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[ 24.11.2023 13:15 ]   ›

El Senado dio media sanción al Proyecto del Nuevo Código Procesal Penal Juvenil ante “la realidad en la que viven los menores de edad”

Para Enrico y Gramajo, “la sociedad pide justicia y no tolera más el crecimiento delictivo ni la impunidad”

El Senado dio media sanción al Proyecto del Nuevo Código Procesal Penal Juvenil ante “la realidad en la que viven los menores de edad”
En el transcurso de la 1ª sesión ordinaria de prórroga del 141º Período del 23 de noviembre de 2023 de esta Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe se aprobó sobre tablas y por unanimidad el Proyecto de Ley (Expediente 29122 según registro interno) del nuevo Código Procesal Penal Juvenil suscripto por los 19 senadores y senadora, que consta de 76 artículos (incluido el de forma) distribuidos en 3 Libros, y, luego de las brillantes alocuciones del senador Lisandro Enrico (foto gentileza Prensa Senado) y del senador Joaquín Raúl Gramajo, se comunicó la media sanción a “Diputados y Diputadas” que, probablemente, según el consenso obtenido, completaría el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva el jueves 30 de noviembre del corriente, salvo disposición en contrario.
 
Cabe recordar que en 2ª sesión ordinaria del 140º Período del Senado del día jueves 19 de mayo de 2022, esto es, hace un año y medio, ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 45866 PE) (Mensaje 4987) del Poder Ejecutivo, presentado por mesa de movimiento senatorial el día 17 de mayo de 2022, rubricado por el gobernador Omar Perotti y la ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Celia Isabel Arena, por el cual, mediante 63 artículos se establece el Código Procesal Penal Juvenil, elaborado en el marco del Programa “Santa Fe Más Justicia” y siendo fruto del trabajo de la comisión redactora conformada por representantes del Colegio de Magistrados, Servicio Público Provincial de Defensa, Poder Ejecutivo y Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes.
 
Y, corregido, mejorado y aumentado, y ante la posibilidad de que caducara por falta de tratamiento, se elaboró el Proyecto de Ley que suscribieron los 19 senadores y senadora, que consta de 76 artículos distribuidos en el Libro I (Código Procesal Penal Juvenil), el Libro II (Ley de Aplicación) y el Libro III (Ley para el Menor no Punible) que, con media sanción, se giró a “Diputados y Diputadas”.
 
Vale recordar que durante la “sesión extraordinaria especial” del día miércoles 20 de abril de 2022 de “Diputados y Diputadas”, se derivó a las comisiones internas el Proyecto de Ley (Expediente 47351 CD-100%SF) del diputado Oscar Martínez (FR-100%SF), ingresado el día 13 de abril de 2022 por mesa de movimiento, réplica del Proyecto de Ley (Expediente 37592 CD-100%SF) presentado el día 20 de febrero de 2020 y que perdiese estado parlamentario, por el cual, mediante 52 artículos, incluido el de forma, se implementa el “Código Procesal Penal Juvenil” con el fin de “regular el proceso penal para personas menores de edad”.
 
No debemos olvidar que hace más de tres (3) años, y atentos a que en la 3ª sesión extraordinaria del 137º Período de Sesiones de “Senadores” del día jueves 13 de febrero de 2020, el senador radical Lisandro Rudy Enrico (UCR-Gral. López) había logrado el apoyo unánime, sobre tablas, para el Proyecto de Comunicación de su autoría por el cual solicitaba al Poder Ejecutivo que incluyera en el temario de asuntos de interés público para esas Sesiones Extraordinarias el Proyecto (Expediente 40531 DBL) (Expediente 37218 SEN) de Ley del Código Procesal Penal Juvenil que consta de 75 artículos y contaba con media sanción del Senado desde el día 21 de noviembre de 2019 y se encontraba en estudio en las comisiones internas de “Diputados y Diputadas”; el Gobernador Omar Ángel Perotti, mediante el Decreto 0131 del 17 de febrero de 2020, incluyó en el temario de Sesiones Extraordinarias de la Legislatura el Expediente 40531 DBL y 37218 SEN del Código Procesal Penal Juvenil, pero caducó por falta de tratamiento en tiempo y forma.
 
Al respecto vale recordar que en la 2ª sesión ordinaria de prórroga de ese día jueves 21 de noviembre de 2019 de Cámara de Senadores del finalizado 137º Período Ordinario de Sesiones, por unanimidad y sobre tablas, con asistencia perfecta de los 19 representantes territoriales y bajo la presidencia del entonces vicegobernador Carlos Alcides Fascendini y ex presidente del Cuerpo Legislativo, se había aprobado el Proyecto de Ley (Expediente 40531 DBL) del senador radical Lisandro Rudy Enrico (UCR-Gral. López), presentado con el acompañamiento de sus pares: Felipe Enrique Michlig (UCR-San Cristóbal), Armando Ramón Traferri (PJ-JDP-San Lorenzo), Alcides Lorenzo Calvo (PJ-Lealtad-Castellanos), Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado) y Germán Eduardo Giacomino (UCR-Constitución), por el cual se aprueba el Código Procesal Penal Juvenil, que consta de 75 artículos distribuidos en varios Títulos que, a su vez, comprende varios Capítulos, y, luego de los fundamentos enunciados por su autor, se comunicó la media sanción a Diputados como Expediente 37218 SEN para que complete el proceso legislativo, donde caducó.
 
No debemos olvidar que en la última sesión ordinaria del año 2018, en la del día 29 de noviembre, del 136º Período Ordinario de Sesiones del Senado, se archivó el Proyecto de Ley (Expediente 36152 CD) referido al Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes proveniente con media sanción de Diputados que había sido devuelto a “Senadores” en 3ª revisión haciendo caso omiso de las enmiendas introducidas por unanimidad por los senadores oficialistas y de la oposición.
 
El Senado, en esa oportunidad, y a los fines de convertirse en Cámara de Origen, ante la moción del senador radical Lisandro Rudy Enrico (UCR-Gral. López), en sumarísimo trámite, había ingresado y aprobado sobre tablas el Proyecto de Ley referido al Código Procesal Penal Juvenil, el cual constaba en ese momento de 25 artículos y conservaba las enmiendas introducidas oportunamente por todos los representantes territoriales, comunicándose la media sanción a Diputados que dejó caer la iniciativa ya que nunca la trató, sin olvidar que el ex Gobernador Miguel Lifschitz (fallecido), nunca lo incluyó entre los asuntos de interés público del temario de Sesiones Extraordinarias que finalizó el día 30 de abril de 2019.
 
Se aclara que el senador Joaquín Raúl Horacio Gramajo (9 de Julio), presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General del Senado, en esa oportunidad, se abstuvo de votar el Código Procesal Penal Juvenil alegando que “el texto requiere mayor análisis”.
 
El senador radical Lisandro Rudy Enrico, en un todo de acuerdo con sus pares senatoriales, logró que se aprobara sobre tablas el día jueves 29 de noviembre de 2018 el Proyecto de Ley de creación del nuevo Código Procesal Penal Juvenil, el cual constaba de 25 artículos corregidos, mejorados y aumentados, y se giró la media sanción a Diputados donde caducó, no sin antes archivar la iniciativa denominada “Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes”.
 
No debemos olvidar, en la misma dirección, que se había llevado a cabo en el recinto del Senado, a puertas cerradas, el día jueves 13 de setiembre de 2018, una reunión clave y trascendental que encabezó el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, senador Joaquín Raúl Horacio Gramajo (9 de Julio), y que tuvo como invitados especiales a la (hoy) ex defensora provincial del servicio público de la defensa penal, Jaquelina Ana Balangione; al secretario de justicia, Ángel Fermín Garrote; y otros funcionarios y magistrados del Poder Judicial.
 
Y, entre ellos, Mario Martín Barletta, secretario general del Ministerio Público de la Acusación (MPA), en representación del (hoy) ex fiscal general de la provincia, Jorge Camilo Baclini (quien no concurrió por razones de agenda judicial); Martín Fogliatto, Juez Penal de Menores de San Lorenzo; María Feraudo, Jueza de Menores de Rafaela; y Carolina Hernández, Jueza de Cámara de Apelación Penal de Rosario; todos con el objetivo de mejorar el extenso articulado.
 
Además del senador Joaquín Raúl Horacio Gramajo (9 de Julio), estuvieron presentes los senadores: Rubén Regis Pirola (PJ-JDP-Las Colonias); Lisandro Rudy Enrico (UCR-Gral. López); Felipe Enrique Michlig (UCR-San Cristóbal); Armando Ramón Traferri (PJ-JDP-San Lorenzo); Alcides Lorenzo Calvo (PJ-Lealtad-Castellanos); Rodrigo Leandro Borla (UCR-San Justo); Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado); José Ramón Baucero (PJ-JDP-San Javier); Guillermo Cornaglia (PJ-JDP-Belgrano); Eduardo Daniel Rosconi (PJ-Lealtad-Caseros); y Osvaldo Hugo Segundo Sosa (PJ-JDP-Vera).
 
Se pretende sancionar un Código Procesal Penal Juvenil que “supere el sistema inquisitivo y adopte los principios de la nueva legislación procesal penal de la Provincia”.
 
Dada la importancia que tiene esta temática, y a la luz de los hechos de inseguridad acontecidos, que se repiten cada vez con mayor frecuencia, la necesidad del tratamiento de este Proyecto de Ley de creación del Código Procesal Penal Juvenil, ha cobrado relevancia extrema, ya que “se ha vuelto a instalar en la agenda pública con fuerte presencia esta problemática”.
 
Al término de ese encuentro acontecido hace más de 57 meses, y en relación a “la mano dura”, Jaquelina Ana Balangione, consultada al respecto, señaló que “los senadores, en la reunión, aseguraron que se tendrá en cuenta a la víctima”. Si bien “es mínima la cantidad de menores que delinquen”, la (hoy) ex Defensora Provincial advirtió que “los adultos utilizan a los menores para delinquir”.
 
Como “no se puede perder de vista la necesidad de proteger a los menores”, y teniendo en cuenta que “para los jóvenes rige un criterio protectorio, la especialidad resulta imprescindible, motivo por el cual se requieren jueces y funcionarios preparados”.
 
“No se busca la sanción como en el adulto, sino la reeducación”, ya que se entiende que el jovencito no terminó de “armar su personalidad”, agregó Balangione, no sin antes mostrarse optimista en la transición del antiguo Sistema de Justicia Penal Juvenil al Nuevo Código Procesal Penal Juvenil y advertir que “todos los menores de 18 años reciben los servicios de la defensa penal que brinda el Estado”, porque “carecen de recursos económicos para solventar a un profesional pago en forma particular”.
 
“No hay abogados de estudios privados que defiendan a menores”, aseguró Balangione, y reiteró finalmente que “todos los menores de 18 años, o casi todos, que tienen un abogado defensor del organismo a su cargo, tienen dos características: son varones y pobres”.
 
Por su parte, el senador radical Lisandro Enrico, en esa oportunidad, es decir, hace más de 57 meses, fue terminante y dijo que “en Santa Fe no queremos que quienes delinquen, por más que sean menores de edad, sigan en la calle cometiendo delitos”. Por ello, “el Estado, mediante hogares y centros de reeducación, debe hacerse cargo del menor que delinque, pero pensando en la víctima”.
 
En cuanto a la edad de inimputabilidad, que en Argentina contempla a los menores de 16 años, y considerando que “los menores juegan un rol muy importante en el gravísimo problema de la inseguridad”, se buscará que el Código Procesal Penal Juvenil, en su letra, no pueda ser atacado de inconstitucional y/o violatorio de tratados internacionales.    
 
Vale aclarar que el Proyecto de Ley de Diputados que archivó el Senado para dar paso al propio y convertirse en Cámara de Origen, era una iniciativa resultante de acumular el Proyecto de Ley del diputado justicialista Leandro Busatto (PJ) que consta de 114 artículos, al Proyecto de Ley del diputado provincial Carlos Del Frade (FSP) que consta de 147 artículos, ingresados el 2 de febrero y el 8 de junio de 2017, respectivamente, ahora sin estado parlamentario.
 
En función del encuentro clave del día jueves 13 de setiembre de 2018 en el recinto del Senado, con la presencia de magistrados del Poder Judicial y senadores provinciales, a los fines de mejorar la iniciativa parlamentaria; el día 29 de noviembre de 2018, con “la incorporación de varias enmiendas, muchas sustanciales” en 25 artículos, se aprobó por unanimidad, se otorgó media sanción sobre tablas en “Senadores” y se giró a Diputados donde caducó, no sin antes enviar al archivo el Proyecto de Ley sobre el Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes.
 
El senador Lisandro Enrico, en su alocución que se extendió por más de una hora en esa oportunidad, valoró el aporte del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón”, aclaró que “se resguardan los Derechos del Niño” y señaló las innumerables modificaciones de procedimiento, de forma, de competencia y de fondo.
 
Si prospera la iniciativa aprobada en el Senado el día jueves 29 de noviembre de 2018, corregida, mejorada y aumentada el día jueves 21 de noviembre de 2019, a punto tal que ahora consta de 75 artículos plenamente consensuados, “todos los jueces penales juzgarán a los menores de edad, no sólo los de ese fuero, y los fiscales podrán apelar resoluciones o fallos judiciales sin restricción alguna”, pero dicho asunto no prosperó.
 
Además, “se incluyen cambios que rigen tanto para menores como para mayores de edad”, y, entre ellos, “se faculta a la Oficina de Gestión Judicial disponer que un Juez de Cámara pueda intervenir en casos como si se tratara de un Juez de 1ª Instancia, al sólo efecto de evitar que las causas se demoren por falta de magistrados para iniciar los procesos judiciales”.
 
En el mismo sentido, “en tanto que hoy son necesarios 3 jueces para actuar ante condenas con montos superiores a los 12 años, si avanza esta reforma (que aún no avanzó), esa conformación especial de tres magistrados se exigirá solamente cuando las penas superen los 22 años de prisión privativa de libertad”.
 
Se elimina el texto referido a “privilegiar el interés superior del niño” ya que “el garantismo bobo” de la iniciativa archivada de Diputados “dejaba a las víctimas de delitos cometidos por menores en condiciones injustas”. Ahora, “se obliga al Estado Provincial a garantizar el encierro, protección, custodia y/o rehabilitación de cada menor, y no permitir que éstos sigan en la calle”. Es decir, “se termina con el cupo de 80 casos para menores bajo custodia del Estado Provincial”.
 
En cuanto a la edad, “se mantiene el criterio de que los menores de 16 años son considerados ‘no punibles’, a los fines de no avanzar sobre la Ley Nacional Nº 22.678 que divide a los menores de edad en punibles y no punibles, es decir, mayores de 16 años y menores de 16 años, respectivamente”, explicó el senador radical Lisandro Enrico en su exhaustiva alocución en esa oportunidad.   
 
No obstante las “reformas radicales”, hubo coincidencias en que “se pretende que el Código Procesal Penal Juvenil sea realmente una herramienta idónea para garantizar y dotar de eficacia a los derechos fundamentales de los jóvenes, con el establecimiento de principios de interpretación y defensa especializada”, pero que “sea una ley firme, no de mano dura” y que “no deje a las víctimas de delitos cometidos por menores en condiciones arbitrariamente injustas”.
 
En función de ello, el día jueves 29 de noviembre de 2018, en la última sesión ordinaria del finalizado 136º Período Ordinario de Sesiones, el Senado Santafesino archivó el Proyecto de Ley del Código Procesal de Niños, Niñas y Adolescentes de Diputados y, por unanimidad y sobre tablas, sin comentarios en el recinto, aprobó el Proyecto de Ley referido al Código Procesal Penal Juvenil, que consta de 25 artículos corregidos, mejorados y aumentados, es decir, manteniendo las enmiendas.
 
El Senado Santafesino se había convertido en Cámara de Origen en esa oportunidad, pero caducó en Diputados. Por tal motivo, el día jueves 21 de noviembre de 2019, en la 2ª sesión ordinaria de prórroga del Senado, con asistencia perfecta, sobre tablas y por unanimidad, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 40531 DBL) de los senadores: Lisandro Enrico (UCR-Gral. López), Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), Armando Traferri (PJ-JDP-San Lorenzo), Alcides Calvo (PJ-Lealtad-Castellanos), Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado) y Germán Giacomino (UCR-Constitución), el cual consta de 75 artículos consensuados, y se comunicó la media sanción como Expediente 37218 SEN a Diputados para que complete el proceso legislativo; no sin antes decir que este Código Procesal Penal Juvenil “resguarda las garantías procesales y jurídicas del menor, respetando además dentro del mismo a la víctima, haciendo mención especial de la Ley Nacional Nº 27.737”, donde también caducó en su estado parlamentario.
 
Luego, en la 3ª sesión extraordinaria del 137º Período de Sesiones del día jueves 13 de febrero de 2020 del Senado, el senador radical Lisandro Enrico mediante el Proyecto de Comunicación de su autoría, aprobado por unanimidad y sobre tablas, y esgrimiendo los mismos argumentos en el recinto, solicitó que el Poder Ejecutivo incluya el Proyecto (Expediente 37218 SEN) de Ley del Código Procesal Penal Juvenil que, tal se indica más arriba, consta de 75 artículos consensuados y cuenta con media sanción de “Senadores” y se encuentra en estudio en las comisiones internas de “Diputados y Diputadas”, en el temario de asuntos de interés público para esas Sesiones Extraordinarias.
 
A modo de respuesta, el Gobernador Omar Perotti, mediante el Decreto 0131 del 17 de febrero de 2020, incluyó en el temario de Sesiones Extraordinarias de la Legislatura el Expediente 40531 DBL y 37218 SEN del Código Procesal Penal Juvenil que, con media sanción del Senado, caducó en “Diputados y Diputadas”.
 
Corresponde aclarar que la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de Cámara de Diputados, que presidía en esa oportunidad el diputado socialista Pablo Gustavo Farías (hoy presidente del Cuerpo Legislativo), definió ese día jueves 5 de marzo de 2020 un cronograma de trabajo para discutir el Proyecto de Ley del Código Procesal Penal Juvenil juntamente con todos los sectores: jueces de menores, jueces de familia, integrantes del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y del Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP), y, además, con legisladores provinciales: senadores y senadora y diputados y diputadas.
 
No debemos olvidar que tres nuevos Proyectos de Ley, sin habilitación de tratamiento en esas Sesiones Extraordinarias, de similar tenor, habían ingresado por dicha Cámara de Diputados: Proyecto de Ley (Expediente 37592 CD-FR-100%) del diputado Oscar Ariel Martínez (FR-100%) que consta de 51 artículos y se denomina Código Procesal Penal Juvenil; Proyecto de Ley (Expediente 37596 CD-DB) del diputado Leandro Busatto (PJ) y otros, que consta de 27 artículos en su 1ª parte y de otros 45 artículos en un Anexo complementario, también como Código Procesal Penal Juvenil; y Proyecto de Ley (Expediente 37639 CD-FSP) del diputado Carlos Del Frade (FSP), que consta de 152 artículos, denominado Código Procesal de Justicia Juvenil.
 
Si bien el Poder Ejecutivo habilitó el Proyecto de Ley (Expediente 40531 DBL y 37218 SEN) del senador Lisandro Rudy Enrico y otros senadores, oficialistas y de la oposición, para esas Sesiones Extraordinarias, con media sanción de Senado, se acumularon y/o unificaron con los otros tres Proyectos de Ley, sin olvidar que dicha Cámara de Senadores es Cámara de Origen, pero todos ellos caducaron.
 
Ante ello, poco más de 2 años después, el diputado Oscar Martínez (FR-100%SF), el día 13 de abril de 2022, reingresó por mesa de movimiento el Proyecto de Ley (Expediente 47351 CD-100%SF), réplica del Proyecto de Ley (Expediente 37592 CD-100%SF) que caducara oportunamente, también de su autoría sobre el “Código Procesal Penal Juvenil”, el cual consta de 52 artículos, incluido el de forma, y, en el marco de la sesión extraordinaria especial del día miércoles 20 de abril de 2022 de “Diputados y Diputadas” se derivó a las comisiones internas para su estudio.
 
Y, en igual sentido, el día 17 de mayo de 2022, el gobernador Omar Perotti, acompañado de la ministra de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Celia Arena, presentó por mesa de movimiento senatorial el Proyecto de Ley (Expediente 45866 PE) (Mensaje 4987) y, en la 2ª sesión ordinaria del 140º Período del Senado Santafesino, se derivó sólo a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, por el cual se establece el “Código Procesal Penal Juvenil”, que consta de 63 artículos, incluido el de forma, y que fuera elaborado en el marco del Programa “Santa Fe Más Justicia”.
 
Luego, mediante varios envíos, Omar Perotti habilitó muchos Mensajes del Poder Ejecutivo y Proyectos de Ley de los legisladores y legisladoras para las Sesiones Extraordinarias, e incluyó entre dichos asuntos el Mensaje 4987 del “Código Procesal Penal Juvenil”. No se trató el asunto en cuestión en dicho Período Extraordinario que quedó clausurado.
 
Por ello, si bien conservaba estado parlamentario el mencionado Mensaje 4987, el Senado Santafesino, con la firma de los 19 senadores y senadora, elaboró el Proyecto de Ley (Expediente registrado bajo el Nº interno 29122) que, por impulso de los senadores Lisandro Enrico y Raúl Gramajo, y el acompañamiento del resto de sus pares, resultó aprobado por unanimidad sobre tablas, luego de las brillantes alocuciones de los mencionados senadores, y se comunicó la media sanción a “Diputados y Diputadas”.
 
No se descarta que a la brevedad, tal vez el jueves 30 de noviembre de 2023, los diputados y diputadas completen el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva del nuevo “Código Procesal Penal Juvenil” que, como aclaró Lisandro Enrico (foto gentileza Prensa Senado) consta de 76 artículos distribuidos en el Libro I (Código Procesal Penal Juvenil), el Libro II (Ley de Aplicación) y Libro III (Ley para el Menor no Punible), ya que “la sociedad pide justicia y no tolera más el crecimiento delictivo ni la impunidad”.  
 
Publicado: 24/Noviembre/2023

Fuente: Fernando Brosutti


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