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[ 20.07.2020 12:42 ]   ›

Erica Hynes solicita que se proceda a efectuar la reglamentación de la Ley Nº 13.932 de preservación y defensa de los Humedales

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 13.932 y la publicó el 24 de enero de 2020 en el Boletín Oficial

Erica Hynes solicita que se proceda a efectuar la reglamentación de la Ley Nº 13.932 de preservación y defensa de los Humedales
La diputada socialista Erica Hynes (PS), acompañada de sus pares: Pablo Farías (PS), Claudia Balagué (PS), Pablo Pinotti (PS), María Laura Corgniali (PS), Lorena Ulieldín (PS) y Esteban Lenci (PS), mediante el Proyecto de Comunicación (Expediente 39388 CD-PS-FP) “vería con agrado” que el Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, proceda a efectuar la reglamentación de la Ley Nº 13.932 de preservación, conservación, defensa y mejoramiento de los humedales y sus elementos constitutivos, sancionada el 28 de noviembre de 2019, promulgada el 23 de diciembre de ese mismo año y publicada en el Boletín Oficial el 24 de enero de 2020. Asimismo, insta a que la misma se realice atendiendo a una mirada transversal que contemple la perspectiva de género.
 
Al respecto, el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Omar Perotti, secundado por el Ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, Esteban Borgonovo, registró como Ley Nº 13.932 el Proyecto del diputado radical Claudio Fabián Palo Oliver (UCR), vicepresidente del Interbloque Frente Progresista Cívico y Social de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, referido a la “preservación, conservación, defensa y mejoramiento de los Humedales”, la promulgó y publicó el día viernes 24 de enero de 2020 en el Boletín Oficial para su plena vigencia, aunque resta todavía la reglamentación.
 
No debemos olvidar que si bien sólo la comisión de Salud Pública y Conservación del Medio Ambiente Humano del Senado Santafesino se había expedido sobre el Proyecto de Ley (Expediente 39794 CD) (Expediente 36256 CD-FP-UCR-NEO) del diputado radical Claudio Fabián Palo Oliver (UCR), proveniente con media sanción de Diputados, que consta de 12 artículos cuidadosamente elaborados, referido a la “preservación, conservación, defensa y mejoramiento de los Humedales”, el senador radical Felipe Enrique Michlig (UCR-San Cristóbal), presidente del Bloque Unión Cívica Radical, acordó con sus pares senatoriales el tratamiento definitivo en la 3ª sesión ordinaria de prórroga de “Senadores” que se realizó el día jueves 28 de noviembre de 2019, del finalizado 137º Período Ordinario de Sesiones, y se comunicó la flamante norma al Poder Ejecutivo que la registró como Ley Nº 13.932, promulgó y publicó el 24 de enero de 2020 en el Boletín Oficial.
 
Vale recordar al respecto que las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados, despacharon favorablemente el Proyecto de Ley (Expediente 36256 CD-FP-UCR-NEO) (Expediente 39794 CD) del diputado radical Claudio Fabián Palo Oliver (UCR) ingresado el día 28 de marzo de 2019 por mesa de movimiento; réplica del Proyecto de Ley (Expediente 32770 CD-DB) que, presentado juntamente con sus pares: Rubén Giustiniani (IP) y Silvia Augsburger (IP-Mandato Cumplido) en el año 2017, caducara por falta de tratamiento; y, en la 6ª sesión ordinaria del día jueves 15 de agosto de 2019, sobre tablas y por unanimidad, resultó aprobado en rápido trámite y se comunicó la media sanción al Senado que, como se indica más arriba, completó el procedimiento parlamentario en el concluido 137º Período Ordinario de Sesiones, el día jueves 28 de noviembre de 2019, en la 3ª sesión ordinaria de prórroga; por el cual, a través de 12 artículos, se declara de interés provincial, a los fines de esta Ley (Nº 13.932), “la preservación, conservación, defensa y mejoramiento de todos nuestros Humedales” y sus elementos constitutivos que, por sus funciones y características, mantienen y contribuyen a sostener el orden de dicho ecosistema.
 
Se entiende por Humedal “a una zona de tierras, generalmente planas, cuya superficie se inunda de manera permanente o intermitentemente. Al cubrirse regularmente de agua, el suelo se satura, quedando desprovisto de oxígeno y dando lugar a un ecosistema híbrido entre los puramente acuáticos y los terrestres”, según Convenio Ramsar de la Ley Nacional Nº 23.919 que incorpora la Convención sobre los Humedales, y su texto ordenado por Ley Nacional Nº 25.335.
 
La categoría de Humedal comprende zonas de categorías geológicas de propiedades diversas: ciénagas, marismas, pantanos, turberas así como las zonas de costa marítima que presentan negación periódica por el régimen de mareas (manglares).
 
Un Humedal es “una zona de la superficie terrestre que está temporal o permanentemente inundada”, regulada por factores climáticos y en constante interrelación con los seres que la habitan.
 
Como los objetivos de la presente Ley son la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, se propone “el ordenamiento del emplazamiento poblacional, la actividad industrial, la actividad agrícola-ganadera existente y la expansión de las fronteras productivas, en función del resguardo del hábitat y su entorno; la utilización racional del suelo, el agua, la flora, fauna, paisajes y demás recursos naturales en función de los valores del ambiente, su defensa y preservación”.
 
Además, “la creación, protección, defensa y mantenimiento de áreas y monumentos naturales, refugios de vida silvestre, reservas forestales, áreas verdes de asentamiento humano y cualquier otro espacio que merezca ser sujeto de un régimen especial de cuidado y atención; el control, reducción o eliminación de actividades, procesos o componentes del medio que ocasionen o puedan ocasionar perjuicio al ambiente, y la salud del hombre, como también a su flora y fauna; y desarrollo y fomento de procesos educativos y culturales a fin de promover la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente”.
 
Los Humedales en buen estado, “prestan innumerables beneficios a la población, de tanta importancia como la seguridad alimentaria y seguridad del agua, además de zonas tampón naturales frente a los daños que causan las tormentas, inundaciones y sequías, al igual que por su valor espiritual, recreativo, educativo y cultural”, fundamentó el diputado radical Claudio Fabián Palo Oliver (UCR) el Proyecto de Ley (Expediente 36256 CD-FP-UCR-NEO) (Expediente 39794 CD) de su autoría ingresado el día 28 de marzo de 2019 por mesa de movimiento; réplica del Proyecto de Ley (Expediente 32770 CD-DB) que, presentado con el acompañamiento de sus pares: Rubén Giustiniani (IP) y Silvia Augsburger (IP-Mandato Cumplido) en 2017, caducara por falta de consideración; y, en la 6ª sesión ordinaria del día jueves 15 de agosto de 2019 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, sobre tablas y por unanimidad, resultó aprobado en rápido trámite, girándose la media sanción al Senado que completó el procedimiento parlamentario en el finalizado 137º Período Ordinario de Sesiones, el día jueves 28 de noviembre de 2019, en el transcurso de la 3ª sesión ordinaria de prórroga y en el marco de la sanción de otros 30 Proyectos de Ley; no sin antes reiterar que “el valor principal de proteger nuestros Humedales es proteger el valor intrínseco de nuestra naturaleza”.
 
Ante ello, el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Omar Perotti, secundado por el Ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, Esteban Borgonovo, procedió a su registro como Ley Nº 13.932, promulgó y publicó el día viernes 24 de enero de 2020 en el Boletín Oficial para su plena vigencia, aunque falta todavía la reglamentación de la misma que debió realizarse dentro del plazo de 180 días contados desde su sanción definitiva.
 
Como los plazos se han vencido, la diputada socialista Erica Hynes (PS), acompañada de sus pares del Bloque “Socialistas”: Pablo Farías, Claudia Balagué, Pablo Pinotti, María Laura Corgniali, Lorena Ulieldín y Esteban Lenci, ingresó el 17 de julio de 2020 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados el Proyecto de Comunicación (Expediente 39388 CD-PS-FP) por el cual “vería con agrado” que el Poder Ejecutivo proceda a efectuar la reglamentación de la Ley Nº 13.932 de preservación, conservación, defensa y mejoramiento de los humedales. Asimismo, insta a que la misma se realice atendiendo a una mirada transversal que contemple la perspectiva de género.  
 
Publicado: 20/Julio/2020

Fuente: Susana Goris


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