Mar, 30 de Abril de 2024 | 0:03 hs.

[ 19.04.2014 09:51 ]   ›

Para Pirola, las declaraciones de emergencia no son lo suficientemente eficaces

Los productores agropecuarios afectados necesitan herramientas más efectivas

Para Pirola, las declaraciones de emergencia no son lo suficientemente eficaces
El senador provincial justicialista Rubén Pirola (JDP-Las Colonias), presidente provisional de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, mediante el proyecto de ley (expediente 28557 JL) de su autoría, ingresado formalmente al Senado en la sesión extraordinaria especial del pasado día martes 15 de abril de 2014, y derivado a las Comisiones de Economía, Agricultura, Ganadería, Industria, Comercio y Turismo, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General para su estudio, enriquecimiento y consideración después del 1º de mayo del corriente año, inicio del período de sesiones ordinarias, propone modificaciones a la Ley Nº 11.297 de Emergencia Agropecuaria a los fines de acercar nuevas opciones al Poder Ejecutivo para brindar apoyo y asistencia a las regiones y productores agropecuarios afectados por factores de origen climático, telúrico, biológico o físico, porque la realidad que enfrenta la producción agropecuaria en los últimos años ha demostrado que esta herramienta, con su actual redacción, no resulta lo suficientemente eficaz debido a que no brinda una respuesta efectiva para contribuir a morigerar los efectos negativos que estas situaciones provocan en los sectores rurales.
 
Se proponen líneas de crédito con subsidio de tasas, mayores plazos y programas
 
Se propone, con las enmiendas, facilitar el “acceso a líneas de crédito con subsidio de tasas en el marco de programas que implemente el Poder Ejecutivo”; que “los plazos máximos otorgados para la cancelación de la obligaciones tributarias, una vez terminada la emergencia agropecuaria, se fijen en el mes posterior al de la fecha lógica y habitual de comercialización de las cosechas de cada región”; y la “creación del Programa de Asistencia a Productores Agropecuarios situados en zonas declaradas en Estado de Emergencia Agropecuaria y/o Desastre, con el objetivo de contribuir a reparar los daños causados por los factores que provocaron dicho estado y evitar la disminución de la producción”.
 
Se crea un Fondo de Asistencia a productores de zonas en emergencia o desastre
 
A fin de cumplir con este objetivo, se “crea un Fondo para la Asistencia a Productores Agropecuarios situados en zonas declaradas en Estado de Emergencia Agropecuaria y/o Desastre”, el que se integrará con el 5% de la participación que le corresponde a la Provincia en el Impuesto Inmobiliario por el artículo 120 inciso b) del Código Fiscal de la Ley 3456; pudiendo el Poder Ejecutivo afectar también para la integración de este Fondo, recursos correspondientes al Fondo de Estabilización Fiscal y de Inversión Pública previsto en el artículo 5º de la Ley Nº 12.403, las partidas disponibles en el Ministerio de la Producción en cada presupuesto anual, y las partidas que resulten necesarias para atender las situaciones encuadradas en el artículo 27 de la Ley Nº 12.510. El Fondo tendrá vigencia por 7 años prorrogables por 3 años más.
 
Se otorgará asistencia financiera a productores agrícolas, ganaderos y lecheros
 
Se autoriza al Poder Ejecutivo a implementar “una operatoria de líneas de crédito con subsidio de tasas a cargo de la Provincia, a fin de otorgar asistencia financiera a productores del sector agrícola, ganadero y lechero que posean sus explotaciones radicadas en la Provincia de Santa Fe en zonas declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario. A tal efecto, el Poder Ejecutivo procederá a licitar cupos de créditos y convenir con las entidades financieras los términos que regirán la instrumentación del Programa, debiendo remitir a la Legislatura los convenios para su aprobación.
 
Se licitarán cupos de créditos a convenir términos con las entidades financieras
 
Los créditos que se otorguen serán en pesos y, en cuanto al monto por unidad productiva, será determinado por la Comisión de Seguimiento del Programa de Asistencia a los Productores Agropecuarios creada al efecto, el que no podrá superar, para los productores tamberos: el monto correspondiente a dos veces el promedio mensual de producción de los últimos 6 meses; para los productores con actividad de cría e invernada de ganado: el 60% del costo de las pasturas efectivamente afectadas al declararse la emergencia y/o desastre; y para los productores agrícolas: el 60% de las pérdidas de producción sufridas y demostrables a juicio de la Comisión.
 
Se concederá el crédito subsidiado con garantía a sola firma o fianza de los socios
 
La tasa de interés será establecida por la Comisión especial, a la cual se dará intervención con anterioridad al llamado a licitación de los cupos de crédito. En cuanto al subsidio de tasa: hasta un 50% de la tasa de interés fijada en el caso de declaración en estado de emergencia, y hasta un 80% en caso de desastre. El plazo de gracia será de 6 meses a partir de la finalización del período por el cual fue declarada la situación de emergencia y/o desastre. Durante este período, el subsidio de tasa que se fije podrá alcanzar hasta un 100% de la tasa fijada. El plazo de devolución será de 18 meses mediante el sistema de amortización francés y semestral, a excepción de los tamberos que podrá ser mensual y, en cuanto a la garantía, a sola firma, fianza de los socios, garantías prendarias y, subsidiariamente, hipotecarias cuando el riesgo lo justifique.
 
La Ley Nº 11.297 no es lo suficientemente eficaz y no brinda respuestas efectivas
 
Declarada la emergencia, según la redacción actual de la Ley Nº 11.297, los beneficios a los que acceden los productores damnificados consisten en el diferimiento de obligaciones impositivas en caso de emergencia, condonaciones para el supuesto de declaración de desastre, suspensión del inicio de acciones legales y la posibilidad de acceder a otros beneficios en el orden nacional. Sin embargo, la realidad que enfrenta la producción en los últimos años ha demostrado que esta herramienta no resulta lo suficientemente eficaz en cuanto no brinda respuesta efectiva para contribuir a morigerar los efectos negativos que estas situaciones provocan en la producción.
 
Se han tomado como experiencia iniciativas anteriores que fueron muy exitosas
 
Los factores climáticos adversos son una constante en los últimos tiempos, habiendo provocado numerosas declaraciones de emergencia y desastre en el territorio provincial motivadas tanto por sequías como por abundantes excedentes hídricos y pluviales. Por ello se busca, con las modificaciones propuestas a la Ley Nº 11.297 de Emergencia Agropecuaria, alcanzar al Poder Ejecutivo nuevas opciones para brindar apoyo a las regiones afectadas, tomando como experiencia otras iniciativas anteriores que han resultado de exitosa implementación, como fueron los conocidos Programas Ganaderos y Lecheros instrumentados entre los años 2005 y 2008.
 
“Queremos aportar nuevas herramientas para morigerar los efectos negativos”
 
En definitiva, el senador provincial justicialista Rubén Pirola (JDP-Las Colonias), a través del proyecto de ley (expediente 28557 JL) de su autoría, ingresado formalmente a la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe en la sesión extraordinaria especial del día martes 15 de abril de 2014, para ser estudiado y enriquecido por las comisiones técnicas a partir del 1º de mayo del corriente, fecha de inicio del período de sesiones ordinarias, propicia “incorporar una autorización al Poder Ejecutivo para gestionar y licitar el otorgamiento de líneas de crédito para los productores afectados en condiciones que puedan ser afrontadas por los mismos y, a su vez, se prevé el otorgamiento de un subsidio en la tasa acordada y se constituye un Fondo especial con recursos provenientes del Impuesto Inmobiliario a fin de posibilitar la financiación de los costos de las medidas que se promueven”; no sin antes aclarar que espera que la iniciativa sea “enriquecida, mejorada y aumentada por el aporte de la discusión en las comisiones técnicas y el conocimiento cabal de los legisladores de las disímiles realidades del territorio provincial, a los fines de aprobarse, finalmente, una propuesta superadora”.
 
Publicado: 19/Abril/2014

Fuente: Fernando Brosutti


EL CLIMA
CORRESPONSALÍAS
  • FM IDEAL 99.7 - SAN JAVIER
  • RADIO COLON 91.3 - RAFAELA
  • CANAL 8 - RAFAELA
  • FM ARCO IRIS - 104.7
  • FM RECORD 89.7 - SANTO TOME
  • FM SOL 103.1 - TOSTADO
  • RADIO 88.1 - SALADERO CABAL
  • RADIO PATRIA - RECREO
  • RADIO CAÑERA - VILLA OCAMPO
  • FM 98.7 - LAS ROSAS
  • FM CONDOR - LAGUNA PAIVA
  • FM 100 - SAN JUSTO
  • FM 96.5 VILLA CONSTITUCION
  • FM 92.1 | ALCORTA
  • FM SOL 88.7Mhz - PEYRANO
NEWSLETTER

Recibí toda la información por
tu casilla de e-mail.

HORÓSCOPO

Obtén tu horóscopo diario con tu pronóstico gratis dándole clic a tu Signo del Zodiaco abajo