[ 07.09.2024 11:15 ] ›
Se insiste, por iniciativa de Traferri, con la capacitación obligatoria en técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP)
La Cámara de Diputados estudiará la media sanción del Senado a sabiendas que “con capacitación básica se pueden evitar muchas muertes” ya que “el 70% de los paros cardíacos tiene lugar en ámbitos extrahospitalarios”
En el marco de la 8ª sesión ordinaria del jueves 8 de agosto de 2024 de esta Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, se procedió al ingreso del Proyecto de Ley (Expediente 51343 JL) del senador Armando Traferri (foto gentileza Prensa Senado) (PJ-San Lorenzo), que consta de 11 artículos, por el cual se establece la capacitación obligatoria y permanente en Técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP), en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional Nº 27.159, “para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en el ámbito de los tres poderes del Estado Provincial” y, por unanimidad, se aprobó en la sesión senatorial del jueves 29 de agosto de 2024, comunicándose como Expediente 54680 SEN a Cámara de Diputados que, en la 10ª sesión del jueves 12 de setiembre de 2024, derivará a las comisiones asignadas para su estudio y pronto despacho.
Y, al respecto, vale recordar que hace 8 años, el senador socialista mandato cumplido Raúl Emilio Jatón (PS-FPCS-La Capital-MC), en la sesión ordinaria del jueves 30 de junio de 2016 de esta Cámara de Senadores, por unanimidad, había obtenido el apoyo de los senadores presentes, oficialistas y de la oposición de esa gestión (2015-2019), para el Proyecto de Ley de su autoría, presentado con el acompañamiento de su par de bancada: Miguel Ángel Cappiello (PS-FPCS-Rosario-MC), por el cual “la Provincia de Santa Fe adhiere a los alcances de la Ley Nacional Nº 26.385” sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en fecha 29 de noviembre de 2012 y promulgada el 8 de enero de 2013, que dispone la “realización de cursos y actividades de capacitación y promoción en técnicas básicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) en el ámbito educativo de nivel medio y superior, públicos y privados de todo el país”; comunicándose la media sanción a Cámara de Diputados donde caducó.
No debemos olvidar, en el mismo sentido, que el 28 de noviembre de 2013, similar iniciativa de los senadores justicialistas José Baucero (PJ-San Javier-MC), Eduardo Rosconi (PJ-Caseros) y Danilo Capitani (PJ-San Jerónimo-MC) obtuvo media sanción en el Senado durante la gestión 2011-2015, pero perdió estado parlamentario en Cámara de Diputados por falta de tratamiento en tiempo y forma.
El Ministerio de Salud implementará acciones tendientes a promover la capacitación en el Estado Provincial acerca del “manejo de técnicas básicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP)”.
Se autoriza a dicho Ministerio de Salud, que será autoridad de aplicación de la presente Ley, a establecer los lineamientos mínimos de los contenidos de la capacitación, juntamente con los órganos encargados de la implementación; a certificar la capacitación; a elaborar un informe anual de cumplimiento de las capacitaciones; a promover espacios de participación; y a articular con organismos competentes en la materia a efectos de contar con la colaboración técnica profesional especializada que fuere necesaria para garantizar la implementación de la misma.
La Reanimación Cardiopulmonar (RCP) es un “conjunto de técnicas y destrezas destinadas a evitar la muerte de una persona ante el acontecimiento de muerte súbita”, que es la que ocurre por causas naturales durante la primera hora de iniciados los síntomas. Muy frecuentemente (80% de las veces), la causa de este paro cardíaco súbito se debe a una enfermedad de las arterias del corazón.
Se estima que “en nuestro país se producen 40.000 muertes súbitas por año”. La Fundación Cardiológica Argentina afirma que “si la población estuviera entrenada en Reanimación Cardiopulmonar (RCP), se podría salvar a más de la mitad de las víctimas de muerte súbita que se producen al año en la Argentina.
Se busca “instruir en la atención primaria básica del paro cardiorrespiratorio y la muerte súbita” con el objetivo de “prevenir muertes evitables” y, en tal sentido, “se establece la capacitación obligatoria y permanente en las técnicas básicas que forman parte de la Reanimación Cardiopulmonar (RCP)”, argumentó Armando Traferri (foto gentileza Prensa Senado) el Proyecto de Ley (Expediente 51343 JL) de su autoría que consta de 11 artículos, presentado sobre tablas el día 8 de agosto de 2024, durante la 8ª sesión ordinaria del 142º Período del Senado Santafesino, y, de acuerdo con sus pares, se aprobó por unanimidad el día 29 de agosto, comunicándose la media sanción como Expediente 54680 SEN a Cámara de Diputados que, el día 12 de setiembre del corriente año, en el transcurso de la 10ª sesión del citado 142º Período Ordinario, derivará a las comisiones asignadas para su estudio.
Publicado: 07/Setiembre/2024
Y, al respecto, vale recordar que hace 8 años, el senador socialista mandato cumplido Raúl Emilio Jatón (PS-FPCS-La Capital-MC), en la sesión ordinaria del jueves 30 de junio de 2016 de esta Cámara de Senadores, por unanimidad, había obtenido el apoyo de los senadores presentes, oficialistas y de la oposición de esa gestión (2015-2019), para el Proyecto de Ley de su autoría, presentado con el acompañamiento de su par de bancada: Miguel Ángel Cappiello (PS-FPCS-Rosario-MC), por el cual “la Provincia de Santa Fe adhiere a los alcances de la Ley Nacional Nº 26.385” sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en fecha 29 de noviembre de 2012 y promulgada el 8 de enero de 2013, que dispone la “realización de cursos y actividades de capacitación y promoción en técnicas básicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) en el ámbito educativo de nivel medio y superior, públicos y privados de todo el país”; comunicándose la media sanción a Cámara de Diputados donde caducó.
No debemos olvidar, en el mismo sentido, que el 28 de noviembre de 2013, similar iniciativa de los senadores justicialistas José Baucero (PJ-San Javier-MC), Eduardo Rosconi (PJ-Caseros) y Danilo Capitani (PJ-San Jerónimo-MC) obtuvo media sanción en el Senado durante la gestión 2011-2015, pero perdió estado parlamentario en Cámara de Diputados por falta de tratamiento en tiempo y forma.
El Ministerio de Salud implementará acciones tendientes a promover la capacitación en el Estado Provincial acerca del “manejo de técnicas básicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP)”.
Se autoriza a dicho Ministerio de Salud, que será autoridad de aplicación de la presente Ley, a establecer los lineamientos mínimos de los contenidos de la capacitación, juntamente con los órganos encargados de la implementación; a certificar la capacitación; a elaborar un informe anual de cumplimiento de las capacitaciones; a promover espacios de participación; y a articular con organismos competentes en la materia a efectos de contar con la colaboración técnica profesional especializada que fuere necesaria para garantizar la implementación de la misma.
La Reanimación Cardiopulmonar (RCP) es un “conjunto de técnicas y destrezas destinadas a evitar la muerte de una persona ante el acontecimiento de muerte súbita”, que es la que ocurre por causas naturales durante la primera hora de iniciados los síntomas. Muy frecuentemente (80% de las veces), la causa de este paro cardíaco súbito se debe a una enfermedad de las arterias del corazón.
Se estima que “en nuestro país se producen 40.000 muertes súbitas por año”. La Fundación Cardiológica Argentina afirma que “si la población estuviera entrenada en Reanimación Cardiopulmonar (RCP), se podría salvar a más de la mitad de las víctimas de muerte súbita que se producen al año en la Argentina.
Se busca “instruir en la atención primaria básica del paro cardiorrespiratorio y la muerte súbita” con el objetivo de “prevenir muertes evitables” y, en tal sentido, “se establece la capacitación obligatoria y permanente en las técnicas básicas que forman parte de la Reanimación Cardiopulmonar (RCP)”, argumentó Armando Traferri (foto gentileza Prensa Senado) el Proyecto de Ley (Expediente 51343 JL) de su autoría que consta de 11 artículos, presentado sobre tablas el día 8 de agosto de 2024, durante la 8ª sesión ordinaria del 142º Período del Senado Santafesino, y, de acuerdo con sus pares, se aprobó por unanimidad el día 29 de agosto, comunicándose la media sanción como Expediente 54680 SEN a Cámara de Diputados que, el día 12 de setiembre del corriente año, en el transcurso de la 10ª sesión del citado 142º Período Ordinario, derivará a las comisiones asignadas para su estudio.
Publicado: 07/Setiembre/2024
Fuente: Fernando Brosutti
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