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[ 01.12.2020 09:57 ]   ›

El Presupuesto Provincial 2021 recibió sanción definitiva en Diputados y Diputadas sobre tablas y por unanimidad

Ley de Leyes en la Provincia de Santa Fe con 5.5% de crecimiento; 29% de inflación y un dólar a 102,40 pesos

El Presupuesto Provincial 2021 recibió sanción definitiva en Diputados y Diputadas sobre tablas y por unanimidad
Este lunes 30 de noviembre de 2020, en sesión especial presidida por el diputado socialista Roberto Miguel Lifschitz, se completó el procedimiento parlamentario en Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Santa Fe y se otorgó sanción definitiva al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio económico 2021, luego de muchas alocuciones políticas y técnicas por parte de los diputados y diputadas.
 
Luego del dictamen de la comisión de Presupuesto y Hacienda que tomó la media sanción proveniente del Senado (despacho de la mayoría aprobado por 19 votos afirmativos de los senadores y senadora) y habilitó el tratamiento sobre tablas, y puesto a votación, esta Ley de Leyes, resultó sancionada con fuerza de Ley en Diputados y Diputadas, bajo la presidencia de Roberto Miguel Lifschitz, por 45 votos afirmativos, 3 votos negativos: Carlos Del Frade (FSP-CF), Agustina Donnet (IP) y Rubén Giustiniani (IP), y una (1) abstención: Amalia Granata (SV).
 
A posteriori de la votación, expresaron sus pareceres y opiniones, con distintos argumentos, los diputados y diputadas que oficiaron de miembros informantes de sus diferentes sectores políticos y/o complementándose entre sí: Fabián Bastía (UCR), Clara García Alonso (PS), Carlos Del Frade (FSP-CF), Julián Galdeano (UCR-JxC), Amalia Granata (SV), Dámaris Pacchiotti (FSP-CF), Rubén Giustiniani (IP), Oscar Martínez (FR-100%SF), Mónica Peralta (GEN), Maximiliano Pullaro (UCR), Walter Ghione (SVF), Nicolás Mayoraz (SVF), Juan Domingo Argañaraz (SVF), Betina Florito (SVSF), Lucila De Ponti (PJ), Jimena Senn (UCR), Natalia Armas Belavi (SVF), Joaquín Blanco (PS) y Leandro Busatto (PJ), en ese orden.
 
Corresponde aclarar que Nicolás Mayoraz (SVF), acompañado de sus pares Natalia Armas Belavi (SVF), Juan Domingo Argañaraz (SVF) y Walter Ghione (SVF), intentó agregar el inciso a.3 al artículo 23 para incorporar los trabajadores de la salud en el Estatuto Escalafón (Ley Nº 9282), y cumplir con la Ley Nº 13.913 que reconoció el título universitario de nuevas profesiones sanitarias y su inclusión en dicho estatuto escalafón, pero no prosperó.
 
Fabián Palo Oliver (UCR) aclaró que no se procedía a la incorporación solicitada ya que dicha Ley de Leyes contempla las partidas presupuestarias para tal fin y, si bien hubiese sido importante efectuar el añadido en forma expresa, el Poder Ejecutivo está en condiciones de incorporarlos si lo desea.
 
En la misma dirección, los diputados y diputadas (6 PJ y 1 FR-100%SF), pero también sin éxito, intentaron introducir y/o reincorporar el artículo 53 que derogaba la Ley Nº 13.896 de la extensión del Plan ABRE a todos los municipios.
 
No debemos olvidar que el día jueves 26 de noviembre de 2020, con Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe en Comisión se había tratado sobre tablas, con dos dictámenes, uno de minoría suscripto por 6 senadores y senadora justicialistas: Alcides Calvo (PJ-Castellanos), Cristina Berra (PJ-San Martín), Eduardo Rosconi (PJ-Caseros), Ricardo Kaufmann (PJ-Garay), Marcelo Lewandowski (PJ-Rosario) y Marcos Castelló (PJ-La Capital); y otro de mayoría suscripto por 13 senadores: 6 senadores justicialistas: Armando Traferri (PJ-San Lorenzo), Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), José Baucero (PJ-San Javier), Guillermo Cornaglia (PJ-Belgrano), Osvaldo Sosa (PJ-Vera) y Joaquín Raúl Gramajo (PJ-9 de Julio); y 7 senadores radicales: Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), Lisandro Enrico (UCR-Gral. López), Rodrigo Borla (UCR-San Justo), Germán Giacomino (UCR-Constitución), Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado), Hugo Rasetto (UCRUS-Iriondo) y Leonardo Diana (UCRUS-San Jerónimo); y puesto a votación el de la mayoría como lo indica el procedimiento, por 19 votos afirmativos, ningún voto negativo y ninguna abstención, en general y en particular los 57 artículos distribuidos en 2 Títulos con varios Capítulos, se sancionó el Proyecto de Ley del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio económico 2021, y, luego de varias alocuciones políticas, técnicas, explicativas e informativas a los fines de dejar en claro la posición asumida por cada uno de los representantes territoriales, principalmente en relación al artículo 53 que pretendía derogar mediante el Decreto Provincial del Plan INCLUIR el Plan ABRE que, si bien resultó eliminado del articulado del Mensaje original del Poder Ejecutivo, no se afectó la partida presupuestaria de 4.000 millones de pesos ($ 4.000 M) del mismo, comunicándose la media sanción a Diputados y Diputadas que, este lunes 30 de noviembre de 2020, en sesión especial extraordinaria convocada, completó el proceso legislativo con la sanción definitiva.   
 
Vale recordar que el pasado día viernes 30 de octubre de 2020, a las 18:50, por mesa de movimiento del Senado Santafesino, ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 42220 PE) (Mensaje 4908) del Poder Ejecutivo referido al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio económico 2021, suscripto por el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Omar Ángel Perotti, y el ministro de Economía provincial, Walter Alfredo Agosto, en acuerdo de ministros, que constaba de 58 artículos, el cual tomó estado parlamentario propiamente dicho en el transcurso de la 1ª sesión ordinaria de prórroga (virtual) del jueves 5 de noviembre de 2020, en la que fue derivado a dos (2) comisiones internas senatoriales, la de Presupuesto y Hacienda que preside Alcides Calvo y la de Asuntos Constitucionales y Legislación General que preside Joaquín Raúl Gramajo, para su estudio y pronto despacho.
 
Luego, tal se indica más arriba, en razón de acuerdos políticos y legislativos logrados, entre todos y todas (senadores y senadora, diputados y diputadas, y funcionarios del Poder Ejecutivo, puntualmente Walter Agosto y Marcos Corach), aunque con dos dictámenes, y luego de alocuciones de todo calibre a cargo de Armando Traferri, Alcides Calvo, Rubén Pirola, Felipe Michlig, Ricardo Kaufmann, José Baucero, Joaquín Raúl Gramajo y la propia Alejandra Rodenas, algunos de ellos con varias intervenciones, tanto virtual como presencial, se otorgó la media sanción respectiva, y, para zanjar la controversia y/o entuerto ocasionado por el citado artículo 53 que deja sin efecto en el articulado el Plan INCLUIR aunque no modifica la partida presupuestaria de 4.000 millones de pesos ($ 4.000 M) para tal fin, se derogó la Ley Nº 13.896 (Plan ABRE) mediante el correspondiente Proyecto de Ley presentado sobre tablas y suscripto por José Baucero, Armando Traferri, Alcides Calvo, Marcelo Lewandowski y Rubén Pirola (todos de cuerpo presente en la sesión), por 12 votos afirmativos de los senadores y senadora justicialistas, y la abstención de los 7 senadores radicales que habilitaron el tratamiento sobre tablas, y se comunicó la media sanción a Diputados y Diputadas que, en este caso, el lunes 30 de noviembre de 2020, no completó el procedimiento y derivó la media sanción senatorial a las comisiones, a pesar de la insistencia del diputado Oscar Martínez.
 
En cuanto al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio económico 2021, remitido por el Poder Ejecutivo y ahora con sanción definitiva de la Legislatura, fija en la suma de casi 519 mil millones de pesos en números redondos ($518.812.620.000) los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la administración provincial (administración central, organismos descentralizados  e instituciones de seguridad social), con un aumento del 27.1% en relación al anterior.
 
Además, se estima en la suma de poco más de 510 mil millones de pesos en números redondos) ($510.165.600.000) el cálculo de recursos de la administración provincial (administración central, organismos descentralizados e instituciones de seguridad social), con un aumento del 27.6% en relación al presupuesto provincial 2020.
 
Esto hace un déficit financiero estimado de poco más de 8.647 millones de pesos (8.647.030.000), pero, a su vez, prevé un resultado económico superavitario de poco más de 57.400 millones de pesos.
 
En los casos de los recursos de coparticipación federal y otros fondos de origen nacional, se han considerado para su estimación un crecimiento proyectado, en este Presupuesto Provincial 2021, del Producto Bruto Interno (PBI) del 5.5% y un incremento del nivel general de precios (inflación) del orden del 29%, en línea con la pauta macrofiscal presentada por el Gobierno Nacional. Con igual criterio se adoptó un dólar estadounidense a $102,40 como tipo de cambio promedio.
 
En lo que refiere al cálculo de los recursos de origen provincial, las estimaciones para los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, y de Sellos también, se han realizado sobre la base del crecimiento de actividad (5.5%) y de precios (29%) antes señalados, en función de su vinculación con la evolución de la actividad económica.
 
En el caso de los impuestos de emisión (urbano y rural) se consideraron para su proyección las variaciones por rangos previstos en el Proyecto de Ley Impositiva Anual, y se aplicaron los niveles de cobrabilidad que derivan del comportamiento medio de los distintos tipos de contribuyentes, resultando así la recaudación estimada para el ejercicio 2021.
 
Y, en consecuencia, en el Impuesto Inmobiliario para el sector Urbano se prevén aumentos del 10% para los rangos 1 a 3; del 25% para los rangos de 4 a 6; y del 35% para las otras categorías. En cuanto al Impuesto Inmobiliario para el sector Rural, también prevé un aumento del 10% para los rangos 1 a 3; 25% para los rangos de 4 a 9; y del 35% para los rangos 10 y 11.
 
Cabe destacar que para el año 2021 se prevé la suspensión de la aplicación de los coeficientes de convergencia, manteniendo de este modo las valuaciones de los inmuebles sin incrementos.
 
Por su parte, para el impuesto Patente Única sobre Vehículos se han considerado para la estimación la composición actual del parque automotor, su antigüedad y la aplicación de los coeficientes de cobrabilidad del tributo.
 
Asimismo, provenientes de diversos tratamientos impositivos orientados a distintas actividades económicas, mediante deducciones y exenciones de los mismos, los Gastos Tributarios ascienden a poco más de 13.600 millones de pesos ($ 13.600 M) ($13.619.342.600).
 
Los gastos corrientes alcanzan $446.287 millones y los gastos de capital se estiman en $72.526 millones, con una suba en ambos casos en torno a 27% con respecto al presupuesto del corriente año.
 
En cuanto al presupuesto de ambas Cámaras Legislativas, asciende a la suma de poco más de 7.000 millones de pesos ($7.057.751.000). El Senado con casi 3.000 millones de pesos ($2.907.944.000) y Diputados y Diputadas con más de 4.000 millones de pesos ($4.149.807.000).
 
Se dispone la restitución al Fondo de Estabilización Fiscal y de Inversión Pública de la Provincia de Santa Fe, constituido por Decreto 414/05, de la suma de 400 millones de pesos ($400 M), con los fondos de Rentas Generales que surjan de la diferencia entre los recursos efectivamente recaudados y los gastos acumulados efectivamente devengados al 31 de diciembre de 2021.
 
En relación al número de cargos de Planta de Personal, se fija en 138.440 cargos para el total de la administración provincial: 137.085 permanentes y 1.355 temporarios, levemente superior al año anterior que fijaba 137.898 cargos, incluyendo a profesionales universitarios de la sanidad, para dicha administración provincial.
 
Este Presupuesto Provincial 2021 se basa en “el cuidado de la salud de los santafesinos, la atención de la pandemia en todas sus manifestaciones y la recuperación del entramado productivo para reducir la pobreza y la desocupación”.
 
Y, para ello, “se asignan recursos a medidas y acciones que garanticen la atención del COVID-19, la asistencia a sectores vulnerables y la generación de condiciones para la normalización económica de los sectores más afectados por las restricciones”, mediante Planes como: Santa Fe de Pie y Santa Fe + Conectada, aunque se excluyó del articulado el Plan INCLUIR, tal se indica más arriba, aunque sin modificar la partida presupuestaria asignada al mismo por 4.000 millones de pesos ($ 4.000 M).
 
Santa Fe asume, con el Presupuesto con Perspectiva de Género (PPG), un fuerte compromiso a favor de la igualdad y la equidad, iniciando un proceso de incorporación progresiva de la perspectiva de género en todas las etapas del ciclo presupuestario.
 
Y, por ello, este Proyecto de Presupuesto Provincial 2021 incorpora 13 categorías programáticas pertenecientes a 8 jurisdicciones de la administración provincial, referidas a la perspectiva de género.
 
Entre otras consideraciones, se fija un monto de 430 millones de pesos con destino exclusivo a la atención de sentencias judiciales que condenen al Estado Provincial al pago de una suma de dinero, y, también, un monto de 12 millones de pesos para atención de allanamientos que Fiscalía de Estado realice por orden del Poder Ejecutivo.
 
Se constituye un Fondo de Autoseguro por un monto de 505 millones de pesos, conforme el artículo 153º de la Ley Nº 12.510.
 
Los importes a abonar en el ejercicio 2021 al Sector Docente Provincial en concepto de Incentivo Docente, estarán limitados a los ingresos provenientes del Gobierno Nacional, que con tal destino se efectivicen en dicho ejercicio.
 
Se constituye un “Crédito Contingente para Emergencias Financieras” con los créditos correspondientes a los cargos vacantes transitorios que se produzcan en el transcurso del ejercicio 2021.
 
Se fija en la suma 5.000 millones pesos ($ 5.000 M) ó su equivalente en moneda extranjera, el monto al que refiere el artículo 48º (operaciones de financiamiento de corto plazo) de la Ley Nº 12.510, para el ejercicio 2021.
 
Entre otras consideraciones se autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir préstamos, para el financiamiento total o parcial de proyectos de inversión pública, adquisición de bienes de capital, atender casos de evidente necesidad en servicios esenciales y préstamos a favor de municipios y comunas.
 
El Poder Ejecutivo destinará montos ingresados por las operaciones de crédito autorizadas, al otorgamiento de préstamos a municipios y comunas con el mismo destino, es decir, financiamiento de proyectos de inversión pública, adquisición de bienes de capital y atender casos de evidente necesidad en servicios esenciales.
 
Se autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir préstamos por hasta 154 millones de dólares (U$S 154 M) estadounidenses, pero a través del equivalente de nuestra propia moneda y por un monto de hasta 12.500 millones de pesos ($ 12.500 M).
 
Los términos financieros de las operaciones de crédito deberán ajustarse a los siguientes parámetros: deuda directa y externa y/o interna; un (1) año de amortización como plazo mínimo y 10 años como plazo máximo; y tasa de interés aplicable dentro del rango de las tasas promedio del mercado financiero para títulos comparables.
 
La Provincia podrá garantizar el pago de todas las obligaciones asumidas por la misma, con los fondos de Coparticipación Federal de Impuestos (Ley Nº 23.548 y sus modificatorias) o del régimen legal que lo sustituya, así como cualquier otro ingreso permanente de impuestos transferidos mediante ley nacional, en garantía de los convenios a suscribirse y hasta la cancelación definitiva de los mismos.
 
Se faculta al Poder Ejecutivo a retener de la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales que le corresponda conforme al régimen vigente a los municipios y comunas, “las cuotas de amortización e intereses correspondientes a los préstamos otorgados de acuerdo a lo previsto en la presente Ley”.
 
Se autoriza al Poder Ejecutivo durante el ejercicio 2021 a disponer o aprobar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementos en los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras.
 
No se autoriza la reasignación de partidas y sortear pasos administrativos amparados en situaciones de emergencia, las cuales fueron limitadas en el tiempo (hasta el 30 de junio de 2021), y solamente para salud y seguridad social, no para seguridad. El Poder Ejecutivo pretendía una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021.
 
Tampoco se autoriza al Poder Ejecutivo a la posibilidad de enajenar bienes del Estado Provincial, es decir, no se puede afectar inmuebles fiscales al patrimonio fiduciario.
 
El Poder Ejecutivo proveerá en los respectivos presupuestos, las partidas necesarias para cumplimentar las transferencias por la coparticipación que le corresponde a los municipios y comunas sobre los montos que resulten compensados.
 
Se consolida en el Estado Provincial, entes descentralizados, instituciones de seguridad social, empresas, sociedades y otros entes del Estado, municipios y comunas, las obligaciones vencidas o de causa o título anterior al 31 de diciembre de 2020, que consistan en el pago de sumas de dinero o que se resuelvan en el pago de sumas de dinero.
 
Se autoriza al Poder Ejecutivo y a los municipios y comunas a afectar los recursos fiscales, créditos, emitir títulos públicos o instrumentar otros medios sucedáneos de pago, que resulten necesarios para cancelar las obligaciones que se consoliden en jurisdicción provincial, municipal o comunal.
 
Se faculta al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias en el marco de la Ley Nº 12.510.
 
En cuanto al Estado de Necesidad Pública en materia Sanitaria y de Seguridad (Ley Nº 13.977), con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, se prorroga para Salud y Seguridad Social hasta el 30 de junio de 2021, pero no para Seguridad. El Poder Ejecutivo podrá darlo por concluido total o parcialmente antes de esa fecha, si considera superados los hechos que dan lugar a la declaración; por acto expreso y fundado comunicado a las Cámaras Legislativas.
 
En caso de aparecer mayores recursos respecto de lo presupuestado, el Poder Ejecutivo podrá afectarlos a convenios colectivos de trabajo, transporte, sistema de salud de Rosario o a los programas municipales de gestión de residuos sólidos, y, además, en relación a los recursos que provengan de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por encima de lo presupuestado, sólo se destinará a gastos de capital.
 
El Proyecto de Ley (Expediente 42220 PE) (Mensaje 4908) del Poder Ejecutivo, de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2021, que consta de 57 artículos (antes 58 artículos), suscripto por el Gobernador Omar Perotti y el ministro de Economía Walter Agosto, en acuerdo de ministros, ingresado el viernes 30 de octubre de 2020, a las 18:50, por mesa de movimiento de Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe que, en la 1ª sesión ordinaria de prórroga del 138º Período del jueves 5 de noviembre de 2020 procedió a su ingreso formal a los efectos de que tome estado parlamentario propiamente dicho, y derivado a 2 comisiones internas senatoriales para su pronto despacho, mediante el “trabajo mancomunado” y todos los aportes tendientes al “objetivo común y el beneficio de todos los santafesinos”, con las aclaraciones señaladas más arriba, resultó sancionado, luego de superar el escollo de los dos dictámenes, por unanimidad de los 19 senadores y senadora, en general y en particular, comunicándose la media sanción a Cámara de Diputados y Diputadas que, este lunes 30 de noviembre de 2020, en sesión especial (última ordinaria), completó el procedimiento legislativo con la sanción definitiva.
 
Publicado: 01/Diciembre/2020

Fuente: Fernando Brosutti


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