[ 06.03.2015 12:37 ] ›
La Legislatura de Santa Fe rechazó el veto de Bonfatti a la creación de cargos
Se incorporará personal al Poder Legislativo, acorde a “estrictas necesidades”
La Legislatura de la Provincia de Santa Fe; la Cámara de Senadores en la sesión extraordinaria del pasado día jueves 19 de febrero de 2015, y ahora la Cámara de Diputados en la sesión extraordinaria del día jueves 5 de marzo de 2015, en ambos casos por unanimidad y ningún voto negativo, aunque en este último caso con las abstenciones de los diputados socialistas: Inés Bertero (PS-FPCS), Eduardo Di Pollina (PS-FPCS) y Joaquín Blanco (PS-FPCS); rechazó en forma absoluta el veto parcial de Antonio Bonfatti a dos artículos de la Ley de Presupuesto, Ley Nº 13.463, habilitado a través del mensaje 4320 el 9 de febrero del corriente año, luego de algunas “negociaciones” entre poderes del Estado, para su tratamiento en el actual período extraordinario de sesiones; y, en tal sentido, quedó firme la posibilidad de “incorporar personal temporario al Poder Legislativo”.
Cabe destacar que el gobernador de la provincia de Santa Fe, Antonio Bonfatti, y los ministros de Economía y de Gobierno y Reforma del Estado, Ángel Sciara y Rubén Galassi respectivamente, habían firmado el martes 30 de diciembre de 2014 el decreto 4979 promulgando la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio Económico 2015, Ley Nº 13.463, no sin antes vetar el inciso a) en su párrafo 7 del artículo 26 y todo el texto del artículo 27 que había incorporado el Senado para suspender hasta el 30 de noviembre de 2015 la aplicación del artículo 3º de la Ley Provincial Nº 11.887, relacionado con la creación de cargos en el Poder Legislativo.
Con el veto al inciso a) en su párrafo 7 del artículo 26, ahora rechazado por ambas Cámaras por unanimidad, se impedía la posibilidad de “incorporar personal temporario al Poder Legislativo, encontrándose los créditos disponibles para su atención en la Jurisdicción 91 – Obligaciones a cargo del Tesoro. El Poder Ejecutivo asignará globalmente dicho crédito a cada Cámara Legislativa en oportunidad de disponer la distribución analítica de las partidas que por esta Ley se aprueban”.
El artículo 27, vetado en su totalidad, y también rechazado por ambas Cámaras por unanimidad, y que había sido agregado por los senadores, contempla “la suspensión hasta el 30 de noviembre de 2015 del artículo 3º de la Ley Provincial Nº 11.887”. Vale resaltar que con el rechazo absoluto y unánime del veto parcial del Poder Ejecutivo Provincial, se procederá “paulatinamente” a “la incorporación de cargos al Poder Legislativo, que se deberá llevar a cabo acorde con las estrictas necesidades de ambas Cámaras y respetando todos los procedimientos, normativas y formalidades del caso: concursos, antigüedad, funcionalidad, prioridades y otros”.
La Ley Provincial Nº 11.887, sancionada el 15 de mayo de 2001, estableció un sistema de retiro voluntario y de jubilación anticipada ordinaria especial para los agentes del Poder Legislativo, con la suspensión de cargos y la prohibición de efectuar designaciones en la planta permanente a partir de esa fecha. El artículo 3º de la mencionada Ley Provincial Nº 11.887, que la Legislatura a propuesta del Senado suspendió hasta el 30 de noviembre de 2015, es decir por casi un año, estipula: “Los cargos de los agentes de la planta permanente que hubieren obtenido cualquiera de los beneficios establecidos en esta Ley quedarán suprimidos, como así también las partidas presupuestarias correspondientes a partir de la baja definitiva de aquellos. A partir de la presente no se efectuarán designaciones de personal en planta permanente. No se podrán compensar partidas destinadas al rubro personal, salvo las necesarias para el cumplimiento de la presente Ley”. Es decir, con el rechazo al veto parcial del Poder Ejecutivo por parte de la Legislatura, primero el Senado y ahora la Cámara de Diputados, “se podrá incorporar personal temporario a la Legislatura de la Provincia de Santa Fe”.
El Poder Ejecutivo había advertido, como argumento del veto parcial, que “la incorporación de personal temporario a la Legislatura importa una modificación al Presupuesto vigente, sin establecer el alcance cuantitativo e institucional de la ampliación y reducción, la que se plantea en detrimento de otras acciones contempladas en el proyecto aprobado por dicha Legislatura”. Y, además, “el nuevo gasto va en detrimento del equilibrio con que fue elaborado el Presupuesto 2015”, como asimismo “se violenta la Ley Provincial Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado”.
El Poder Ejecutivo había destacado también en los fundamentos que “en ambos artículos se incorporan aspectos que no se encuentran debidamente individualizados”; advirtiendo además que “con los vetos y la promulgación parcial con las partes no observadas, se ratifica la integridad económica y jurídica de la Ley de Presupuesto y su unidad sistémica y financiera”.
Cabe destacar que el artículo 59 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, en su último párrafo, señala: “…el veto parcial de la Ley de Presupuesto no implica la necesidad de devolverlo totalmente a la Legislatura y puede promulgarse en las partes no observadas…”. Vale recordar que el Presupuesto de las Erogaciones de las Cámaras del Poder Legislativo, según el artículo 21 de la Ley de Presupuesto 2015, se fija en $1.187.406.000; para la Cámara de Senadores: $444.000.000; para la Cámara de Diputados: $743.406.000; sobre un Presupuesto de la Administración Provincial fijado en $75.881.063.000; es decir, poco menos del 1.60% para el Poder Legislativo de la Provincia de Santa Fe, uno de los porcentajes más bajos de la Argentina, porque en las otras Legislaturas Provinciales ronda el 2% y, en varios casos, lo supera.
En síntesis, la Legislatura de la Provincia de Santa Fe; primero la Cámara de Senadores en la sesión extraordinaria del pasado día jueves 19 de febrero de 2015, y ahora la Cámara de Diputados en la sesión extraordinaria del día jueves 5 de marzo del presente año, en ambos casos por unanimidad, aunque en este último caso con las abstenciones de los tres diputados socialistas: Inés Bertero (PS-FPCS), Eduardo Di Pollina (PS-FPCS) y Joaquín Blanco (PS-FPCS); rechazó el veto parcial del Poder Ejecutivo a la creación de cargos en el Poder Legislativo. En consecuencia, y atento a las estrictas necesidades de ambas Cámaras Legislativas, “se podrá incorporar personal al Poder Legislativo hasta el 30 de noviembre de 2015”, respetando todos los procedimientos establecidos.
Publicado: 06/Marzo/2015
Cabe destacar que el gobernador de la provincia de Santa Fe, Antonio Bonfatti, y los ministros de Economía y de Gobierno y Reforma del Estado, Ángel Sciara y Rubén Galassi respectivamente, habían firmado el martes 30 de diciembre de 2014 el decreto 4979 promulgando la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio Económico 2015, Ley Nº 13.463, no sin antes vetar el inciso a) en su párrafo 7 del artículo 26 y todo el texto del artículo 27 que había incorporado el Senado para suspender hasta el 30 de noviembre de 2015 la aplicación del artículo 3º de la Ley Provincial Nº 11.887, relacionado con la creación de cargos en el Poder Legislativo.
Con el veto al inciso a) en su párrafo 7 del artículo 26, ahora rechazado por ambas Cámaras por unanimidad, se impedía la posibilidad de “incorporar personal temporario al Poder Legislativo, encontrándose los créditos disponibles para su atención en la Jurisdicción 91 – Obligaciones a cargo del Tesoro. El Poder Ejecutivo asignará globalmente dicho crédito a cada Cámara Legislativa en oportunidad de disponer la distribución analítica de las partidas que por esta Ley se aprueban”.
El artículo 27, vetado en su totalidad, y también rechazado por ambas Cámaras por unanimidad, y que había sido agregado por los senadores, contempla “la suspensión hasta el 30 de noviembre de 2015 del artículo 3º de la Ley Provincial Nº 11.887”. Vale resaltar que con el rechazo absoluto y unánime del veto parcial del Poder Ejecutivo Provincial, se procederá “paulatinamente” a “la incorporación de cargos al Poder Legislativo, que se deberá llevar a cabo acorde con las estrictas necesidades de ambas Cámaras y respetando todos los procedimientos, normativas y formalidades del caso: concursos, antigüedad, funcionalidad, prioridades y otros”.
La Ley Provincial Nº 11.887, sancionada el 15 de mayo de 2001, estableció un sistema de retiro voluntario y de jubilación anticipada ordinaria especial para los agentes del Poder Legislativo, con la suspensión de cargos y la prohibición de efectuar designaciones en la planta permanente a partir de esa fecha. El artículo 3º de la mencionada Ley Provincial Nº 11.887, que la Legislatura a propuesta del Senado suspendió hasta el 30 de noviembre de 2015, es decir por casi un año, estipula: “Los cargos de los agentes de la planta permanente que hubieren obtenido cualquiera de los beneficios establecidos en esta Ley quedarán suprimidos, como así también las partidas presupuestarias correspondientes a partir de la baja definitiva de aquellos. A partir de la presente no se efectuarán designaciones de personal en planta permanente. No se podrán compensar partidas destinadas al rubro personal, salvo las necesarias para el cumplimiento de la presente Ley”. Es decir, con el rechazo al veto parcial del Poder Ejecutivo por parte de la Legislatura, primero el Senado y ahora la Cámara de Diputados, “se podrá incorporar personal temporario a la Legislatura de la Provincia de Santa Fe”.
El Poder Ejecutivo había advertido, como argumento del veto parcial, que “la incorporación de personal temporario a la Legislatura importa una modificación al Presupuesto vigente, sin establecer el alcance cuantitativo e institucional de la ampliación y reducción, la que se plantea en detrimento de otras acciones contempladas en el proyecto aprobado por dicha Legislatura”. Y, además, “el nuevo gasto va en detrimento del equilibrio con que fue elaborado el Presupuesto 2015”, como asimismo “se violenta la Ley Provincial Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado”.
El Poder Ejecutivo había destacado también en los fundamentos que “en ambos artículos se incorporan aspectos que no se encuentran debidamente individualizados”; advirtiendo además que “con los vetos y la promulgación parcial con las partes no observadas, se ratifica la integridad económica y jurídica de la Ley de Presupuesto y su unidad sistémica y financiera”.
Cabe destacar que el artículo 59 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, en su último párrafo, señala: “…el veto parcial de la Ley de Presupuesto no implica la necesidad de devolverlo totalmente a la Legislatura y puede promulgarse en las partes no observadas…”. Vale recordar que el Presupuesto de las Erogaciones de las Cámaras del Poder Legislativo, según el artículo 21 de la Ley de Presupuesto 2015, se fija en $1.187.406.000; para la Cámara de Senadores: $444.000.000; para la Cámara de Diputados: $743.406.000; sobre un Presupuesto de la Administración Provincial fijado en $75.881.063.000; es decir, poco menos del 1.60% para el Poder Legislativo de la Provincia de Santa Fe, uno de los porcentajes más bajos de la Argentina, porque en las otras Legislaturas Provinciales ronda el 2% y, en varios casos, lo supera.
En síntesis, la Legislatura de la Provincia de Santa Fe; primero la Cámara de Senadores en la sesión extraordinaria del pasado día jueves 19 de febrero de 2015, y ahora la Cámara de Diputados en la sesión extraordinaria del día jueves 5 de marzo del presente año, en ambos casos por unanimidad, aunque en este último caso con las abstenciones de los tres diputados socialistas: Inés Bertero (PS-FPCS), Eduardo Di Pollina (PS-FPCS) y Joaquín Blanco (PS-FPCS); rechazó el veto parcial del Poder Ejecutivo a la creación de cargos en el Poder Legislativo. En consecuencia, y atento a las estrictas necesidades de ambas Cámaras Legislativas, “se podrá incorporar personal al Poder Legislativo hasta el 30 de noviembre de 2015”, respetando todos los procedimientos establecidos.
Publicado: 06/Marzo/2015
Fuente: Fernando Brosutti
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