[ 18.08.2018 11:05 ] ›
Grooming, Sexting y Ciberbullying obtuvo media sanción en Diputados
Moyano quiere “informar, concientizar, prevenir y erradicar” tales acciones
Las comisiones de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, en ese orden, desde la sesión ordinaria del jueves 6 de julio de 2017, estudiaron el Proyecto de Ley (Expediente 33299 CD-FP-UCR) de la diputada radical Claudia Gabriela Moyano (UCR-FPCS), ingresado el 29 de junio de 2017 por mesa de movimiento, por el cual, a través de siete (7) artículos, se establece un marco de acción, en el ámbito de la Comunidad Educativa (a niveles de enseñanza primaria y secundaria) de las distintas instituciones, tanto públicas como privadas, con el fin de “informar, concientizar, prevenir y erradicar en materia Grooming, Sexting y Ciberbullying”, y, en la 11ª sesión ordinaria del día jueves 16 de agosto de 2018, por unanimidad, resultó aprobado, comunicándose la media sanción al Senado para su pronto tratamiento en el actual 136º Período Ordinario de Sesiones.
Se entiende por Grooming o Ciber Hostigamiento a una serie de “acciones debidamente emprendidas por un adulto con el objeto de ganar la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el mismo y disminuir sus inhibiciones mediante el uso de Internet y luego abusar sexualmente de él”.
Sexting o Redacción de mensajes con fines sexuales alude al “envío de mensajes con contenido de tipo pornográfico y/o erótico a través de los teléfonos celulares”. Es decir, “emitir mensajes sumamente explícitos con contenido lascivo o libertino a través de un teléfono móvil”.
Ciberbullying o Ciber Acoso refiere a “determinadas conductas y acciones psicológicas de acoso llevadas a cabo por niñas, niños y adolescentes, contra otros, por intermedio de amenazas, hostigamientos, humillación, chantajes o insultos realizados desde las redes sociales, teléfonos móviles y cualquier otra plataforma digital de comunicación”.
Son destinatarios del presente marco legal, como integrantes de la Comunidad Educativa: alumnos (niños, niñas y adolescentes), docentes, directivos, administrativos, personal de servicio, cooperadores, padres, tutores y cualquier otra persona vinculada.
En cuanto a las líneas de acción, el Ministerio de Educación de la Provincia, que será autoridad de aplicación de la presente Ley, bajo su supervisión, debe “brindar asesoramiento legal, asistencia psicológica, capacitación y formación permanente coordinando con los establecimientos educativos, talleres de aprendizaje para la utilización de las nuevas tecnologías informáticas y de comunicación, dirigidos a niñas, niños y adolescentes, como también a todos los mayores que intervengan en su educación, formación, cuidado y guarda”; con contenidos específicos para el abordaje de la problemática del “Grooming, Sexting y Ciberbullying”, promoviendo el uso responsable de las mismas.
Asimismo, “realizar una amplia campaña de concientización, difusión e información pública gráfica, a través de los medios de comunicación sobre los riesgos y los instrumentos claves para combatirlos”.
En el mismo sentido, implementar foros y conferencias interdisciplinarias para el tratamiento integral de las mismas y la detección de este tipo de “conductas dañosas a la integridad sexual e integridad psicológica de las niñas, niños y adolescentes”.
El crecimiento del uso de Internet como la participación de más personas en las distintas redes sociales hace prever que estas prácticas seguirán en expansión. Las nuevas modalidades delictivas hacen uso y abuso de estas tecnologías y, en función de ello, “aumenta día a día el número de menores que son víctimas de abusos cometidos por quienes utilizan las posibilidades de contacto que las redes sociales brindan”.
No existen datos estadísticos exactos sobre la comisión de estas acciones delictivas, pero “las recientes noticias hacen referencia a una importante cantidad de casos a través del uso y abuso de las redes sociales y, por ende, el aumento de este tipo de conductas dañosas para niños, niñas y adolescentes”, argumentó la diputada radical Claudia Moyano (UCR-FPCS), en pleno recinto, el Proyecto de Ley (Expediente 33299 CD-FP-UCR) de su autoría, ingresado el 29 de junio de 2017 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe y aprobado en la 11ª sesión ordinaria del día jueves 16 de agosto de 2018 del actual 136º Período Ordinario de Sesiones, por unanimidad, girándose la media sanción al Senado para su pronto tratamiento; no sin antes agregar que “se contará con profesionales especializados en las problemáticas a fin de asesorar a las instituciones para garantizar la prevención y erradicación del Grooming, Sexting y Ciberbullying”.
Publicado: 18/Agosto/2018
Se entiende por Grooming o Ciber Hostigamiento a una serie de “acciones debidamente emprendidas por un adulto con el objeto de ganar la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el mismo y disminuir sus inhibiciones mediante el uso de Internet y luego abusar sexualmente de él”.
Sexting o Redacción de mensajes con fines sexuales alude al “envío de mensajes con contenido de tipo pornográfico y/o erótico a través de los teléfonos celulares”. Es decir, “emitir mensajes sumamente explícitos con contenido lascivo o libertino a través de un teléfono móvil”.
Ciberbullying o Ciber Acoso refiere a “determinadas conductas y acciones psicológicas de acoso llevadas a cabo por niñas, niños y adolescentes, contra otros, por intermedio de amenazas, hostigamientos, humillación, chantajes o insultos realizados desde las redes sociales, teléfonos móviles y cualquier otra plataforma digital de comunicación”.
Son destinatarios del presente marco legal, como integrantes de la Comunidad Educativa: alumnos (niños, niñas y adolescentes), docentes, directivos, administrativos, personal de servicio, cooperadores, padres, tutores y cualquier otra persona vinculada.
En cuanto a las líneas de acción, el Ministerio de Educación de la Provincia, que será autoridad de aplicación de la presente Ley, bajo su supervisión, debe “brindar asesoramiento legal, asistencia psicológica, capacitación y formación permanente coordinando con los establecimientos educativos, talleres de aprendizaje para la utilización de las nuevas tecnologías informáticas y de comunicación, dirigidos a niñas, niños y adolescentes, como también a todos los mayores que intervengan en su educación, formación, cuidado y guarda”; con contenidos específicos para el abordaje de la problemática del “Grooming, Sexting y Ciberbullying”, promoviendo el uso responsable de las mismas.
Asimismo, “realizar una amplia campaña de concientización, difusión e información pública gráfica, a través de los medios de comunicación sobre los riesgos y los instrumentos claves para combatirlos”.
En el mismo sentido, implementar foros y conferencias interdisciplinarias para el tratamiento integral de las mismas y la detección de este tipo de “conductas dañosas a la integridad sexual e integridad psicológica de las niñas, niños y adolescentes”.
El crecimiento del uso de Internet como la participación de más personas en las distintas redes sociales hace prever que estas prácticas seguirán en expansión. Las nuevas modalidades delictivas hacen uso y abuso de estas tecnologías y, en función de ello, “aumenta día a día el número de menores que son víctimas de abusos cometidos por quienes utilizan las posibilidades de contacto que las redes sociales brindan”.
No existen datos estadísticos exactos sobre la comisión de estas acciones delictivas, pero “las recientes noticias hacen referencia a una importante cantidad de casos a través del uso y abuso de las redes sociales y, por ende, el aumento de este tipo de conductas dañosas para niños, niñas y adolescentes”, argumentó la diputada radical Claudia Moyano (UCR-FPCS), en pleno recinto, el Proyecto de Ley (Expediente 33299 CD-FP-UCR) de su autoría, ingresado el 29 de junio de 2017 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe y aprobado en la 11ª sesión ordinaria del día jueves 16 de agosto de 2018 del actual 136º Período Ordinario de Sesiones, por unanimidad, girándose la media sanción al Senado para su pronto tratamiento; no sin antes agregar que “se contará con profesionales especializados en las problemáticas a fin de asesorar a las instituciones para garantizar la prevención y erradicación del Grooming, Sexting y Ciberbullying”.
Publicado: 18/Agosto/2018
Fuente: Susana Goris
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