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[ 23.11.2019 14:43 ]   ›

Se reformó en Diputados, por Mascheroni y otros, la Ley de Fitosanitarios

32 votos afirmativos y 8 votos negativos, y se giró al Senado la media sanción

Se reformó en Diputados, por Mascheroni y otros, la Ley de Fitosanitarios
En la 2ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 21 de noviembre de 2019 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, del 137º Período Ordinario de Sesiones, con 41 presentes y 9 ausentes, por 32 votos afirmativos y 8 negativos de los diputados y diputadas del Interbloque Cambiemos Santa Fe, y bajo la presidencia del diputado socialista Antonio Juan Bonfatti (PS-FPCS), se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 34813 CD-FV-PJ) (Tratamiento Conjunto Expediente 36425 CD-FP y Expediente 36369 CD-IP), en cabeza del diputado justicialista Leandro Busatto (PJ-FV) pero tomando como base el Proyecto de Ley (Expediente 36425 CD-FP-DBL) del diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), acompañado del diputado Gabriel Real (PDP-FPCS); por el cual se modifican, a través de 6 artículos, 30 artículos de la Ley Provincial Nº 11.273 de productos fitosanitarios (agrotóxicos y pesticidas), y, luego de los fundamentos dados en pleno recinto, se comunicó al Senado para que complete el procedimiento parlamentario; no sin antes quedar en claro que la iniciativa aprobada con media sanción configura una “postura intermedia” respecto a la posición de la diputada socialista Inés Bertero (PS-FPCS) respaldada por el sector agropecuario, y de la posición del diputado Carlos Del Frade (FSP) y otros que habían recibido el apoyo de las organizaciones ecologistas.
 
El asunto en cuestión, que figuraba como Preferencia Nº 5, ya había obtenido los despachos favorables de las comisiones de Salud Pública y Asistencia Social, de Agricultura y Ganadería, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y requería para su aprobación el dictamen de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General que preside el diputado socialista Rubén Galassi (PS-FPCS). Tal como se presumía, en la 2ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 21 de noviembre de 2019 de Diputados, luego de basarse en el Proyecto de Ley (Expediente 36425 CD-FP-DBL) del diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), acompañado de su par: diputado Gabriel Real (PDP-FPCS) ingresado por mesa de movimiento el día jueves 23 de mayo de 2019 por mesa de movimiento de la mencionada Cámara que se convirtió en Cámara de Origen, y que incorporó temas de las otras dos iniciativas, se modificó la Ley Nº 11.273 de productos fitosanitarios (agrotóxicos y pesticidas) y dicha media sanción se comunicó al Senado Santafesino.
 
Como CARSFE y CONINAGRO solicitaron a los Senadores “nuevas modificaciones” y, teniendo en cuenta que dicha media sanción puede ser considerada durante el 138º Período Ordinario de Sesiones, es decir, durante el año 2020 y con la nueva conformación parlamentaria en ambas Cámaras, se presume, admitiendo prueba parlamentaria en contrario, que no recibiría la sanción definitiva en el actual 137º Período Ordinario de Sesiones que concluirá, y no hay tutía (no hay nada que hacer), el día viernes 29 de noviembre de 2019, a la medianoche. Asimismo, no se descarta un comunicado de la Sociedad Rural (SRA) y de la Federación Agraria (FAA) sobre este asunto y en disconformidad con lo sancionado, y, de igual manera, de las organizaciones y agrupaciones ecologistas.   
 
Vale recordar que con el objetivo de instalar, nuevamente, el debate parlamentario sobre la problemática de los denominados fitosanitarios (agrotóxicos y pesticidas), y, teniendo en cuenta que los proyectos vinculados a la materia pese a su notoria recurrencia en el debate público habían caducado sin tener tratamiento legislativo en la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, el diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), acompañado del diputado Gabriel Real (PDP-FPCS), tal se indica más arriba, había presentado el día 23 de mayo de 2019 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley (Expediente 36425 CD-DB) que, en definitiva, con leves retoques y algunos aportes, resultó aprobado con media sanción el día jueves 21 de noviembre de 2019.
 
No debemos olvidar, en el mismo sentido, que el senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias) había ingresado el día 16 de mayo de 2019 por mesa de movimiento de la Cámara de Senadores el Proyecto de Ley (Expediente 39313 JL) de su autoría y, en la sesión ordinaria del día 23 de mayo de 2019, se había girado a cinco comisiones internas senatoriales para su estudio y posible tratamiento en el actual 137º Período Ordinario de Sesiones que, como se indica más arriba, concluirá el día viernes 29 de noviembre del corriente año a la medianoche.
 
El Proyecto de Ley (Expediente 39313 JL) del senador Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias), que consta de 42 artículos cuidadosamente elaborados, reconoce su origen en el que presentara el senador mandato cumplido Hugo Terré (MC-9 de Julio), e importa una sustitución de la Ley Nº 11.273 de Fitosanitarios y al mismo se le han incorporado modificaciones que oportunamente se hicieran durante su tratamiento en las comisiones del Senado en cuatro oportunidades con los Proyectos de Ley (Expediente 23677 JL), (Expediente 27142 JL), (Expediente 31084 JL) y (Expediente 34957 JL).
 
El senador Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias), tal como expresara en oportunidad de anteriores presentaciones de la iniciativa, señaló que “se fundamenta en la necesidad imperiosa de incorporar la protección de la salud humana, de los recursos naturales y de la producción agrícola a través de una correcta y racional utilización de los productos fitosanitarios”, como una prioridad en la política de Estado, “evitando de esa forma la contaminación del medio ambiente y de los alimentos”.
 
Y, para ello, “se incorporan prácticas y requisitos que tienden a que los productos fitosanitarios aplicados no lleguen a la población y afecten en menor medida posible al medio ambiente”, con la determinación de “un área mínima libre de fitosanitarios”, la que “podrá ser ampliada por los municipios y comunas por ordenanza de acuerdo a las necesidades de cada distrito”, resumió el senador Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias) el Proyecto de Ley (Expediente 39313 JL) de su autoría que, ingresado el día 16 de mayo de 2019, estudian cinco comisiones del Senado.
 
Sin embargo, el día jueves 21 de noviembre de 2019, en la 2ª sesión ordinaria de prórroga del 137º Período Ordinario de Sesiones, con 41 diputados y diputadas presentes y 9 ausentes, por 32 votos afirmativos y 8 votos negativos (del Interbloque Cambiemos Santa Fe), y la presidencia del diputado socialista Antonio Juan Bonfatti (PS-FPCS), se optó por el Proyecto de Ley (Expediente 36425 CD-FP-DBL) de Santiago Mascheroni (UCR-FPCS) y Gabriel Real (PDP-FPCS), en detrimento de las iniciativas del diputado Leandro Busatto (PJ-FV) con su Proyecto de Ley (Expediente 34813 FV-PJ), y del diputado Rubén Giustiniani (IP) con su Proyecto de Ley (Expediente 36369 CD-IP), aunque consideró algunos temas de ambos, y se aprobaron, ante la insistencia, sustanciales modificaciones de la Ley Nº 11.273 de Fitosanitarios que, desde el año 1995, no ha sido adecuada a la actual realidad.
 
Se incorpora como elemento novedoso la “zonificación del territorio provincial” a los fines de la determinación de las distancias mínimas para los diferentes tipos de aplicación de sustancias biocidas, “superando así la discusión histórica sobre distancias a partir de que hasta el presente se ha tomado como cierto que en cualquier parte de la geografía santafesina es posible desarrollar una actividad agrícola extensiva e intensiva con escasa o ineficaz regulación sobre la misma”.
 
Se fija en tal sentido y como idea rectora, “disponer distancias o modos de regular alcance” en cuanto a la aplicación de agrotóxicos “según se trate de áreas de alta o media urbanización, zonas intermedias o aquellas en las que la actividad productiva es intensa en superficies de consideración”, se coincidió parcialmente en las comisiones internas de Diputados, no sin antes aclarar que “el resto de las disposiciones en lo referente a reglamentaciones, exenciones, régimen sancionatorio o cuestiones afines, mantiene criterios similares a los diferentes proyectos que han tenido tratamiento en esta Cámara, en términos generales”.
 
No debemos olvidar, al respecto, que en la sesión ordinaria del jueves 20 de octubre de 2016 del Senado, a propuesta del senador radical Felipe Michlig (UCR-FPCS-San Cristóbal), presidente del Bloque Frente Progresista Cívico y Social, se había acordado un tratamiento preferencial que no prosperó para el Proyecto de Ley (Expediente 31888 CD) proveniente de Diputados con media sanción, autoría de la diputada provincial socialista Inés Bertero (PS-FPCS), que resultara aprobado en la anterior gestión, en la sesión ordinaria del jueves 15 de octubre de 2015, bajo la presidencia del diputado justicialista Luis Daniel Rubeo (BJ), con 39 diputados y diputadas presentes y 11 ausentes con aviso, por 20 votos afirmativos, 13 votos negativos y 5 abstenciones, por el cual se modifica la Ley Nº 11.273 que regula el uso de productos fitosanitarios; luego de adjuntarlo al Proyecto de Ley de los diputados: José María Tessa (Mandato Cumplido), Leandro Busatto ((FV-PJ), Eduardo Toniolli (Mandato Cumplido), Patricia Gazcué (Mandato Cumplido) y Marcela Aeberhard (Mandato Cumplido); y acumularlo además con otras iniciativas de similar tenor luego del tratamiento conjunto; que “permitiría fumigar a partir de los 100 metros si hay una barrera forestal”. No obstante los esfuerzos no se unificaron criterios y, por ende, las comisiones permanentes internas del Senado no emitieron despacho alguno.
 
Vale recordar que esa media sanción de Diputados disponía que “las aspersiones terrestres se pueden realizar a 100 ó 200 metros de las poblaciones, dependiendo de si existe o no una barrera forestal”. Luego, hasta los 800 metros, sólo se permiten productos de banda verde o azul, los de menor toxicidad, bajo el control de un veedor que deberá ser un ingeniero agrónomo.  
 
Las fumigaciones aéreas, en tanto y en cuanto exista una ordenanza municipal o comunal que lo autorice, se permitirán cuando esa aplicación no se pueda llevar a cabo vía terrestre porque las condiciones climáticas dejaron “sin piso” a los campos o en producciones como el arroz, donde los aviones son los únicos que pueden realizar esa tarea, con el objetivo de “lograr un sistema productivo más sustentable”, reducir el riesgo que supone el uso de agroquímicos y que “no genere impactos indeseados en la calidad ambiental y en la salud de la población”.
 
El proyecto, si bien regula las aplicaciones poscosecha y la utilización de los fertilizantes que no están contemplados en la Ley Nº 11.273 actual, “no contempla la disposición final de los envases de agroquímicos” y la aplicación de plaguicidas para uso doméstico y en áreas urbanas, objeto de una legislación especial.
 
En cuanto a la autoridad de aplicación, seguirá siendo el Ministerio de Producción (Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología), y, por supuesto, conservará el poder de policía, aunque se prevé la “formalización de convenios con los municipios y las comunas” a fin de “implementar en sus jurisdicciones los registros y la matriculación de los equipos, la habilitación de los locales destinados a la comercialización de los productos”, y otras regulaciones como “la apertura de registros de los trabajadores rurales que están expuestos a manipular los productos fitosanitarios”; había argumentado en esa oportunidad la diputada socialista Inés Bertero (PS-FPCS).
 
Por su parte, el diputado José María Tessa (Mandato Cumplido), en los fundamentos de su voto negativo ese día jueves 15 de octubre de 2015, remarcó el “carácter regresivo de la ley” en comparación con la Ley Nº 11.273 del año 1995, que establecía 500 metros de resguardo y que se podía fumigar en forma aérea a partir de los 3.000 metros. En este marco, “si no se controló la aplicación de una ley, no es problema de los trabajadores rurales o de las poblaciones”, sino del poder administrador que no generó los controles imprescindibles. Ahora tendremos que generar los controles necesarios para que esas distancias mínimas se cumplan.
 
“En las orillas de los pueblos viven los más humildes”, había destacado el diputado José María Tessa (Mandato Cumplido), para luego agregar que “primero hay un valor que tiene que ver con la preservación de la vida, que es el más importante; y hay otro, que también es importante, que tiene que ver con la rentabilidad”, para finalmente aclarar que “nunca se planteó que tenían que quedar tierras ociosas”, pero sí que “esos campos que quedasen sin aplicación de agroquímicos debían ser usados con un criterio agroecológico”.
 
En su oportunidad, la Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Santa Fe, Analía Colombo, considerando que “la normativa provincial vigente (Ley Nº 11.273) que regula las aplicaciones de agroquímicos utilizados en la explotación agraria, deja sin protección a los miles de niñas, niños y adolescentes que diariamente concurren a escuelas alejadas de los centros urbanos”, había enviado a la Legislatura Santafesina, a ambas Cámaras, una propuesta a fin de que “se prohíba la aplicación de toda clase de agroquímicos” ya sea por vía terrestre como aérea en un radio no menor a 1.000 metros en torno a las escuelas rurales.
 
Así como también “declarar la urgente protección especial de las fumigaciones a las niñas, niños y adolescentes” y el compromiso santafesino por una producción sustentable de alimentos sanos, ambiental y socialmente responsable; a través de sendas notas de idéntico tenor rubricadas por Analía Colombo y fechadas el 31 de agosto de 2015, ingresadas el 01 de setiembre de ese año por el Senado y por Diputados.
 
Cabe destacar que en la sesión ordinaria del jueves 27 de agosto de 2015 de la Cámara de Diputados, en relación al Proyecto de Ley de los diputados José María Tessa (MC), Patricia Gazcué (MC), Marcela Aeberhard (MC), Eduardo Toniolli (MC) y Leandro Busatto (FV-PJ), por el cual se modifica la Ley Nº 11.273 que regula el uso de productos fitosanitarios, se había postergado su tratamiento y se había acordado una nueva preferencia para la sesión ordinaria del jueves 15 de octubre de 2015, a pesar del insistente reclamo de las diferentes organizaciones que se habían movilizado frente a la Legislatura, en la que claudicó ante el Proyecto de Ley de la diputada socialista Inés Bertero (PS-FPCS), cuya media sanción (Expediente 31888 CD) se comunicó al Senado para su tratamiento y sanción definitiva, que nunca prosperó.
 
Vale recordar, asimismo, que no había avanzado en su momento en la Legislatura de la Provincia de Santa Fe el Proyecto de Ley (Expediente 27779 DB) de los diputados José María Tessa (MC), Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), Pablo Di Bert (MC), Oscar Urruty (MC) y otros; ingresado el 30 de mayo de 2013 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados por el cual “se modifica la Ley Nº 11.273 (Productos Fitosanitarios)”. Si bien la iniciativa había obtenido los despachos de las comisiones correspondientes de Diputados, no pudo ser tratado en ese Período Ordinario de Sesiones por haber fracasado la sesión del jueves 27 de noviembre de 2014 en la que debía ser abordado el mismo.
 
El diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), uno de los coautores, no consiguió respaldo en la sesión extraordinaria del jueves 18 de diciembre de la Cámara de Diputados, última sesión de ese año 2014, para el Proyecto de Comunicación (Expediente 29880 FP-UCR) por el cual hubiese visto con agrado que el Poder Ejecutivo hubiera incluido en el temario para las sesiones extraordinarias el citado Proyecto de Ley (Expediente 27779 DB). Como no fue aprobado en ese período legislativo, el mismo perdió estado parlamentario el 30 de abril de 2015.
 
En función de ello, el diputado provincial José María Tessa (MC), acompañado de sus pares: Patricia Gazcué (MC), Marcela Aeberhard (MC), Eduardo Toniolli (MC) y Leandro Busatto (FV-PJ), presentó el Proyecto de Ley de su autoría y suscripto por los nombrados, el 7 de mayo de 2015 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados, de idéntico tenor al que perdió estado parlamentario y, para el cual, había acordado una preferencia de tratamiento para la sesión ordinaria del jueves 15 de octubre de 2015, porque “existe un compromiso y la voluntad de que obtenga sanción favorable por parte de este Cuerpo”, que no prosperó y quedó relegado ante el Proyecto de Ley de la diputada socialista Inés Bertero (PS-FPCS) como se indica más arriba.
 
La actual agricultura se compone de un paquete tecnológico compuesto por la siembra directa, las semillas transgénicas y los agroquímicos. La modernización de la agricultura y el incremento de la producción, tanto en volumen como en extensión cultivada, fueron acompañados de un aumento en la utilización de plaguicidas (pesticidas o productos fitosanitarios) y fertilizantes, denominados agroquímicos. Los plaguicidas, una vez liberados en el ambiente, pueden contaminar los ríos, las capas freáticas, el aire, la tierra y los alimentos.
 
Los efectos de los agroquímicos sobre la salud humana pueden ser agudos y/o crónicos, los primeros se manifiestan a corto plazo, donde encontramos efectos neurológicos y de conductas, gastrointestinales, respiratorios, musculares y de piel. Las intoxicaciones agudas también pueden causar la muerte en el curso de las semanas. Los segundos, es decir los crónicos, se hacen evidentes luego de un largo período de tiempo y provocan problemas en el desarrollo y la reproducción.
 
Desde hace varios años se alerta por la presencia inusual de un número muy elevado de habitantes que presentan enfermedades malignas, cánceres principalmente, y también una excesiva aparición de malformaciones congénitas en recién nacidos, abortos espontáneos y trastornos de la fertilidad. La salud de la población que convive con esta producción refleja muestras evidentes de una agresión de gran magnitud que se expresa, principalmente, en las malformaciones, cánceres y abortos espontáneos.
 
Tras la sanción de la Ley Provincial Nº 11.273, en el año 1995, fue incesante el incremento del uso de agroquímicos, tanto en concentración como en cantidad. Este hecho obedeció no sólo al aumento del área dedicada a la agricultura sino a la igualmente incesante aparición de las llamadas “resistencias”, mecanismos de la naturaleza que reproduce sus ejemplares más “resistentes” frente a la agresión externa, lo cual ha generado una carrera entre agroquímicos y las llamadas “plagas”, sin un final predecible, en la cual el entorno medioambiental y dentro de éste los seres humanos no resultan meros espectadores.
 
Sin mayor esfuerzo se advierte que el incremento en concentraciones y toxicidades, independientemente del análisis de su viabilidad en el tiempo, va acompañado del empeoramiento de las condiciones ambientales y sanitarias. Las razones expuestas, que no excluyen otras, evidencian la necesidad de actualizar la legislación provincial, emergida en un contexto totalmente diferente, porque ahora se ha comprobado que “no existen agroquímicos inocuos” y que, además, “tienen directa vinculación con las discapacidades, malformaciones, padecimientos neurológicos y otras dolencias”.
 
En razón del grave problema, y en función del principio precautorio, creemos que es fundamental “prohibir las fumigaciones aéreas de plaguicidas en todo el territorio provincial” y, asimismo, “las fumigaciones terrestres deben alejarse de las plantas urbanas de pueblos y ciudades” con una zona de exclusión libre de agroquímicos “no menor a 800 metros del límite externo de las plantas urbanas” de pueblos y ciudades y “de 1.000 metros si hubiere establecimientos escolares rurales”; además de “prohibir la venta libre de estos productos agroquímicos nocivos para salud y el ambiente”; había fundamentado el diputado provincial José María Tessa (MC), acompañado de sus pares: Patricia Gazcué (MC), Marcela Aeberhard (MC), Eduardo Toniolli (MC) y Leandro Busatto (FV-PJ) el Proyecto de Ley suscripto por los nombrados que no prosperó en la sesión ordinaria del jueves 15 de octubre de 2015 de la Cámara de Diputados.
 
Cabe destacar que idéntico Proyecto de Ley (Expediente 27779 DB), presentado el 30 de mayo de 2013 por los diputados José María Tessa (MC), Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), Pablo Di Bert (MC), Oscar Urruty (MC) y otros, había perdido estado parlamentario por falta de tratamiento en tiempo y forma en la Cámara de Diputados, a pesar de que todos entienden que “resulta necesario modificar la Ley Nº 11.273 (Productos Fitosanitarios)”.
 
Vale recordar, además, que el diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), en la sesión del jueves 18 de diciembre de 2014 de la Cámara de Diputados, última de ese año, no logró el respaldo necesario para el Proyecto de Comunicación (Expediente 29880 FP-UCR) de su autoría, por el cual hubiese visto con agrado que el Poder Ejecutivo hubiera incluido en el temario para las sesiones extraordinarias el Proyecto de Ley (Expediente 27779 DB), por el cual se modifica la Ley Nº 11.273 (Productos Fitosanitarios)”, que contaba con los dictámenes de las comisiones correspondientes, pero que no pudo ser tratado en ese Período Ordinario por haber fracasado la sesión del jueves 27 de noviembre de 2014 en la que debía ser abordado el mismo.
 
Como no se incluyó en el temario de asuntos a tratar en ese Período Extraordinario, que finalizó el 30 de abril de 2015, perdió estado parlamentario, motivo por el cual el diputado José María Tessa (MC), acompañado de sus pares: Patricia Gazcué (MC), Marcela Aeberhard (MC), Eduardo Toniolli (MC) y Leandro Busatto (FV-PJ), el día 7 de mayo de 2015 ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 30056 DB), de idéntico tenor al anterior, que cedió ante el Proyecto de Ley (Expediente 30181 FP-PS) de la diputada socialista Inés Bertero (PS-FPCS) en la sesión ordinaria del jueves 15 de octubre de 2015 de la Cámara de Diputados, comunicándose la media sanción (Expediente 31888 CD) al Senado para su tratamiento y sanción definitiva, hecho que no prosperó.
 
Si bien la Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Santa Fe, Analía Colombo, había remitido a la Legislatura, a ambas Cámaras, una propuesta a fin de que “se prohíba la aplicación de toda clase de agroquímicos” ya sea tanto por vía terrestre como aérea en un radio no menor a 1.000 metros en torno a las escuelas rurales y, además, declarar la urgente protección especial de las fumigaciones a las niñas, niños y adolescentes, y el compromiso santafesino por una producción sustentable de alimentos sanos, ambiental y socialmente responsable, la misma sólo fue contemplada muy levemente en la iniciativa aprobada con 39 diputados y diputadas presentes y 11 ausentes con aviso bajo la presidencia del diputado Luis Daniel Rubeo (BJ) durante la anterior gestión, por 20 votos afirmativos, 13 votos negativos y 5 abstenciones; girándose la media sanción a la Senado para su consideración y sanción definitiva.
 
El Senado, en la sesión ordinaria del jueves 20 de octubre de 2016, a propuesta del senador radical Felipe Michlig (UCR-FPCS-San Cristóbal), presidente del Bloque Frente Progresista Cívico y Social, acordó una preferencia de tratamiento que nunca prosperó, a pesar de que había aclarado “en tanto y en cuanto se logre la unificación y acumulación de todas las iniciativas que abordan el tema en cuestión”.
 
Posteriormente, tres años después, con el único objetivo de instalar nuevamente el debate parlamentario, se procedió al ingreso del Proyecto de Ley (Expediente 39313 JL) el día 16 de mayo de 2019 por mesa de movimiento del Senado que consta de 42 artículos, autoría del senador justicialista Rubén Regis Pirola (BJ-Las Colonias), que propone la sustitución de la Ley Nº 11.273 de Fitosanitarios. Y, en igual dirección, el día 23 de mayo de 2019, por mesa de movimiento de Diputados, el diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), acompañado del diputado Gabriel Real (PDP-FPCS), ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 36425 CD-DB) que plantea modificaciones esenciales a la Ley Nº 11.273, no su sustitución, tal se explicita minuciosamente más arriba.
 
Ahora, en la 2ª sesión ordinaria de prórroga del día jueves 21 de noviembre de 2019 de Diputados, se otorgó media sanción al Proyecto de Ley (Expediente 36425 CD-FP-DBL) del diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS), acompañado del diputado Gabriel Real (PDP-FPCS), que figuraba como Preferencia Nº 5 como Proyecto de Ley (Expediente 34813 CD-FV-PJ) (Tratamiento Conjunto 36425 CD-FP y 36369 CD-IP) en cabeza del diputado Leandro Busatto (PJ-FV), y se modificaron mediante 6 artículos, 30 artículos de la Ley Nº 11.273 (Productos Fitosanitarios).
 
La iniciativa en cuestión había obtenido despacho favorable de tres comisiones internas, y necesitaba el dictamen de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General que preside el diputado Rubén Galassi (PS-FPCS). Se optó por el Proyecto de Ley (Expediente 36425 CD-FP-DB) del diputado radical Santiago Mascheroni (UCR-FPCS) y del diputado Gabriel Real (PDP-FPCS), en atención a que configuraba una “postura intermedia” entre la iniciativa apoyada por el sector agropecuario y la otra respaldada por las agrupaciones ecologistas.
 
Todo indica que, atentos a que esa media sanción puede ser tratada en el 138º Período Ordinario de Sesiones, es decir, durante el año 2020, por los nuevos integrantes de ambas Cámaras, el Senado actual, aunque la mayoría de los representantes territoriales repite mandato, que estudia el Proyecto de Ley (Expediente 39313 JL) del senador Rubén Pirola (BJ-Las Colonias), acordará y/o discutirá con dirigentes de CARSFE, CONINAGRO, Sociedad Rural (SRA) y Federación Agraria (FAA), y, de igual modo, con representantes de las organizaciones ecologistas, antes de validar la media sanción proveniente de Diputados o, en su defecto, respaldar la iniciativa del presidente provisional de “Senadores”, es decir, el otro asunto.  
 
Publicado: 23/Noviembre/2019

Fuente: Fernando Brosutti


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