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[ 28.10.2022 10:13 ]   ›

Licencias por Maternidad y Paternidad en los tres poderes del Estado Provincial recibirá media sanción de Diputados y Diputadas

Fabián Palo Oliver, Agustina Donnet y Rubén Giustiniani sintetizaron en una norma la “satisfacción de necesidades sociales”

Licencias por Maternidad y Paternidad en los tres poderes del Estado Provincial recibirá media sanción de Diputados y Diputadas
La comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de esta Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Santa Fe, dictaminó favorablemente el Proyecto de Ley (Expediente 46469 CD-Radicales Libres) del diputado Fabián Palo Oliver (Radicales Libres) acumulado al Expediente 46692 CD-IP de la diputada Agustina Donnet (IP) y el diputado Rubén Giustiniani (IP) por el cual establece el régimen de licencias por maternidad y paternidad para todos los trabajadores y trabajadoras de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Santa Fe, y, al incluirse en el Orden del Día de la sesión del 140º Período Ordinario que se realizará el día jueves 3 de noviembre de 2022, recibirá la media sanción correspondiente y se comunicará al Senado.
 
No debemos olvidar que el diputado Claudio Fabián Palo Oliver (Radicales Libres) había ingresado por mesa de movimiento el día 27 de abril de 2020 con el acompañamiento de sus pares del Bloque UCR-Evolución: Jimena Senn, Juan Cruz Cándido, Maximiliano Pullaro, Marlen Espíndola, Silvana Di Stéfano, Sergio Basile, Marcelo González, Fabián Bastía, Georgina Orciani y Silvia Ciancio, idéntico asunto por el cual, mediante 21 artículos, muchos de ellos con varios incisos, proponía un régimen de licencias por maternidad y paternidad para los trabajadores y trabajadoras de los tres poderes del Estado (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial).
 
En el marco de la 10ª sesión del 138º Período Ordinario de esta Cámara de Diputados y Diputadas del jueves 24 de setiembre de 2020 se adjuntó al Proyecto de Ley (Expediente 39459 CD-FE) de la diputada Cesira Arcando (FE) de similar tenor, y, en Tratamiento Conjunto con otros tres Proyectos de Ley (Expediente 38418 CD-PS) (Expediente 38692 CD-DB) (Expediente 40480 CD-PJ) muy parecidos, en el transcurso de la 12ª sesión del día 22 de octubre de 2020, según lo acordado y con preferencia de tratamiento, se dio media sanción por unanimidad y se comunicó al Senado donde caducó en su estado parlamentario por falta de tratamiento.
 
Esta iniciativa superó las diferencias, y unificó y/o acumuló, corrigió, mejoró y aumentó los Proyectos de Ley de la diputada mandato cumplido Silvia Augsburger (IP-MC) que perdiera estado parlamentario en dos ocasiones; el del diputado mandato cumplido Julio Francisco Garibaldi (PS-MC), también con pérdida de estado legislativo; y el de la diputada mandato cumplido Silvia Simoncini (PJ-MC), en este caso del mes de agosto de 2019; todos tomados como antecedentes.
 
Puede sintetizarse en: licencia por tratamiento con técnica de reproducción asistida (15 días); licencia por gestiones y encuentros vinculados con fines de adopción (15 días); licencia prenatal (45 días); licencia por nacimiento sin vida (30 días); licencia por maternidad o paternidad (30 días); licencia por adopción (30 días); licencia parental (150 días); licencia por maternidad, paternidad y adopción de hijos con discapacidad y/o requerimiento de cuidados especiales (año de vida y/o año desde la guarda); permisos de lactancia o alimentación; y licencia por adaptación escolar (3 horas diarias durante 5 días corridos con goce de haberes).
 
El Proyecto de Ley (Expediente 38274 CD-UCR) del diputado Fabián Palo Oliver (Radicales Libres) y el resto de los diputados y diputadas del Bloque Unión Cívica Radical-Evolución, que consta de 21 artículos cuidadosamente elaborados, muchos de ellos con varios incisos, recoge “el espíritu de numerosas acciones e iniciativas de diferentes ámbitos, que promueven la extensión de la licencia por maternidad y la incorporación del trabajador varón en las responsabilidades de cuidado de niños y niñas”, e impulsa el establecimiento de nuevas pautas para el Régimen de Licencias por Maternidad y Paternidad, cuyas disposiciones serán de aplicación para los trabajadores y las trabajadoras dependientes de los tres poderes del Estado Provincial (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial).
 
La presente iniciativa tiene por objeto promover: una mejor conciliación de las responsabilidades laborales y familiares de las trabajadoras y los trabajadores del Estado Provincial; la inserción y permanencia de las mujeres en edad reproductiva en el mercado laboral; la no discriminación en el ámbito laboral por razones de orientación sexual y/o identidad de género; y una distribución más equitativa de las tareas domésticas y de cuidado entre varones y mujeres.
 
Y, también, garantizar: el derecho de los padres y madres trabajadoras del Estado Provincial a “poder contar con un tiempo propio destinado al cuidado de sus hijas e hijos en los primeros meses de vida”; el derecho de todo niño o niña a ser cuidado por sus progenitores durante su primera infancia; y el trato igualitario entre progenitores/as cualquiera sea el origen de su vínculo filial con su hijo o hija.
 
Los y las trabajadoras gozarán, cuando correspondan, de las siguientes licencias: 30 días por tratamiento con técnicas de reproducción médicamente asistida; 45 días anteriores a la fecha probable de parto (licencia prenatal); 30 días a partir del nacimiento, del otorgamiento de la guarda por adopción, o de la inscripción del hijo o hija en el Registro Civil (licencia por maternidad o paternidad); y licencia parental a uno de las o los progenitores hasta completar 150 días posteriores al nacimiento, otorgamiento de la guarda con fines de adopción o inscripción del hijo o hija en el Registro Civil.
 
En cuanto a los “permisos de lactancia”, dos (2) descansos de media hora para amamantar a su hija o hijo, en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a un (1) año posterior a la fecha del nacimiento. A opción de la trabajadora, “podrá acumularse la licencia diaria, ingresando una hora más tarde o retirándose una hora antes”.
 
En relación a la “licencia prenatal”, por la cual la trabajadora embarazada gozará de 45 días anteriores al parto, podrá optar por la reducción por un período que no podrá ser inferior a quince (15) días, salvo prescripción médica, a los fines de acumular el resto del período total de licencia prenatal al período de licencia por maternidad posterior al parto, de modo de “completar los setenta y cinco (75) días de licencia” para el caso de nacimiento pre término.
 
Nos enfrentamos así al desafío de, sosteniendo las disposiciones legales actuales que protegen la maternidad, actualizar nuestra legislación laboral incorporando medidas para equiparar las licencias por maternidad y paternidad sin distinción respecto al origen de la filiación de los hijos e hijas, y “promover que los padres participen más en el cuidado de sus hijos e hijas asumiendo una mayor parte de las responsabilidades en el hogar”.
 
La incorporación de los varones al tema de los cuidados es ciertamente un aspecto relativamente reciente, que requiere de su visibilización y de su estímulo tanto en las políticas públicas como en las leyes, en especial en las normas que “regulan la vida laboral de varones y mujeres”.
 
El Proyecto de Ley (Expediente 38274 CD-UCR) ingresó el día 27 de abril de 2020 por mesa de movimiento de esta Cámara de Diputados y Diputadas y, en el marco de la 12ª sesión virtual del 138º Período Ordinario de Sesiones del jueves 22 de octubre de 2020, luego de su acumulación y/o unificación con otros Proyectos de Ley de similar tenor, en Tratamiento Conjunto, luego de obtener dictamen favorable de las comisiones internas y el consenso en Labor Parlamentaria, resultó sancionado por unanimidad, comunicándose la media sanción al Senado donde caducó.
 
Los diputados y diputadas, con esa media sanción, habían avanzado en “eliminar las desigualdades” que aún persisten con respecto a las licencias por razones de sexo u orientación sexual y, además, en “condensar visiones, superar diferencias y sistematizar en una norma la satisfacción de las necesidades que plantean las transformaciones sociales”, después de los fundamentos dados durante la sesión del 22 de octubre de 2020 en forma remota por el diputado radical Claudio Fabián Palo Oliver y, si bien se aprobó por unanimidad en esa fecha en “Diputados y Diputadas”, caducó en el Senado en su estado parlamentario.
 
Ante ello, el diputado Fabián Palo Oliver presentó idéntico Proyecto de Ley (Expediente 46469 CD-Radicales Libres) que, acumulado al Proyecto de Ley (Expediente 46692 IP) de la diputada Agustina Donnet y el diputado Rubén Giustiniani, y luego de lograr el dictamen favorable de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de esta Cámara de Diputados y Diputadas y su inclusión en el Orden del Día de la sesión que se realizará el día jueves 3 de noviembre de 2022, recibirá nuevamente la media sanción respectiva y se comunicará, como hace dos años, al Senado para que complete el procedimiento con la sanción definitiva.
 
Publicado: 28/Octubre/2022

Fuente: Susana Goris


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