[ 12.08.2015 09:45 ] ›
Para Tessio, “el ataque de un perro de 35 kilos es, por sí mismo, muy peligroso”
Se acordó regular legalmente la cría y circulación de perros de razas peligrosas

Para la sesión ordinaria del día jueves 13 de agosto de 2015 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, convocada en tiempo y forma por el presidente del cuerpo legislativo, diputado provincial justicialista Luis Rubeo (BJS-FV), la diputada radical Griselda Tessio (UCR-FPCS), acompañada en la fotografía del vicegobernador y diputado provincial electo Jorge Henn (UCR-FPCS), acordó con sus pares oficialistas y de la oposición una preferencia de tratamiento, si consigue el despacho respectivo de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, para el Proyecto de Ley (Expediente 29356 FP-UCR) de su autoría que consta de 23 artículos elaborados con sumo cuidado, algunos con varios incisos, ingresado sobre tablas en el transcurso de la sesión ordinaria del día jueves 21 de agosto de 2014, hace casi un año, por el cual pretende establecer la normativa jurídica provincial aplicable a la tenencia, cría, adiestramiento y circulación en lugares públicos de perros de razas potencialmente peligrosas, a efectos de ser compatible con la seguridad de las personas y de otros animales; con la aclaración que los preceptos de la presente ley no son de aplicación para perros que pertenezcan a fuerzas armadas y de seguridad, tanto nacional como provincial.
Se consideran perros de razas potencialmente peligrosas, con independencia de su agresividad, a aquellos incluidos dentro de una tipología racial que, por su naturaleza agresiva, su porte y potencia de mandíbulas, tengan la capacidad de causar lesiones de gravedad a personas y otros animales; teniendo dichas características las siguientes razas: Akita Inu; American Staffordshire; Bullmastiff; Bull Terrier; Ca de Bou; Cane Corso; Cao da Serra da Estrella; Cimarrón de Uruguay; Doberman; Dogo Argentino; Dogo de Burdeos; Fila Brasileño; Gran Perro Japonés; Mastín Napolitano; Pitbull Terrier; Presa Canario; Rottweiler; Staffordshire Bull Terrier.
Si bien la peligrosidad canina depende tanto de factores ambientales como genéticos, de la selección que se haga de ciertos individuos, y de que sean específicamente seleccionados y adiestrados para el ataque y para inferir daños a terceros, es indudable que hay razas que por sus características tipológicas, son potencialmente más agresivas que otras, y que su ataque conlleva mayor peligrosidad, en atención al peso, fuerza y mordedura del can.
Se pretende, con este proyecto de ley, señalar una posible acción típica de su naturaleza y legislar sobre el tema, previniendo, ordenando y fomentando la responsabilidad que implica adquirir un perro de una raza determinada. El ataque de un perro de 35 kilos es por sí mismo peligroso, y las lesiones ocasionadas pueden ir desde la mordedura, el desgarro, pérdida de tejidos, lesiones en capas, esguinces, fracturas, hasta ocasionar la muerte de la persona atacada.
La población etaria más vulnerable a estos ataques, la constituyen los niños. Se calcula que los mismos tienen dos veces más posibilidades de ser víctima de una agresión canina que un adulto, y tres veces más posibilidades de que sea una agresión grave. En menor medida, pero también en un porcentaje destacado, le siguen las personas mayores de 70 años, razón por la cual se hace imperioso legislar sobre el tema en la provincia de Santa Fe a los fines de garantizar la protección de la salud y la integridad de las personas, manteniendo el orden público.
Vemos a diario en plazas y veredas: perros de razas potencialmente peligrosas, que caminan sin collar, bozal, ni correa, y si como ciudadanos pedimos a sus dueños que los retengan, o adopten medidas de prevención ante eventuales ataques, no obtenemos respuesta alguna. Tener un perro, o cualquier animal, siempre implica una responsabilidad y, en ese sentido, criar, vender, adiestrar o ser propietario de un perro de los contemplados en el presente proyecto de ley, debe asumirse como una seria responsabilidad legal; fundamentó la diputada provincial radical Griselda Tessio (UCR-FPCS), acompañada en la fotografía del vicegobernador y diputado provincial electo Jorge Henn (UCR-FPCS), el Proyecto de Ley (Expediente 29356 FP-UCR) de su autoría, ingresado sobre tablas en la sesión ordinaria del día jueves 21 de agosto de 2014 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, hace casi un año, y para el cual, por unanimidad, acordó con sus pares oficialistas y de la oposición una preferencia de tratamiento para la sesión ordinaria convocada para el día jueves 13 de agosto de 2015; réplica de otro de similar tenor, ahora corregido, mejorado y aumentado, que presentara la susodicha en el año 2012 y perdiera estado parlamentario por falta de tratamiento en tiempo y forma.
Publicado: 12/Agosto/2015
Se consideran perros de razas potencialmente peligrosas, con independencia de su agresividad, a aquellos incluidos dentro de una tipología racial que, por su naturaleza agresiva, su porte y potencia de mandíbulas, tengan la capacidad de causar lesiones de gravedad a personas y otros animales; teniendo dichas características las siguientes razas: Akita Inu; American Staffordshire; Bullmastiff; Bull Terrier; Ca de Bou; Cane Corso; Cao da Serra da Estrella; Cimarrón de Uruguay; Doberman; Dogo Argentino; Dogo de Burdeos; Fila Brasileño; Gran Perro Japonés; Mastín Napolitano; Pitbull Terrier; Presa Canario; Rottweiler; Staffordshire Bull Terrier.
Si bien la peligrosidad canina depende tanto de factores ambientales como genéticos, de la selección que se haga de ciertos individuos, y de que sean específicamente seleccionados y adiestrados para el ataque y para inferir daños a terceros, es indudable que hay razas que por sus características tipológicas, son potencialmente más agresivas que otras, y que su ataque conlleva mayor peligrosidad, en atención al peso, fuerza y mordedura del can.
Se pretende, con este proyecto de ley, señalar una posible acción típica de su naturaleza y legislar sobre el tema, previniendo, ordenando y fomentando la responsabilidad que implica adquirir un perro de una raza determinada. El ataque de un perro de 35 kilos es por sí mismo peligroso, y las lesiones ocasionadas pueden ir desde la mordedura, el desgarro, pérdida de tejidos, lesiones en capas, esguinces, fracturas, hasta ocasionar la muerte de la persona atacada.
La población etaria más vulnerable a estos ataques, la constituyen los niños. Se calcula que los mismos tienen dos veces más posibilidades de ser víctima de una agresión canina que un adulto, y tres veces más posibilidades de que sea una agresión grave. En menor medida, pero también en un porcentaje destacado, le siguen las personas mayores de 70 años, razón por la cual se hace imperioso legislar sobre el tema en la provincia de Santa Fe a los fines de garantizar la protección de la salud y la integridad de las personas, manteniendo el orden público.
Vemos a diario en plazas y veredas: perros de razas potencialmente peligrosas, que caminan sin collar, bozal, ni correa, y si como ciudadanos pedimos a sus dueños que los retengan, o adopten medidas de prevención ante eventuales ataques, no obtenemos respuesta alguna. Tener un perro, o cualquier animal, siempre implica una responsabilidad y, en ese sentido, criar, vender, adiestrar o ser propietario de un perro de los contemplados en el presente proyecto de ley, debe asumirse como una seria responsabilidad legal; fundamentó la diputada provincial radical Griselda Tessio (UCR-FPCS), acompañada en la fotografía del vicegobernador y diputado provincial electo Jorge Henn (UCR-FPCS), el Proyecto de Ley (Expediente 29356 FP-UCR) de su autoría, ingresado sobre tablas en la sesión ordinaria del día jueves 21 de agosto de 2014 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, hace casi un año, y para el cual, por unanimidad, acordó con sus pares oficialistas y de la oposición una preferencia de tratamiento para la sesión ordinaria convocada para el día jueves 13 de agosto de 2015; réplica de otro de similar tenor, ahora corregido, mejorado y aumentado, que presentara la susodicha en el año 2012 y perdiera estado parlamentario por falta de tratamiento en tiempo y forma.
Publicado: 12/Agosto/2015
Fuente: Susana Goris

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