Mié, 24 de Abril de 2024 | 1:04 hs.

[ 01.12.2022 10:28 ]   ›

Ariel Bermúdez plantea, nuevamente, que “las personas podrán presentarse en calidad de Amigo del Tribunal”

Se estudiará otra vez la posibilidad que las personas físicas y jurídicas se presenten como Amigo del Tribunal en un litigio

Ariel Bermúdez plantea, nuevamente, que “las personas podrán presentarse en calidad de Amigo del Tribunal”
El día miércoles 30 de noviembre de 2022, por mesa de movimiento de esta Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Santa Fe, el diputado Ariel Bermúdez (CREO) reingresó el Proyecto de Ley (Expediente 50180 CD-CREO), aún sin estado parlamentario propiamente dicho, por el cual, mediante 12 artículos, se crea el instituto “Amigo del Tribunal”, aunque para su tratamiento deberá aguardar hasta después del 1º de mayo de 2023, fecha de inicio del 141º Período Ordinario de Sesiones, salvo que el Poder Ejecutivo incluya el asunto entre los temas de las Sesiones Extraordinarias que todavía no han sido convocadas, algo muy poco probable.
 
No debemos olvidar que en el marco de la 7ª sesión del 139º Período Ordinario de esta Cámara de Diputados y Diputadas que se realizó el día jueves 22 de julio de 2021, tomó estado parlamentario propiamente dicho el Proyecto de Ley (Expediente 44265 CD-GEN) de la diputada Mónica Peralta (GEN), reingresado por mesa de movimiento el día lunes 5 de julio de 2021, muy similar al Proyecto de Ley (Expediente 23352 CD-FP-GEN) de la susodicha que presentado hace 12 años, el día 16 de diciembre de 2010, caducara por falta de tratamiento, por el cual, mediante 9 artículos, “toda persona física o jurídica que no sea parte de un pleito podrá presentarse ante cualquier tribunal en calidad de Amigo del Tribunal” en todos los procesos judiciales en los que se debatan cuestiones de trascendencia pluri-individual, colectiva, estructural o de interés general; y se derivó a las comisiones internas, nuevamente, para su estudio.
 
El Estado Provincial y los municipios y comunas de la provincia de Santa Fe, a través de sus organismos y órganos de control especializados, podrán intervenir en calidad de amigos del tribunal con el alcance establecido en la presente Ley.
 
La presentación deberá ser realizada con la única finalidad de expresar una opinión fundada sobre el objeto del litigio, en el marco de un plazo de días hábiles establecido en la reglamentación del llamado de autos para sentencia y, en dicha presentación, deberá constituirse domicilio electrónico en los términos del artículo 37º del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe, si no se encuentra inscripto en el Registro de Amigos del Tribunal, además de otros requisitos y condiciones.
 
El Amigo del Tribunal deberá ser una persona física o jurídica con reconocida competencia sobre la cuestión debatida en el pleito, fundamentará su interés para participar en la causa e informará sobre la existencia de algún tipo de relación con las partes del proceso.
 
Su intervención deberá limitarse a expresar una opinión fundada por escrito, basada en argumentos de carácter jurídico, sociales, culturales, técnicos o científicos, relativos al tema en debate.
 
Si bien el Amigo del Tribunal actúa en defensa de un interés público o de una cuestión institucional relevante, no reviste calidad de parte, ni puede asumir ninguno de los derechos procesales que corresponden a éstas.
 
Si el tribunal considerara pertinente la presentación, ordenará su incorporación al expediente mediante una providencia única que se notificará con arreglo a lo dispuesto en el artículo 61º del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe, y dará un único traslado a las partes de las presentaciones de los asistentes oficiosos, como única sustanciación previo al dictado de la sentencia.
 
Las partes pueden contestar el traslado en el término de cinco días, o en el plazo menor que establezca el tribunal según las características del proceso. La no contestación no produce efecto jurídico alguno.
 
El Amigo del Tribunal no reviste carácter de parte ni puede asumir ninguno de los derechos procesales que corresponden a éstas. Su actuación no devengará costas ni honorarios judiciales.
 
Las opiniones o sugerencias del Amigo del Tribunal tienen por objeto ilustrar a los magistrados. No vinculan a éstos pero pueden ser tenidas en cuenta en el pronunciamiento jurisdiccional.
 
Se crea el Registro Público de Amigos del Tribunal en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, el cual deberá incluir un registro de personas, organizaciones, entidades, oficinas, órganos o autoridades que tengan interés en intervenir como Amigos del Tribunal.
 
“A las reformas procedimentales que se vienen implementando en la Provincia de Santa Fe, el instituto del Amigo del Tribunal propuesto se erige como un provechoso complemento, necesario y destinado, entre otros objetivos, a permitir la participación ciudadana en la administración de justicia”, fundamentó la diputada Mónica Peralta (GEN) el Proyecto de Ley (Expediente 44265 CD-GEN) de su autoría, reingresado el día lunes 5 de julio de 2021 por mesa de movimiento de esta Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Santa Fe.
 
No debemos olvidar que el diputado Ariel Bermúdez (CREO) había conseguido para el Proyecto de Ley (Expediente 37099 CD-FP-CREO), que consta 12 artículos, de su autoría, ingresado el día 31 de octubre de 2019 por mesa de movimiento de esta Cámara de Diputados, el apoyo de sus pares el día jueves 10 de setiembre de 2020, y, comunicado al Senado, perdió estado parlamentario.
 
Ante ello, la diputada Mónica Peralta (GEN), reingresó el Proyecto de Ley (Expediente 44265 CD-GEN) que tomó estado parlamentario propiamente dicho en la 7ª sesión del 139º Período Ordinario de esta Cámara de Diputados, de similar tenor al Proyecto de Ley (Expediente 23352 CD-FP-GEN) que, presentado el 16 de diciembre de 2010, caducara por falta de consideración.
 
Ahora, tal se indica más arriba, el diputado Ariel Bermúdez (CREO), el día miércoles 30 de noviembre de 2022, reingresó por mesa de movimiento de “Diputados y Diputadas” el Proyecto de Ley (Expediente 50180 CD-CREO), réplica del Proyecto de Ley (Expediente 37009 CD-FP-CREO), que consta de 12 artículos, aunque deberá aguardar para su tratamiento y consideración hasta el 1º de mayo de 2023, fecha de inicio del 141º Período Ordinario de Sesiones, salvo que el Poder Ejecutivo incluya, algo poco probable, el asunto en el temario de las Sesiones Extraordinarias que, hasta el momento, no han sido convocadas.
 
Publicado: 01/Diciembre/2022

Fuente: Fernando Brosutti


EL CLIMA
CORRESPONSALÍAS
  • FM IDEAL 99.7 - SAN JAVIER
  • RADIO COLON 91.3 - RAFAELA
  • CANAL 8 - RAFAELA
  • FM ARCO IRIS - 104.7
  • FM RECORD 89.7 - SANTO TOME
  • FM SOL 103.1 - TOSTADO
  • RADIO 88.1 - SALADERO CABAL
  • RADIO PATRIA - RECREO
  • RADIO CAÑERA - VILLA OCAMPO
  • FM 98.7 - LAS ROSAS
  • FM CONDOR - LAGUNA PAIVA
  • FM 100 - SAN JUSTO
  • FM 96.5 VILLA CONSTITUCION
  • FM 92.1 | ALCORTA
  • FM SOL 88.7Mhz - PEYRANO
NEWSLETTER

Recibí toda la información por
tu casilla de e-mail.

HORÓSCOPO

Obtén tu horóscopo diario con tu pronóstico gratis dándole clic a tu Signo del Zodiaco abajo