Mar, 03 de Diciembre de 2024 | 11:14 hs.

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La Legislatura Santafesina, a la brevedad, prorrogaría otra vez la “suspensión de los desalojos de predios rurales”

El Senado, por impulso de Sosa, Pirola, Traferri y Calvo, solicita una prórroga por dos (2) años de la Ley Nº 13.666 y modificatorias (Ley Nº 13.979 y Ley Nº 14.076)

La Legislatura Santafesina, a la brevedad, prorrogaría otra vez la “suspensión de los desalojos de predios rurales”
Ante la inminencia del vencimiento del plazo previsto por la Ley Nº 13.666 y sus modificatorias (Ley Nº 13.979 y Ley Nº 14.076), que declara la “emergencia en materia de propiedad y posesión de las tierras ocupadas por los pequeños productores y suspende los desalojos hasta el día 29 de febrero de 2024”, los senadores justicialistas: Osvaldo Sosa (foto gentileza Prensa Senado) (PJ-Vera), Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), Alcides Calvo (PJ-Castellanos) y Armando Traferri (PJ-San Lorenzo), presentaron por mesa de movimiento el 7 de febrero de 2024 el Proyecto de Ley (Expediente 50619 JL) por el cual, mediante dos (2) artículos, se prorroga por el plazo de dos (2) años, la vigencia de la Ley Nº 13.666, a partir del 1º de marzo de 2024, a los efectos de continuar con el estado de emergencia declarado, suspendiéndose la ejecución de sentencias, actos procesales o resoluciones administrativas, o de cualquier índoles, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación inmediata de tierras contempladas en el artículo 1º de la mencionada Ley (Nº 13.666), y, para el mismo, el presidente del bloque justicialista (Rubén Pirola) solicitó al Poder Ejecutivo su rápida habilitación para estas Sesiones Extraordinarias como asunto de interés público.
 
En el mismo sentido, el diputado Sergio Javier Rojas (PS), el día 1º de febrero de 2024, por mesa de movimiento, presentó el Proyecto de Ley (Expediente 52925 CD-PS) que tomó estado parlamentario propiamente dicho el jueves 8 de febrero de 2024 en la sesión extraordinaria de esta Cámara de Diputados, por el cual, mediante dos artículos, incluido el de forma, se prorroga en todos sus términos, a partir del 1º de marzo de 2024, por el plazo de cuatro (4) años, la vigencia de la Ley Nº 13.666 (y sus modificatorias Ley Nº 13.979 y Ley Nº 14.076), por la cual se suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o resoluciones administrativas o de cualquier índole, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación inmediata de predios rurales ocupados por los pequeños productores, familias de trabajadores rurales, campesinos e indígenas que acrediten una ocupación efectiva, pública y pacífica, continua e ininterrumpida, por un término superior a diez (10) años.
 
Cabe aclarar que si el Poder Ejecutivo (Maximiliano Pullaro) no incluye el asunto en el temario de estas Sesiones Extraordinarias, se deberá aguardar hasta después del 1º de mayo de 2024, fecha de inicio del 142º Período Ordinario.
 
Se presume, admitiendo prueba parlamentaria en contrario, que dada la inminencia del vencimiento del plazo previsto (29 de febrero de 2024), el Poder Ejecutivo (Maximiliano Pullaro) ampliaría el temario de asuntos de interés público para estas Sesiones Extraordinarias e incorporaría el citado Proyecto de Ley (Expediente 52925 CD-PS) del diputado socialista Sergio Javier Rojas y/o el Proyecto de Ley (Expediente 50619 JL) de los senadores justicialistas Osvaldo Sosa, Rubén Pirola, Alcides Calvo y Armando Traferri.
 
Vale recordar que el ex gobernador de la provincia de Santa Fe, Omar Ángel Perotti, (hoy diputado provincial con mandato hasta el 10 de diciembre de 2027) mediante el Mensaje 4976 ingresado el 27 de enero de 2022 por mesa de movimiento de ambas Cámaras, que incluye el Decreto Nº 0085 de la misma fecha, había incorporado en el temario de asuntos de interés público para las Sesiones del 139º Período Extraordinario el Mensaje 4975 y, con Cámara de Senadores como Cámara de Origen, en la 1ª sesión extraordinaria del año 2022 del día jueves 17 de febrero, sobre tablas y por unanimidad, se otorgó la media sanción respectiva a dicho Mensaje 4975 (Expediente 45085 PE) ingresado el día 1º de febrero de 2022, por el cual se prorroga por el plazo de dos (2) años la Ley Nº 13.666 y su modificatoria (Ley Nº 13.979), a partir del 1º de marzo de 2022, a los efectos de continuar con el estado de emergencia declarado, suspendiéndose la ejecución de sentencias, actos procesales o resoluciones administrativas, o de cualquier índole, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación inmediata de tierras rurales; comunicándose a Cámara de Diputados y Diputadas que completó el procedimiento con la sanción definitiva en la sesión “extraordinaria” del día jueves 10 de marzo de 2022.
 
Tal como ocurriera hace cuatro (4) con el Mensaje 4876, es decir, el día 27 de febrero de 2020, que incluyó el Decreto Nº 0134 del 21 de febrero de ese mismo año e incorporó en el temario de asuntos de interés público para esas Sesiones Extraordinarias, en relación al Proyecto de Ley (Expediente 52925 CD-PS) del diputado Sergio Javier Rojas ingresado por esta Cámara de Diputados el 1º de febrero de 2024, el actual gobernador Maximiliano Pullaro actuaría en el mismo sentido, en decir, incluiría el asunto en el temario ampliado para estas Sesiones Extraordinarias, por el cual se prorroga la Ley registrada bajo el Nº 13.666 por cuatro (4) años, (con sus modificatorias: Ley Nº 13.979 y Ley Nº 14.076) ó, en su defecto, se inclinaría por el Proyecto de Ley (Expediente 50619 JL) de los senadores justicialistas Osvaldo Sosa, Rubén Pirola, Alcides Calvo y Armando Traferri, del mismo tenor pero con una prórroga de dicha Ley (Nº 13.666) de dos (2) años.
 
El pasado día jueves 5 de marzo de 2020, en sumarísimo trámite, sobre tablas y por unanimidad, el Senado dio media sanción al Proyecto de Ley (Expediente 40804 JL) de los senadores justicialistas Osvaldo Sosa (PJ-Vera), Armando Traferri (PJ-San Lorenzo), José Baucero (PJ-San Javier-MC) y Guillermo Cornaglia (PJ-Belgrano-MC), comunicándose a “Diputados” que el día jueves 7 de mayo de 2020, en la 1ª sesión del 138º Período Ordinario que se realizó en el Paraninfo de la UNL, completó el procedimiento con la sanción definitiva.
 
Sobre tablas y por unanimidad, ante la solicitud del diputado Leandro Busatto (PJ-MC), presidente del Bloque Justicialista de la gestión anterior, se sancionó con fuerza de Ley el Proyecto (Expediente 37772 SEN) y, de tal forma, se prorrogó la Ley Nº 13.666 por el plazo de dos (2) años, a los efectos de continuar con el estado de emergencia declarado por la mencionada Ley Nº 13.666, suspendiéndose la ejecución de las sentencias, actos procesales o resoluciones administrativas, o de cualquier índole, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación inmediata de tierras contempladas en la norma.
 
Se comunicó al Poder Ejecutivo para su registro con el Nº 13.979 de Ley respectivo, promulgación y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe.
 
Vale recordar que la diputada Dámaris Andrea Pacchiotti (FSP-Ciudad Futura-MC), oportunamente, pretendía que el Poder Ejecutivo incluyera en Sesiones Extraordinarias el proyecto de prórroga de la Ley Nº 13.666 (Expediente 36582 CD-JSF) de la diputada mandato cumplido Claudia Giaccone (MC), que declara la emergencia de propiedad y posesión de las tierras ocupadas por pequeños productores y la suspensión de desalojos rurales, pero el ex gobernador Omar Perotti, secundado por el ex ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, Esteban Borgonovo, optó por el Proyecto de Ley (Expediente 40804 JL) ingresado por el Senado.
 
Y, al respecto, cabe destacar que el senador Osvaldo Hugo Segundo Sosa (PJ-Vera), acompañado de sus pares: Armando Ramón Traferri (PJ-San Lorenzo), José Ramón Baucero (PJ-San Javier-MC) y Guillermo Mario Cornaglia (PJ-Belgrano-MC), había ingresado en la 3ª sesión extraordinaria del día jueves 13 de febrero de 2020, del finalizado 137º Período de Sesiones de Cámara de Senadores, sobre tablas, el Proyecto de Ley (Expediente 40804 JL) por el cual se prorroga, en todos sus términos, por el plazo de dos (2) años, la vigencia de la Ley Nº 13.666, a partir del 29 de febrero del año 2020, y que, el día 27 de febrero de 2020, el Poder Ejecutivo Provincial incorporó al temario de asuntos de interés de las también finiquitadas Sesiones Extraordinarias.
 
Tal como se indica más arriba, el pasado día jueves 5 de marzo de 2020, en sumarísimo trámite, el Senado aprobó el asunto habilitado, sobre tablas y por unanimidad, comunicándose a Diputados la media sanción al Proyecto de Ley (Expediente 40804 JL), el cual ingresó como Proyecto de Ley (Expediente 37772 SEN) venido en revisión el 12 de marzo de ese año 2020 por mesa de movimiento.
 
Por ello, el día jueves 7 de mayo de 2020, en la 1ª sesión del 138º Período Ordinario de Sesiones de Cámara de Diputados que se realizó en el Paraninfo de la UNL por la emergencia sanitaria del COVID-19, ante el pedido de tratamiento sobre tablas por parte del presidente del Bloque Justicialista de dicha gestión, Leandro Busatto (PJ-MC), quedó sancionado con fuerza de Ley y se giró al Poder Ejecutivo que la registró como Ley Nº 13.979, promulgó y publicó en el Boletín Oficial.
 
Posteriormente, el día jueves 17 de febrero de 2022, sobre tablas y por unanimidad, el Senado dio media sanción al Mensaje 4975 (Expediente 45085 PE) y prorrogó por otros dos (2) años la Ley Nº 13.666 y su modificatoria (Ley Nº 13.979) que suspende el desalojo o desocupación de inmuebles rurales, y comunicó a Diputados y Diputadas que, como Expediente 46703 PER, el día jueves 10 de marzo de 2022 otorgó la respectiva sanción definitiva, también sobre tablas y por unanimidad, en rapidísimo trámite, aunque la votación arrojó 27 votos positivos, ningún voto negativo y ninguna abstención, con 22 diputados y diputadas ausentes, bajo la presidencia del diputado socialista Pablo Farías (PS), presidente del Cuerpo Legislativo durante dicha gestión.
 
El Poder Ejecutivo (Omar Perotti), en rápido trámite, procedió a la promulgación de la Ley Nº 14.076 el 10 de marzo de 2022 y publicó en el Boletín Oficial.
 
Se busca, específicamente, “continuar con el estado de emergencia declarado, suspendiéndose la ejecución de las sentencias, actos procesales o resoluciones administrativas, o de cualquier índole, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación inmediata de tierras” contempladas en el artículo 1º de la mencionada Ley Nº 13.666.
 
Cabe destacar que la diputada justicialista mandato cumplido Claudia Giaccone (MC), ex Secretaria de Deportes de la Provincia de Santa Fe dentro del ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, presentó el día 24 de julio de 2019 por mesa de movimiento de Cámara de Diputados el Proyecto de Ley (Expediente 36582 CD-JSF) de su autoría, por el cual, al igual que el Proyecto de Ley (Expediente 40804 JL) del senador justicialista Osvaldo Hugo Segundo Sosa (PJ-Vera), presidente de la comisión de Salud Pública y Conservación del Medio Ambiente Humano de “Senadores” durante esa gestión, se prorroga en todos sus términos por el plazo de dos (2) años, la vigencia de la Ley Nº 13.666, contados a partir de la expiración del término de la misma, es decir, a partir del día 29 de febrero de 2020, de idéntico tenor. Y, como se indica más arriba, el Poder Ejecutivo (Omar Perotti) eligió a este último para su incorporación al temario de esas concluidas Sesiones Extraordinarias.
 
Al respecto vale recordar que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe; Cámara de Diputados en la sesión ordinaria de prórroga del pasado día miércoles 28 de noviembre de 2012 y Cámara de Senadores en la sesión especial extraordinaria del día jueves 27 de diciembre de ese mismo año convocada al efecto a última hora del día anterior, con quórum legal y después de las alocuciones de los senadores: Joaquín Raúl Horacio Gramajo (UNITE-9 de Julio), Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), José Baucero (PJ-San Javier-MC) y Ricardo Kaufmann (PJ-Garay-Fallecido), por unanimidad en ambas ocasiones; sancionó con fuerza de ley el Proyecto (Expediente 26387 Diputados y Expediente 26157 Senado), autoría de la diputada provincial mandato cumplido Susana García (CC-ARI-FPCS-MC) a quien habían sumado su acompañamiento los diputados: Maximiliano Pullaro (UCR-Evolución) (hoy gobernador provincial con mandato hasta el 10 de diciembre de 2027), Alicia Gutiérrez (SI-Mandato Cumplido), Gerardo Rico (ME-Mandato Cumplido), Griselda Tessio (UCR-Mandato Cumplido) y Eduardo Di Pollina (PS-Mandato Cumplido), por el cual “se declara por el término de cinco años, la emergencia en materia de propiedad y posesión de las tierras ocupadas por los pequeños productores, familias de trabajadores rurales o campesinos que acrediten una ocupación efectiva, ininterrumpida y continuada, pública y pacífica, del predio rural por un término de diez años”. El Poder Ejecutivo, en el mes de febrero de 2013, registró la norma en cuestión como Ley Nº 13.334.
 
Posteriormente, en el mes de noviembre de 2017, la Legislatura Santafesina prorrogó por otros dos (2) años la vigencia de dicha norma o, mejor dicho, hasta el día 29 de febrero de 2020. El Poder Ejecutivo la registró como Ley Nº 13.666, promulgó y publicó en el Boletín Oficial a través del Decreto 3828 del día 13 de diciembre de 2017.
 
Cabe destacar que en la sesión especial extraordinaria del Senado del día jueves 27 de diciembre de 2012, hubo aplausos y vítores que bajaban de las barras colmadas de pequeños productores norteños que, a su vez, aclamaron al abogado Iván Bordón, quien los patrocinó en defensa de sus derechos.
 
Se suspende, por el plazo de la emergencia declarada, es decir, hasta el día 29 de febrero de 2020, la ejecución de sentencias, actos procesales o resoluciones administrativas, o de cualquier índole, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación inmediata de tierras ocupadas por los pequeños productores o campesinos que acrediten una ocupación efectiva, ininterrumpida y continuada, pública y pacífica, del predio rural por un término de diez años.
 
Se crea el Programa de Regularización Dominial con el objeto de obtener un registro real de dominio y un relevamiento de la situación posesoria de los inmuebles rurales ubicados en el territorio provincial. El Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología, como autoridad de aplicación, establecerá convenios con las reparticiones provinciales y nacionales competentes en agricultura familiar y desarrollo rural.
 
Los beneficiarios de este Programa son los pequeños productores, familias de trabajadores rurales o campesinos que se hallaren en las situaciones previstas en los artículos 3999 ó 4015 (usucapión o posesión adquisitiva continua por veinte años) del Código Civil Argentino durante el plazo de la emergencia declarada.
 
Se crea el Registro Personal de Poseedores, en el marco del citado Programa de Regularización Dominial, con la inscripción de las personas que invoquen y acrediten la posesión de inmuebles rurales en conflicto de tenencia.
 
El Programa de Regularización Dominial, entre sus funciones, tendrá a su cargo realizar todos los actos y trámites que resulten necesarios y conducentes para articular los conflictos por tenencia precaria de tierra; determinar los inmuebles rurales en situación de irregularidad o conflicto dominial y la búsqueda de antecedentes para solucionarlos; prestar asesoramiento legal a los pequeños productores; promover iniciativas de saneamiento de títulos de dominio; articular estrategias con Municipalidades y Comunas; coordinar las relaciones con las áreas gubernamentales y los juzgados comunales; y, finalmente, generar propuestas legislativas y ejecutivas a los fines del ordenamiento catastral y territorial.
 
El Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología, y la Dirección de Vivienda y Urbanismo, en virtud del programa de saneamiento, alojamiento, regularización de tenencia y propiedad del suelo, promoverán la firma de Convenios de Colaboración Interinstitucional con las Municipalidades y Comunas de la Provincia, en los cuales se comprometan a identificar los inmuebles rurales en los que existan asentamientos informales, e individualizar los grupos familiares de escasos recursos que estén ocupando los predios, y que posibiliten una progresiva regularización de la tierra en beneficio de hogares asentados en su jurisdicción. Se invita a las Municipalidades y Comunas a adherir a la presente.
 
Como la Ley Nº 13.666 sancionada por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe en el mes de noviembre de 2017 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 13 de diciembre de 2017 mediante el Decreto 3828 de esa fecha, que suspende los desalojos mencionados hasta el día 29 de febrero de 2020, había quedado al límite de su expiración, el senador Osvaldo Sosa (PJ-Vera) ingresó el día jueves 13 de febrero de 2020, sobre tablas, el Proyecto de Ley (Expediente 40804 JL) de su autoría, suscripto también por sus pares: Armando Traferri (PJ-San Lorenzo), Guillermo Cornaglia (PJ-Belgrano-MC) y José Ramón Baucero (PJ-San Javier-MC), de idéntico tenor al presentado por la diputada mandato cumplido Claudia Giaccone (JSF-MC) el día 24 de julio de 2019 por mesa de movimiento de Cámara de Diputados como Proyecto de Ley (Expediente 36582 CD-JSF), por el cual se prorroga en todos sus términos por el plazo de dos (2) años, la vigencia de la Ley Nº 13.666, contados a partir de la expiración del término de la misma, esto es, a partir del día 29 de febrero de 2020, para su tratamiento a la mayor brevedad; motivo por el cual el Poder Ejecutivo incluyó en el temario de asuntos de interés público de las Sesiones Extraordinarias del fenecido 137º Período de Sesiones.
 
Y, tal como se presumía, el día jueves 5 de marzo de 2020, “Senadores”, sobre tablas y por unanimidad, dio media sanción al Proyecto de Ley (Expediente 40804 JL) del senador Osvaldo Hugo Segundo Sosa (PJ-Vera) y otros, y rápidamente giró a “Diputados” que, el día jueves 7 de mayo de 2020, en la 1ª sesión del 138º Período Ordinario de Sesiones que se efectuó en el Paraninfo de la UNL completó el procedimiento con la sanción definitiva, y derivó al Poder Ejecutivo que la registró como Ley Nº 13.979, promulgó y publicó en el Boletín Oficial, la norma que prorroga por otros dos (2) años la Ley Provincial Nº 13.666 a la mayor brevedad, para “tranquilidad de muchas familias de pequeños productores, de trabajadores rurales y/o campesinos e indígenas que ocupan pacíficamente predios rurales”.
 
Posteriormente, el día jueves 17 de febrero de 2022, esta Cámara de Senadores, ante la solicitud del senador Armando Traferri (PJ-San Lorenzo), en la 1ª sesión extraordinaria del año 2022 que presidió el senador Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), presidente provisional del Cuerpo Legislativo durante dicha gestión, aprobó el Mensaje 4975 (Expediente 45085 PE) por el cual se prorroga por dos (2) años la vigencia de la Ley Nº 13.666 y modificatoria (Ley Nº 13.979) que suspende el desalojo o desocupación de inmuebles rurales, y se comunicó a Diputados y Diputadas como Expediente 46703 PER que, el día jueves 10 de marzo de 2022, también sobre tablas y por unanimidad, en la correspondiente sesión “extraordinaria”, otorgó la respectiva sanción definitiva en beneficio de “poseedores pequeños productores, familias de trabajadores rurales, campesinos e indígenas que acrediten ocupación efectiva, sin interrupciones y continuada, pública y pacífica de predios rurales”, y se comunicó al Poder Ejecutivo para su registro con el Nº 14.076 de Ley, promulgación y publicación en el Boletín Oficial el día 10 de marzo de 2022.
 
Luego, ante la inminencia del plazo previsto (29 de febrero de 2024), el diputado Sergio Javier Rojas (PS), el día 1º de febrero de 2024, presentó por mesa de movimiento de “Diputados y Diputadas” el Proyecto de Ley (Expediente 52925 CD-PS), el que tomó estado parlamentario durante la sesión del jueves 8 de febrero de 2024, por el cual se prorroga, a partir del 1º de marzo de 2024, por el plazo de cuatro (4) años, la vigencia de la Ley Nº 13.666 (y sus modificatorias: Ley Nº 13.979 y Ley Nº 14.076).
 
Y, en el mismo sentido, los senadores justicialistas Osvaldo Sosa, Rubén Pirola, Alcides Calvo y Armando Traferri, presentaron el Proyecto de Ley (Expediente 50619 JL) el día 7 de febrero de 2024 y, en la sesión del 8 de febrero de 2024 del Senado, se solicitó al Poder Ejecutivo su habilitación para estas Sesiones Extraordinarias, por el cual se prorroga por el plazo de dos (2) años, a partir del 1º de marzo de 2024, la vigencia de la Ley Nº 13.666 que declara la emergencia y suspensión de los desalojos de predios rurales.
 
Se presume que el Poder Ejecutivo (Maximiliano Pullaro) incluiría, a la brevedad, el asunto en cuestión en el temario de las actuales Sesiones Extraordinarias y su aprobación sería inmediata en ambas Cámaras Legislativas para “tranquilidad de muchas familias de pequeños productores y trabajadores rurales que ocupan pacíficamente predios rurales”.  
 
Publicado: 10/Febrero/2024

Fuente: Fernando Brosutti


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