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[ 20.04.2020 14:09 ]   ›

4.886 unidades productivas exceptuadas en la Provincia de Santa Fe, de las cuales 1.289 son industrias

Claudio Mossuz y Juan Marcos Aviano advirtieron que “el solo hecho de presentar el Protocolo no exceptúa a las empresas y comercios del aislamiento”

4.886 unidades productivas exceptuadas en la Provincia de Santa Fe, de las cuales 1.289 son industrias
En el habitual reporte matutino del Gobierno de la Provincia de Santa Fe de este lunes 20 de abril de 2020, en esta ocasión desde el Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología, a cargo del Secretario de Industria de la Provincia, Claudio Mossuz, y el Secretario de Comercio Interior de la Provincia, Juan Marcos Aviano, se detallaron las actividades que; mediante el Decreto Provincial Nº 0341 del Gobernador Omar Perotti que adhiere a la Decisión Administrativa Nº 524 de la Jefatura de Gabinete (Santiago Cafiero) del Gobierno Nacional; han quedado exceptuadas del ASPO (Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio) dispuesto por el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, como “estímulo a la economía” en el marco del “riguroso cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad” y, en función de ello, “4.886 unidades productivas han quedado exceptuadas en la Provincia de Santa Fe, de las cuales 1.289 son industrias”.
 
Para ello, los distintos rubros comerciales y empresariales debieron solicitar la correspondiente autorización a través de los respectivos Protocolos y Declaraciones Juradas (del empleador y del trabajador) al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia mediante la página Web oficial: www.santafe.gov.ar; en el espacio: Protocolos para actividades autorizadas en el aislamiento.
 
Los Protocolos, si bien hacen las veces de Declaración Jurada, “por el solo hecho de su presentación no exceptúa a la empresa del aislamiento”, eso en relación a las nuevas actividades exentas, ya que las anteriores, es decir, las del Decreto Nº 41, ya fueron exceptuadas oportunamente.
 
Durante este reporte matutino, Claudio Mossuz y Juan Marcos Aviano se refirieron a la Decisión Administrativa Nº 524 de la Jefatura de Gabinete (Santiago Cafiero) del Gobierno de la Nación Argentina que contempla 11 actividades que, a partir de este lunes 20 de abril de 2020, han quedado exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y para las cuales, “el Gobierno Provincial emitió el Decreto Nº 0341 de adhesión para que las empresas y comercios puedan solicitar la autorización al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia”.
 
En cuanto a la técnica operatoria, tanto para los comercios como para las industrias, recomendaron el “trabajo coordinado y consensuado con los municipios, comunas, sindicatos, cámaras y asociaciones que los agrupan” para el buen procedimiento.
 
Claudio Mossuz, en calidad de Secretario de Industria, enumeró las 2 nuevas actividades exceptuadas para el sector industrial: producción para la exportación y procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, pero antes de ello, “todo nuevo trámite de solicitud debe realizarse por escrito por ante la Secretaría de Industria” que, además de la autorización, brinda la asesoría pertinente.
 
Juan Marcos Aviano, en carácter de Secretario de Comercio Interior, se explayó en todo lo concerniente al sector comercial y de servicios, y aclaró que “con el comercio a distancia, sólo se autoriza el puerta a puerta de proveedor a consumidor, no de consumidor a proveedor”.
 
Y, para ello, “se habilita cualquier método de transporte de la mercadería: servicio de cadetería, de encomienda y hasta con su propio vehículo para el caso de comercios minoristas más pequeños”.
 
En el Protocolo de Acción para cada una de las actividades comerciales exceptuadas debe figurar “el vehículo habilitado: motocicleta, automóvil o utilitario, como asimismo los datos de los 2 empleados autorizados para preparar y empacar la mercadería, y los del titular y/o propietario del comercio”, dijo Juan Marcos Aviano, y reiteró la página Web oficial: www.santafe.gov.ar; con la sección: Protocolos para las actividades autorizadas en el aislamiento.
 
En relación a la modalidad y horarios, “cada localidad santafesina definirá la modalidad de entrega de los productos comerciales y los horarios”.
 
No obstante, Juan Marcos Aviano dijo que el Gobierno Provincial sugiere de 12:00 a 16:00, y añadió que “la ciudad de Santa Fe coincidió con ese horario (de 12 horas a 16 horas) y, en cambio, la ciudad de Rosario determinó un horario un poco más amplio”.
 
A pesar de la sugerencia provincial, “cada municipio y comuna tiene la facultad de disponer otro horario”, siempre teniendo en cuenta que “habrá más gente en la calle” y, por eso, “debemos tener mucho cuidado”.
 
“En cuanto a las Declaraciones Juradas y los Protocolos que configuran también Declaraciones Juradas, son una responsabilidad que asumen los sectores comerciales y de servicios”, destacó Juan Marcos Aviano, para luego explicar con lujo de detalles la Decisión Administrativa Nº 524 del Jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, a la cual adhirió el Gobierno Provincial mediante el Decreto Nº 0341/2020, con las actividades que están excluidas de la cuarentena.
 
Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos (repago y pago fácil).
 
Oficinas de rentas de las Provincias, de CABA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
 
Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas (propiedad inmueble o de automotor).
 
Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
 
Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
 
Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
 
Ópticas, con sistema de turno previo.
 
Peritos y liquidadores de sinistros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
 
Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
 
Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
 
Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
 
Juan Marcos Aviano dijo que “los Bancos están autorizados a aceptar hasta ocho (8) boletas a partir de este lunes 20 de abril de 2020”.
 
“Los Protocolos y las Declaraciones Juradas, en cuanto a su presentación, no está siendo cumplido por la totalidad de los comercios”, recriminó Juan Carlos Aviano, y reiteró la página Web oficial: www.santafe.gov.ar; y la correspondiente sección: Protocolos para las actividades autorizadas en el aislamiento; como asimismo “el trabajo conjunto de fiscalización y control por parte del Gobierno Provincial en coordinación con los Gobiernos Locales: Municipalidades y Comunas”.
 
Claudio Mossuz y Juan Marcos Aviano, además de coincidir con Omar Perotti en que “el estímulo y funcionamiento de la economía se realizará con el menor movimiento de personas en todo el territorio provincial”, reiteraron desde el Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe a cargo de Daniel Aníbal Costamagna, en el reporte matutino especial de este lunes 20 de abril de 2020, el habitual 0800-555-6549 para síntomas. 
 
Publicado: 20/Abril/2020

Fuente: Fernando Brosutti


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