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[ 21.01.2022 12:03 ]   ›

Cómputo diferenciado en el cálculo de servicios previsionales para el personal de salud por prestaciones en pandemia

Ciancio y Pullaro avanzaron en Diputados y Diputadas a los efectos que “se les computen 3 meses por uno (1) a los fines previsionales”

Cómputo diferenciado en el cálculo de servicios previsionales para el personal de salud por prestaciones en pandemia
En el marco de la última sesión del 139º Período Ordinario de Sesiones de esta Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Santa Fe que se realizó el día jueves 25 de noviembre de 2021, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 45016 CD-UCR-FPCS) de la diputada Silvia Ciancio (UCR-Evolución) y el diputado Maximiliano Pullaro (UCR-Evolución), por el cual, a través de 9 artículos y el de forma, se establece un cómputo diferenciado en el cálculo de servicios previsionales para el personal de salud por sus prestaciones realizadas durante la pandemia, y se comunicó la media sanción al Senado para que complete el procedimiento legislativo.
 
El Senado procedió a su ingreso como Expediente 44958 CD por mesa de movimiento el día 10 de diciembre de 2021 pero si el Poder Ejecutivo no incluye el asunto en el Período de Sesiones Extraordinarias, se deberá aguardar hasta después del 1º de mayo de 2022, fecha de inicio del 140º Período Ordinario de Sesiones.
 
“El objeto de la presente Ley es adoptar una medida de consideración y reparación de los efectos de la pandemia sobre el personal, acotada al tiempo de duración de la misma, siendo de adhesión voluntaria por parte de los trabajadores y trabajadoras”, explicaron Ciancio y Pullaro.
 
Y agregaron que “el cómputo será de 3 meses por 1, es decir, por cada mes aportado durante el período que va desde marzo del año 2020 a diciembre de 2021, inclusive, se les computarán 3 meses a los fines previsionales”.
 
Asimismo, “los meses que sean reconocidos mediante este beneficio, podrán ser tenidos en cuenta a fin de compensarse en el exceso de servicios por edad, conforme lo establecido en el artículo 14º de la Ley Provincial Nº 6915 y modificatorias”, expresaron Ciancio y Pullaro, no sin antes aclarar que “como todo régimen optativo, habrá un plazo para ejercer la opción, que será de dos años contados a partir de la promulgación de la presente Ley”.
 
A los fines del financiamiento de este régimen diferencial se establece un sistema mixto, esto es, del trabajador o la trabajadora con un aporte adicional del 2% durante el plazo de 4 años, y del empleador mediante una contribución patronal que cubra la diferencia del aporte necesario para autofinanciar el régimen.
 
El Proyecto de Ley (Expediente 45016 CD-UCR-FPCS) de la diputada Silvia Ciancio (UCR-Evolución) y el diputado Maximiliano Pullaro (UCR-Evolución), resultó aprobado durante la última sesión del 139º Período Ordinario de Sesiones de esta Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Santa Fe del día jueves 25 de noviembre de 2021, y se comunicó la media sanción al Senado para que complete el procedimiento con la sanción definitiva.
 
Cabe destacar que el Senado, el día 10 de diciembre de 2021, procedió a su ingreso por mesa de movimiento como Expediente 44598 CD) pero si el Poder Ejecutivo no incluye el asunto en estas Sesiones Extraordinarias, el tema en cuestión deberá aguardar hasta después del 1º de mayo de 2022, fecha de inicio del 140º Período Ordinario de Sesiones.
 
Publicado: 21/Enero/2022

Fuente: Susana Goris


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