al Poder Ejecutivo a establecer, para el año fiscal 2021, un incremento en el Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos de hasta el 40% respecto del gravamen determinado para los vehículos modelos 2020 y anteriores para la totalidad del año fiscal 2020. Para el caso de los vehículos modelo 2021, el impuesto resultante no podrá superar en un 20% el impuesto que corresponda tributar por vehículos similares u homólogos a modelos 2020”.
 
“El incremento indicado podrá ser modificado, en más o en menos, por aplicación de las alícuotas diferenciales a que hace referencia el 2º párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 12.306”, aclaraba el representante territorial por el departamento Las Colonias.
 
“Los importes abonados en concepto del Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos correspondientes al año 2021 a la fecha de la sanción de la presente, serán computados por la Administración Provincial de Impuestos (API) como saldo a favor del importe que surja por aplicación del artículo 2º de la presente Ley en lo relativo al incremento no mayor al 40%, que, además, recalculará las cuotas restantes en función del monto de la obligación anual pendiente de cancelación”, concluía Rubén Pirola.
 
El senador Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), acompañado de sus pares radicales: Lisandro Enrico (UCR-Gral. López), Rodrigo Borla (UCR-San Justo), Germán Giacomino (UCR-Constitución), Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado) y Leonardo Diana (UCRUS-San Jerónimo), mediante el Proyecto de Ley de su autoría y suscripto por los nombrados, de similar tenor al anterior, proponía que “se realice un descuento en la liquidación del Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos correspondiente al año 2021 de modo tal de garantizar que ningún contribuyente tenga un aumento superior al 40% respecto al año 2020”, ya que “resulta imposible de pagar con este tremendo aumento que supera, en muchos casos, el 100%, y, en otros, hasta el 180%”.
 
Al mismo tiempo planteaba Felipe Michlig que “el Tesoro Provincial deberá compensar a los municipios y comunas el impacto del descuento establecido por la ley propuesta”.
 
Por su parte, el senador Alcides Calvo (PJ-Lealtad-Castellanos), en la misma sesión del pasado jueves 11 de febrero de 2021 del Senado, también sobre tablas, ingresó el Mensaje 4926 (Expediente PE) del Poder Ejecutivo, de similares características a los anteriores, con el objetivo de “atenuar el impacto de las valuaciones de los vehículos, que derivó en fuertes aumentos” y, para ello, igualmente, se planteaba que “la patente no aumente más de un 40% y no como ocurrió en los cálculos efectuados” que fueron mucho más significativos por influencia del alto grado de dispersión en los aumentos de los precios de los vehículos, pese a que para el año 2021 se utilizaron las mismas alícuotas.
 
Añadió Alcides Calvo que el Mensaje 4926 del Poder Ejecutivo plantea, además, “ampliar la masa coparticipable en favor de los municipios y comunas: del 90% al 93% en el caso de los vehículos, y del 90% al 100% en el caso de las embarcaciones deportivas y de recreación”.
 
Aclaró el presidente del Bloque Lealtad que “en este último caso de las embarcaciones deportivas y de recreación, el 100% se distribuirá en beneficio de los gobiernos locales, a los cuales se les confiere la administración y cobro del impuesto”.
 
En atención a que el Mensaje 4926 del Poder Ejecutivo no había sido incluido en el temario de asuntos de interés público para estas Sesiones Extraordinarias y, mucho menos, el Proyecto de Ley de Rubén Pirola y/o el Proyecto de Ley de Felipe Michlig, el presidente del Bloque Unión Cívica Radical presentó por mesa de movimiento de expedientes del Senado el día miércoles 17 de febrero de 2021, el Proyecto de Comunicación por el cual se solicitaba al Gobernador Omar Perotti que “tenga a bien habilitar de manera urgente el tratamiento en sesiones extraordinarias la modificación del aumento fijado a los valores del Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos, a fin de contrarrestar los excesivos aumentos que se dieron con la última liquidación correspondiente al año 2021”.
 
Este Proyecto de Comunicación nunca tomó estado parlamentario ya que el día 18 de febrero de 2021 el Poder Ejecutivo incluyó el asunto en cuestión para estas Sesiones Extraordinarias y, como todos presumíamos, el jueves 25 de febrero de 2021, en ambas Cámaras por votación mayoritaria, y luego de las sustanciales modificaciones que “mejoraron, corrigieron y aumentaron” el asunto original del Poder Ejecutivo, recibió la respectiva sanción definitiva ya que todos y todas, con matices, coinciden en que “para atenuar el impacto de las valuaciones de los vehículos, que derivó en significativos aumentos, el mismo no debe ser mayor al 40%, es decir, razonable respecto de lo pagado en 2020 en concepto del Impuesto a la Patente Única sobre Vehículos”.
 
En función de las modificaciones parcialmente consensuadas en el Senado Santafesino (Cámara de Origen) con acuerdo de la mayoría opositora de Diputados y Diputadas (Cámara Revisora) al Mensaje 4926 del Poder Ejecutivo, la determinación del Impuesto Patente Única sobre Vehículos para este año fiscal 2021 no podrá superar en un 40%, el impuesto establecido para el período fiscal 2020.
 
Para el caso de los vehículos modelo 2021, el impuesto resultante no superará en un 30% el impuesto que corresponda tributar por vehículos similares a modelos 2020. Y, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, los incrementos indicados sólo podrán ser superados en aquellos casos en los cuales, durante el año 2021, se apliquen modificaciones en las alícuotas diferenciales a que hace referencia el 2º párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 12.306 y modificatorias.
 
API (Administración Provincial de Impuestos) tendrá a su cargo la nueva liquidación del Impuesto Patente Única sobre Vehículos para el año 2021 conforme a la presente Ley, y, también, el establecimiento del importe de las cuotas respectivas.
 
Los importes correspondientes al año 2021 abonados hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley por las cuotas liquidadas con anterioridad a la sanción de la misma, y que excedan los montos determinados para las primeras dos (2) cuotas de las referidas en el párrafo anterior, serán computados como pago a cuenta de las cuotas 3, 4, 5 y 6, en ese orden de prelación.
 
Además, en caso que lo abonado en concepto de Impuesto Patente Única sobre Vehículos correspondiente al año 2021 a la fecha de inicio de la vigencia de la presente Ley supere la obligación anual para dicho año 2021, API procederá de oficio a la devolución de los montos abonados en exceso.
 
Asimismo, con las modificaciones, queda sustituido uno de los artículos del Código Fiscal, el artículo 328 que puntualmente refiere a la Patente Única sobre Vehículos, en cuanto a la distribución.
 
El 63% se acreditará automáticamente por el Banco Santa Fe SA en la cuenta corriente de cada municipalidad o comuna en donde se encuentre registrado el vehículo, e ingresará a sus Rentas Generales.
 
El 30% será acreditado automáticamente por el Banco Santa Fe SA en una cuenta especial habilitada al efecto por el Poder Ejecutivo. El saldo de dicha cuenta será distribuido quincenalmente por dicho Banco Santa Fe SA entre todas las municipalidades y comunas, conforme a los coeficientes que a tal efecto establezca para cada una de ellas el Ministerio de Economía, teniendo en cuenta para su determinación, la emisión correspondiente a cada distrito.
 
El 5% será acreditado automáticamente por el Banco Santa Fe SA en la cuenta corriente de Rentas Generales de la Provincia. El uno por ciento (1%) será acreditado automáticamente por el Banco Santa Fe SA en partes iguales entre todas las municipalidades de la Provincia. El uno por ciento (1%) será acreditado automáticamente por el Banco Santa Fe SA en partes iguales entre todas las comunas de la Provincia, con retroactividad al 1º de enero de 2021.
 
En el mismo sentido, y con otra modificación en el articulado, fija en el 100% del gravamen de la patente de las embarcaciones y estipula que el contralor de la inscripción de dichas embarcaciones en el registro que a tal efecto reglamente API (Administración Provincial de Impuestos), como el cobro y administración del tributo, estarán a cargo de los municipios y comunas donde se encuentren radicadas.
 
Las municipalidades y comunas, por su cuenta y cargo, podrán celebrar convenios con aquellos contribuyentes que no hubieran dado cumplimiento al pago del Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación.
 
Las modalidades de los convenios y los requisitos para su formalización serán establecidos por API y serán aplicables los intereses resarcitorios, punitorios y demás recargos que a tal efecto establezcan las normas vigentes en el Código Fiscal. Y las mismas facultades y límites se fijan para las acciones administrativas y de ejecución judicial por vía de apremio, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 5.066 y modificatorias.
 
En síntesis, quienes votaron por la afirmativa en el Senado y en Cámara de Diputados y Diputadas, esto es, el dictamen de mayoría en Cámara de Senadores (Cámara de Origen), coincidieron en que los cambios introducidos al Mensaje 4926 original del Poder Ejecutivo, ahora corregido, mejorado y aumentado, y con sanción definitiva de la Legislatura, significa “un buen aporte en defensa del bolsillo de los contribuyentes y un beneficio para los municipios y comunas santafesinos”.
 
Se comunicó rápidamente la flamante norma sancionada por amplia mayoría en ambas Cámaras con fuerza de Ley al Poder Ejecutivo para su registro con el Nº de Ley correspondiente, promulgación y publicación en el Boletín Oficial, salvo disposición en contrario. Todo hace presumir, admitiendo prueba parlamentaria en contrario, que no aparecerá ningún veto parcial y/o “propositivo” por parte del Gobernador Omar Perotti.
 
Publicado: 26/Febrero/2021

Fuente: Fernando Brosutti


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