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[ 18.04.2025 11:46 ]   ›

Martorano promueve ampliar y perfeccionar la prioridad de atención a los sectores con necesidades especiales

Se impulsa una modificación parcial a la Ley Nº 13.504 para incluir a las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) junto a mujeres con embarazo avanzado, personas con limitaciones físicas y de la tercera edad y otras

Martorano promueve ampliar y perfeccionar la prioridad de atención a los sectores con necesidades especiales
El día 3 de abril de 2025, por mesa de movimiento de Cámara de Diputados, la diputada justicialista Sonia Martorano (foto gentileza Prensa Diputados) (PJ), ex ministra de Salud provincial, presentó el Proyecto de Ley (Expediente 55989 CD-PJ) para su tratamiento a partir del 1º de mayo de 2025, fecha de inicio del 143º Período Ordinario, por el cual, mediante 6 artículos, impulsa modificaciones a la Ley Nº 13.504, con el fin de “actualizar y perfeccionar el marco normativo relativo a la atención preferencial para sectores con necesidades especiales”.
 
Y, para ello, se incluye a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) junto a mujeres con embarazo avanzado, personas con limitaciones físicas, personas neurodivergentes acreditado con certificado único, personas que asistan con menores de hasta un (1) año de edad, personas con enfermedades invalidantes y personas de la tercera edad que realicen trámites en forma personal, debiendo arbitrar las medidas que sean necesarias para su rápida atención”.
 
Aclara Martorano en el articulado que se entiende por “prioridad de atención” a la atención prestada de forma inmediata evitando demoras en la espera del turno, y agrega que se entiende por “personas con enfermedades invalidantes” aquellas que por efectos de su enfermedad y/o tratamiento, estén impedidas de realizar el trámite de manera ordinaria conforme lo establecerá la reglamentación.
 
Asimismo explicó que “los estacionamientos vehiculares deberán incluir espacios reservados para estos sectores con necesidades especiales” y, además, “contar con señalización adecuada”.
 
Cabe recordar que hace 10 años, el senador provincial Hugo Marcucci (UCR-FPCS-La Capital-Mandato Cumplido), quien en la sesión ordinaria del jueves 18 de junio de 2015 del Senado Santafesino, por unanimidad y sobre tablas, había obtenido el apoyo de sus pares presentes para el Proyecto de Ley (Expediente 30228 SEN) de su autoría, por el cual promueve que “las dependencias de los tres poderes del Estado y las entidades privadas que atiendan al público deberán otorgar prioridad y preferente atención a mujeres con embarazo avanzado, personas con limitaciones físicas y de la tercera edad que realicen trámites en forma personal, debiendo arbitrar las medidas que sean necesarias para su rápida atención”; había logrado en el mismo sentido que Cámara de Diputados, a solicitud del diputado radical Darío Boscarol (UCR-FPCS-Mandato Cumplido), en la sesión ordinaria del jueves 12 de noviembre de 2015, bajo la presidencia del diputado provincial justicialista Luis Rubeo (BJS-FV-Mandato Cumplido), con 33 diputados y diputadas presentes y 17 ausentes, por 31 votos afirmativos, ningún voto negativo y una abstención, aprobara por unanimidad la media sanción proveniente del Senado, completara el procedimiento parlamentario de ambas Cámaras y comunicase la flamante norma sancionada en forma definitiva al Poder Ejecutivo Provincial que, el día 6 de enero de 2016, promulgó y publicó en el Boletín Oficial como Ley Nº 13.504.
 
En todas las dependencias se exhibirá un cartel con la siguiente leyenda: ‘Atención preferencial a mujeres con embarazo avanzado, personas con limitaciones físicas o de la tercera edad’, y, ante su incumplimiento, el afectado podrá presentar la denuncia correspondiente ante el superior jerárquicamente, que la remitirá a quien competa para que le dé tratamiento y, en su caso, imponga a los denunciados la sanción administrativa que corresponda. La aplicación de 3 (tres) o más sanciones administrativas firmes por incumplimiento a lo establecido en la presente será considerado falta grave.
 
En el ámbito de entidades privadas, ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente, la autoridad de aplicación impondrá multa desde diez mil Módulos Tributarios (10.000 MT) hasta trescientos treinta mil Módulos Tributarios (330.000 MT), debiéndose considerar para su graduación la cantidad de personas afectadas, la gravedad de los incumplimientos y las características de la entidad incumplidora.
 
El valor del Módulo Tributario se determinará de acuerdo a lo establecido en el artículo 27º de la Ley Impositiva Anual (actualmente, según Ley Nº 14.386 del año 2024, es de 10 pesos). El Poder Ejecutivo Provincial invitará a los Municipios y Comunas a sancionar normas en idéntico sentido, para su aplicación en sus respectivas jurisdicciones.
 
El Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado (hoy Ministerio de Gobierno e Innovación Pública) en el ámbito del Poder Ejecutivo, las Presidencias de cada Cámara en el del Poder Legislativo, la Corte Suprema de Justicia en el del Poder Judicial, los entes reguladores correspondientes en el caso de prestadores de servicios públicos y la dependencia que establezca la reglamentación para el caso de las entidades privadas serán las autoridades de aplicación de la presente ley en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
 
“Nosotros, con esta iniciativa, y atento que los valores de la atención, tolerancia e integración forman parte de la educación cívica que cotidiana e informalmente se ha de impartir a la comunidad, queremos contemplar el caso de las mujeres en avanzado estado de gravidez y, también, la situación de las personas que sufren dolencias diversas, como asimismo los individuos que han ingresado a la tercera edad y se ven obligados a realizar ellos mismos sus trámites”; había fundamentado hace 10 años el senador radical con mandato cumplido Hugo Marcucci (UCR-FPCS-La Capital-Mandato Cumplido) el Proyecto de Ley (Expediente 30228 SEN) de su autoría, aprobado sobre tablas y por unanimidad en la sesión ordinaria de fecha 18 de junio de 2015 de Cámara de Senadores y, de igual modo, en la sesión ordinaria del jueves 12 de noviembre de 2015 de Cámara de Diputados, comunicándose la flamante norma sancionada en forma definitiva por la Legislatura de Santa Fe al Poder Ejecutivo Provincial que, el día 6 de enero de 2016, promulgó y publicó en el Boletín Oficial como Ley Nº 13.504.
 
Ahora, 10 años después, tal se explicita más arriba, la diputada justicialista Sonia Martorano (foto gentileza Prensa Diputados), promueve una modificación parcial de la citada Ley Nº 13.504 con la finalidad de “actualizar y perfeccionar el marco normativo relativo a la atención preferencial para sectores con necesidades especiales”, mediante el Proyecto de Ley (Expediente 55989 CD) que, presentado el día 3 de abril de 2025, será tratado a partir del 1º de mayo de 2025, fecha de inicio del 143º Período Ordinario. 
 
Publicado: 18/Abril/2025

Fuente: Fernando Brosutti


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