[ 17.11.2022 08:04 ] ›
Sadop solicitó la nulidad de la Circular N°4 que establece nuevas pautas para las escuelas secundarias
Por presentar falencias legales y de imposibilidad de instrumentación, expresaron Bayugar y Lucero.
![Sadop solicitó la nulidad de la Circular N°4 que establece nuevas pautas para las escuelas secundarias](/data/img_cont/img_imagenes/img_gr/16522.jpeg)
Por presentar falencias legales y de imposibilidad de instrumentación, las seccionales Rosario y Santa Fe de Sadop presentaron esta mañana, una revocatoria por vía administrativa a la Circular N°4 que establece las condiciones de trabajo y evaluación para las escuelas secundarias. La misma lleva las firmas de los secretarios generales Martín Lucero y Pedro Bayúgar y está dirigida a Gregorio Vietto, Subsecretario de Educación Secundaria.
La presentación se sustenta en que el contenido de la misma “manifiesta un profundo desconocimiento de la dinámica propia de la docencia secundaria” y en sus artículos “no hay una sola indicación acerca de cómo se pueden llevar a cabo dos trayectos educativos diferentes en una misma aula, ni mucho menos cómo asegurar su cumplimiento”. Se afirma que la Circular es “absurda” en tanto ni siquiera considera los espacios disponibles en cada establecimiento: “se establecen algunos contenidos y tareas para alumnos de trayectoria sostenida y otros para quienes tuvieron trayectoria intermitente. Pero en la misma aula”.
La impugnación también refiere a los criterios de evaluación -o no- de cada alumno porque no se fija, por ejemplo, qué se hace con un alumno que no quiere cumplir las tareas que se le asignan pero está entre los que alcanzaron durante el año una “trayectoria sostenida”.
Por otro lado, se señala que “resulta notable que al mes de noviembre haya apenas cuatro circulares dictadas por esa Subsecretaría” porque tan bajo número “demuestra el nivel de preocupación por la Educación Media del funcionariado ministerial”.
Pero además de lo estrictamente escolar, la revocatoria incumple con aspectos jurídicos dado que pretende alzarse contra Decretos Provinciales (como el 817/1981) que regulan la educación secundaria, y contra Resoluciones de la propia Ministra. En ambos casos, la Circular no puede contradecir normas superiores.
Finalmente, Lucero y Bayúgar sostienen que “esta Circular revela más una movida política, mediática, que una instrucción educativa seria y científica”.
La presentación se sustenta en que el contenido de la misma “manifiesta un profundo desconocimiento de la dinámica propia de la docencia secundaria” y en sus artículos “no hay una sola indicación acerca de cómo se pueden llevar a cabo dos trayectos educativos diferentes en una misma aula, ni mucho menos cómo asegurar su cumplimiento”. Se afirma que la Circular es “absurda” en tanto ni siquiera considera los espacios disponibles en cada establecimiento: “se establecen algunos contenidos y tareas para alumnos de trayectoria sostenida y otros para quienes tuvieron trayectoria intermitente. Pero en la misma aula”.
La impugnación también refiere a los criterios de evaluación -o no- de cada alumno porque no se fija, por ejemplo, qué se hace con un alumno que no quiere cumplir las tareas que se le asignan pero está entre los que alcanzaron durante el año una “trayectoria sostenida”.
Por otro lado, se señala que “resulta notable que al mes de noviembre haya apenas cuatro circulares dictadas por esa Subsecretaría” porque tan bajo número “demuestra el nivel de preocupación por la Educación Media del funcionariado ministerial”.
Pero además de lo estrictamente escolar, la revocatoria incumple con aspectos jurídicos dado que pretende alzarse contra Decretos Provinciales (como el 817/1981) que regulan la educación secundaria, y contra Resoluciones de la propia Ministra. En ambos casos, la Circular no puede contradecir normas superiores.
Finalmente, Lucero y Bayúgar sostienen que “esta Circular revela más una movida política, mediática, que una instrucción educativa seria y científica”.
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