[ 04.06.2025 12:05 ] ›
Motta recomienda que “los convencionales reformadores que desempeñen un cargo público no perciban remuneración adicional”
“Quienes cumplan una función pública y tengan satisfecho el recaudo de la remuneración no percibirán un adicional por su tarea” sugiere el senador radical

El Senado Santafesino acordó para el jueves 12 de junio de 2025 una preferencia de tratamiento para el Proyecto de Ley (Expediente 52000 UCSFL) del senador Esteban Motta (fotografía del Diario Digital El Protagonista Web – EPE) (UCR-UCSF-San Martín), presentado por mesa de movimiento el 27 de marzo de 2025, por el cual, mediante un par de artículos, propone que “los convencionales reformadores que desempeñen un cargo público y tengan satisfecho el recaudo de la remuneración no percibirán un adicional por su tarea”.
Se dispone que “quienes resulten electos como convencionales reformadores conforme la Ley Nº 14.384 y desempeñen durante el funcionamiento de esta Convención Reformadora un cargo público del Poder Ejecutivo o del Poder Legislativo nacional, provincial, municipal o comunal no percibirán una remuneración adicional por su tarea”, reza la parte resolutiva del artículo 1º del Proyecto de Ley.
Aclaró Esteban Motta que “nuestra Constitución Provincial, en su artículo 14º, dispone que los convencionales gozan de las mismas inmunidades y remuneración de los legisladores mientras ejerzan sus funciones”.
Y agregó que “esta disposición procura garantizar el adecuado desempeño de las tareas de los convencionales reformadores, tanto en relación con las inmunidades de expresión y de arresto con las que cuentan los legisladores, como en el derecho a una remuneración”.
“Sin embargo, nuestra Constitución Provincial no contempló la posibilidad de que resulten electos quienes ya se encuentran cumpliendo una función pública en el ámbito del Poder Legislativo o en el Poder Ejecutivo, tanto de la provincia como en Nación, o en MM y CC”, explicó el senador radical.
Y añadió en el mismo sentido que “estas personas tendrían satisfecho el recaudo de la remuneración y, aunque dicha percepción se refiera a otra tarea, el hecho de que no cesen en ella y continúen recibiéndola, justifica que no se les asigne una remuneración adicional”.
“En efecto, corresponde, en sintonía con la necesidad de tornar eficiente el gasto público, limitar las remuneraciones de quienes, al momento de la celebración de la histórica Convención Reformadora (desde el 14 de julio hasta el 12 de septiembre de 2025) se encuentren cumpliendo funciones públicas remuneradas”, fundamentó Esteban Motta el Proyecto de Ley (Expediente 52000 UCSFL) de su autoría que, ingresado el 27 de marzo de 2025 por mesa de movimiento, tiene preferencia de tratamiento acordada para la 3ª sesión ordinaria del 143º Período de esta Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe que será convocada para el jueves 12 de junio de 2025, aunque requiere el dictamen de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General y el acuerdo en la reunión de Labor Parlamentaria.
Publicado: 04/Junio/2025
Se dispone que “quienes resulten electos como convencionales reformadores conforme la Ley Nº 14.384 y desempeñen durante el funcionamiento de esta Convención Reformadora un cargo público del Poder Ejecutivo o del Poder Legislativo nacional, provincial, municipal o comunal no percibirán una remuneración adicional por su tarea”, reza la parte resolutiva del artículo 1º del Proyecto de Ley.
Aclaró Esteban Motta que “nuestra Constitución Provincial, en su artículo 14º, dispone que los convencionales gozan de las mismas inmunidades y remuneración de los legisladores mientras ejerzan sus funciones”.
Y agregó que “esta disposición procura garantizar el adecuado desempeño de las tareas de los convencionales reformadores, tanto en relación con las inmunidades de expresión y de arresto con las que cuentan los legisladores, como en el derecho a una remuneración”.
“Sin embargo, nuestra Constitución Provincial no contempló la posibilidad de que resulten electos quienes ya se encuentran cumpliendo una función pública en el ámbito del Poder Legislativo o en el Poder Ejecutivo, tanto de la provincia como en Nación, o en MM y CC”, explicó el senador radical.
Y añadió en el mismo sentido que “estas personas tendrían satisfecho el recaudo de la remuneración y, aunque dicha percepción se refiera a otra tarea, el hecho de que no cesen en ella y continúen recibiéndola, justifica que no se les asigne una remuneración adicional”.
“En efecto, corresponde, en sintonía con la necesidad de tornar eficiente el gasto público, limitar las remuneraciones de quienes, al momento de la celebración de la histórica Convención Reformadora (desde el 14 de julio hasta el 12 de septiembre de 2025) se encuentren cumpliendo funciones públicas remuneradas”, fundamentó Esteban Motta el Proyecto de Ley (Expediente 52000 UCSFL) de su autoría que, ingresado el 27 de marzo de 2025 por mesa de movimiento, tiene preferencia de tratamiento acordada para la 3ª sesión ordinaria del 143º Período de esta Cámara de Senadores de la provincia de Santa Fe que será convocada para el jueves 12 de junio de 2025, aunque requiere el dictamen de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General y el acuerdo en la reunión de Labor Parlamentaria.
Publicado: 04/Junio/2025
Fuente: Fernando Brosutti

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