[ 17.12.2014 09:49 ] ›
Blanco avanzó en la creación del Sistema Provincial de Formación para el Trabajo
La formación continua de los trabajadores es condición esencial para su desarrollo
En la última sesión de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, la primera del actual período de sesiones extraordinarias, del pasado día jueves 11 de diciembre de 2014, se aprobó por unanimidad el proyecto de ley (expediente 28931 FP) del diputado socialista Joaquín Blanco (PS-FPCS), presentado el 28 de mayo del presente año con el acompañamiento de las diputadas Inés Bertero (PS-FPCS), Verónica Benas (PARES-FPCS) y Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), e incluido por el gobernador de la provincia de Santa Fe, Antonio Bonfatti, en el temario de los asuntos de interés público a considerar en este período extraordinario de sesiones, por el cual, mediante 30 artículos cuidadosamente elaborados y distribuidos en tres títulos, se crea, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, el Sistema Provincial de Formación para el Trabajo, con el objeto de impulsar el desarrollo y la formación permanente de las personas y el reconocimiento de las competencias laborales adquiridas en procesos formativos y en la vida del trabajo, y de contribuir a la productividad y competitividad de la economía provincial; comunicándose la media sanción al Senado para su estudio y consideración.
La finalidad del Sistema Provincial de Formación para el Trabajo es dar respuesta a la necesidad de información, desarrollo y certificación de las competencias a alcanzar en los diversos campos de la actividad productiva de bienes o servicios y del trabajo en general, vinculando la educación en y para el trabajo, con el objetivo de garantizar el efectivo goce del derecho a la formación para el trabajo.
Y, además, motivar a las personas a construir y progresar en su profesionalidad; satisfacer las necesidades de bienes y servicios y del trabajo en general; estimular a los empresarios y organizaciones sindicales a reconocer y validar las calificaciones socialmente construidas; promover la articulación entre la formación general y la formación para el trabajo; y optimizar la utilización de los recursos del Estado Provincial y de las distintas jurisdicciones y/u organizaciones vinculadas a programas, proyectos o acciones de formación para el trabajo.
Estamos convencidos que la formación continua de los trabajadores, es condición esencial para su crecimiento y desarrollo personal, y para mejorar su calidad de vida laboral y social. Pero asimismo creemos que la optimización, en cuanto a la productividad y competitividad de las empresas, no puede pretenderse sin la formación adecuada de su personal. En este contexto, el sistema propuesto permite no sólo garantizar la formación continua de los trabajadores, sino también ofrecer a quienes han desertado de la educación, oportunidades de formación para el ejercicio de una actividad laboral.
En cuanto al modo de financiamiento, se han considerado las características particulares del ámbito de aplicación, en la búsqueda de su viabilidad dentro del marco referente. La respuesta al interrogante sobre quiénes deberían pagar por la formación reconoce que corresponde a sus beneficiarios. Se benefician las empresas porque aumentan su productividad y rentabilidad; se beneficia la sociedad porque los costos del desempleo son inferiores y aumenta la cohesión social; y se benefician los trabajadores porque aumenta su posibilidad de ocupación, y la calidad de sus empleos y de sus vidas en el trabajo. Como corolario, resulta razonable que los gastos de formación sean cofinanciados por los actores que de ellos se benefician.
En relación a los gastos de inversión en formación a cargo de los empresarios, se estipula que ellos deben invertir en formación para el trabajo una suma equivalente al siete por mil (7%o) de la masa salarial declarada para la realización de todas las contribuciones y aportes legales. De no cumplirse con esa obligación, el importe no destinado a formación debe aportarse al Fondo Provincial de la Formación que se crea por la presente ley, para el trabajo con fines sociales e institucionales específicos; fundamentó el diputado socialista Joaquín Blanco (PS-FPCS), acompañado de las diputadas Inés Bertero (PS-FPCS), Verónica Benas (PARES-FPCS) y Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), el proyecto de ley (expediente 28931 FP) suscripto por los nombrados y aprobado por unanimidad en la sesión extraordinaria del día jueves 11 de diciembre de 2014 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, comunicándose la media sanción al Senado para su estudio, consideración y tratamiento.
Publicado: 17/Diciembre/2014
La finalidad del Sistema Provincial de Formación para el Trabajo es dar respuesta a la necesidad de información, desarrollo y certificación de las competencias a alcanzar en los diversos campos de la actividad productiva de bienes o servicios y del trabajo en general, vinculando la educación en y para el trabajo, con el objetivo de garantizar el efectivo goce del derecho a la formación para el trabajo.
Y, además, motivar a las personas a construir y progresar en su profesionalidad; satisfacer las necesidades de bienes y servicios y del trabajo en general; estimular a los empresarios y organizaciones sindicales a reconocer y validar las calificaciones socialmente construidas; promover la articulación entre la formación general y la formación para el trabajo; y optimizar la utilización de los recursos del Estado Provincial y de las distintas jurisdicciones y/u organizaciones vinculadas a programas, proyectos o acciones de formación para el trabajo.
Estamos convencidos que la formación continua de los trabajadores, es condición esencial para su crecimiento y desarrollo personal, y para mejorar su calidad de vida laboral y social. Pero asimismo creemos que la optimización, en cuanto a la productividad y competitividad de las empresas, no puede pretenderse sin la formación adecuada de su personal. En este contexto, el sistema propuesto permite no sólo garantizar la formación continua de los trabajadores, sino también ofrecer a quienes han desertado de la educación, oportunidades de formación para el ejercicio de una actividad laboral.
En cuanto al modo de financiamiento, se han considerado las características particulares del ámbito de aplicación, en la búsqueda de su viabilidad dentro del marco referente. La respuesta al interrogante sobre quiénes deberían pagar por la formación reconoce que corresponde a sus beneficiarios. Se benefician las empresas porque aumentan su productividad y rentabilidad; se beneficia la sociedad porque los costos del desempleo son inferiores y aumenta la cohesión social; y se benefician los trabajadores porque aumenta su posibilidad de ocupación, y la calidad de sus empleos y de sus vidas en el trabajo. Como corolario, resulta razonable que los gastos de formación sean cofinanciados por los actores que de ellos se benefician.
En relación a los gastos de inversión en formación a cargo de los empresarios, se estipula que ellos deben invertir en formación para el trabajo una suma equivalente al siete por mil (7%o) de la masa salarial declarada para la realización de todas las contribuciones y aportes legales. De no cumplirse con esa obligación, el importe no destinado a formación debe aportarse al Fondo Provincial de la Formación que se crea por la presente ley, para el trabajo con fines sociales e institucionales específicos; fundamentó el diputado socialista Joaquín Blanco (PS-FPCS), acompañado de las diputadas Inés Bertero (PS-FPCS), Verónica Benas (PARES-FPCS) y Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), el proyecto de ley (expediente 28931 FP) suscripto por los nombrados y aprobado por unanimidad en la sesión extraordinaria del día jueves 11 de diciembre de 2014 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, comunicándose la media sanción al Senado para su estudio, consideración y tratamiento.
Publicado: 17/Diciembre/2014
Fuente: Susana Goris
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