[ 10.06.2024 16:22 ] ›
Se avanzó en el Senado, a instancias de Orfilio Marcón, con una modificación del límite territorial de la comuna de Campo Hardy
En General Obligado, “Campo Hardy es una comunidad perfectamente organizada que había sido relegada por una división geográfica”
En atención a que “Campo Hardy es una comunidad perfectamente organizada que había sido, increíblemente, relegada por una división geográfica”, el senador Orfilio Marcón (foto del Diario Digital El Protagonista Web – EPW) (UCR-Gral. Obligado), el día 8 de mayo de 2024, en el marco de la 1ª sesión ordinaria del 142º Período del Senado Santafesino que se iniciase el 1º de mayo de 2024, presentó sobre tablas el Proyecto de Ley (Expediente 50993 UCSFL) de su autoría por el cual se modifica el artículo 2º de la Ley Nº 13.828 de creación de la comuna de Hardy, a los fines de modificar el establecimiento de la jurisdicción de dicha comuna en cuanto a sus límites territoriales, y, el día 6 de junio de 2024, en la 3ª sesión ordinaria senatorial del mencionado 142º Período, resultó aprobado por unanimidad y se comunicó la media sanción a Cámara de Diputados para que complete el procedimiento legislativo con la sanción definitiva a la mayor brevedad.
Cabe recordar que hace casi 6 años, en la 8ª sesión ordinaria de esta Cámara de Senadores del día 26 de julio de 2018, por unanimidad, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 36877 FPL) del senador radical Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado), comunicándose la media sanción a Diputados que completó el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva. Se comunicó al Poder Ejecutivo que registró bajo el Nº 13.828, promulgó y publicó en el Boletín Oficial en el año 2018.
Y, al respecto, vale tener presente que esa iniciativa del año 2018 del senador Orfilio Marcón era de similar tenor, casi una réplica, a la que presentara el diputado Darío Vega (MC) (fallecido) acompañado de sus antiguos pares de bancada (gestión 2011-2015): Germán Kahlow (MC) y Marcela Aeberhard (MC), el día jueves 7 de noviembre de 2013, y caducara por falta de tratamiento en dicha Cámara de Diputados.
Con la creación de la comuna de Campo Hardy, departamento General Obligado, acorde al texto de la Ley Nº 13.828, su espacio físico se ubica dentro de la actual jurisdicción territorial de la municipalidad de Florencia y de la comuna de El Rabón, ambas del departamento General Obligado.
Y, para ello, se modificaron los límites tanto del municipio de Florencia como de la citada comuna de El Rabón, y el Poder Ejecutivo designó un comisionado hasta la elección de las autoridades comunales.
Se habían establecido como límites de la comuna de Campo Hardy los siguientes: Norte: camino vecinal orientado de este a oeste que atraviesa la Ruta Nacional Nº 11 a la altura de la progresiva del Kilómetro 919, hasta el lado este de la Ruta Provincial Nº 89-S; Este: el valle del Río Paraná; Sur: lado norte de la Ruta Provincial Nº 30 hasta su intersección con la Ruta Nacional Nº 11 en el lado oeste de la misma, y al este de ella, la ribera sur del Arroyo El Rabón en toda su extensión; y, Oeste: lado este de la Ruta Provincial Nº 89-S. Superficie aproximada del polígono: 308 kilómetros cuadrados.
Se modificaron los límites de la ciudad de Florencia y de la comuna de El Rabón, según lo establecido en la presente (Ley Nº 13.828), y el Poder Ejecutivo designó un comisionado que contó con las atribuciones que la Ley Provincial Nº 2439 otorga a las comisiones comunales, quien requirió oportunamente a las autoridades de Florencia y El Rabón todos los antecedentes y documentación necesarios a fin de la organización de la comuna de Campo Hardy.
Se autorizó al Poder Ejecutivo a otorgar anticipos de fondos coparticipables nacionales y provinciales a la comuna de Campo Hardy a cuenta de los que le corresponda por aplicación de la Ley Provincial de Coparticipación Nº 7457 y sus modificatorias.
La realidad marca que Campo Hardy, por impulso de sus habitantes, cuyo número supera los 1.500, presenta adelantos sociales, culturales y estructurales sin depender de las decisiones políticas de la comuna de El Rabón y/o de la ciudad de Florencia a las cuales pertenece, las que carecen de políticas comunes.
Y, por lo tanto, se desligan de la atención médica, los planes de viviendas, la seguridad y los servicios públicos y, además, lo que es peor, sin respaldo estructural para el sostenimiento de los caminos comunitarios del paraje que, por otra parte, sirve para la salida de la producción agropecuaria.
El sector urbano de Campo Hardy, con más de 1.500 habitantes a los que se les provee de energía eléctrica, agua potable, telefonía, televisión Internet y otros servicios, se manifiesta con una actividad comercial que no requiere traslados a otras localidades.
Y, además, cuenta con escuelas provinciales (Nº 961 y Nº 318) de nivel inicial y primario con más de 500 alumnos; una escuela secundaria (Nº 561) con 100 alumnos; un centro de educación rural (Nº 107); un centro de salud; un destacamento policial; club social, cultural y deportivo con más de 100 socios; templos religiosos y correo oficial.
Es notable, sin lugar a dudas, la capacidad que posee la población de Campo Hardy para poder lograr el estatus de comuna, organizada comunitariamente para cubrir sus necesidades no atendidas por la ciudad de Florencia ni por la comuna de El Rabón.
Campo Hardy es una comunidad perfectamente organizada que, increíblemente, “ha sido relegada por la división geográfica que la somete a los arbitrios de Florencia y El Rabón”, había fundamentado el diputado provincial Darío Vega (Mandato Cumplido) (Fallecido), acompañado de sus antiguos pares de bancada (gestión 2011-2015): Germán Kahlow (Mandato Cumplido) y Marcela Aeberhard (Mandato Cumplido), la iniciativa presentada el jueves 7 de noviembre de 2013, esto es, hace casi once (11) años, la que perdiera estado parlamentario en Diputados por falta de tratamiento en tiempo y forma.
Ante ello, el senador Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado), en la misma dirección, obtuvo en la 8ª sesión ordinaria del Senado Santafesino del jueves 26 de julio de 2018 el apoyo unánime de sus pares oficialistas y de la oposición para el Proyecto de Ley (Expediente 36877 FPL) de su autoría, de similar tenor al anterior, comunicándose la media sanción a Diputados que completó el procedimiento con la sanción definitiva. Se comunicó al Poder Ejecutivo que en ese mismo año 2018 registró bajo el Nº 13.828, promulgó y publicó en el Boletín Oficial.
Ahora, el día 8 de mayo de 2024, casi seis (6) años después, en el marco de la 1ª sesión ordinaria del Senado Santafesino, el senador Orfilio Marcón (fotografía del Diario Digital El Protagonista Web – EPW), presentó sobre tablas el Proyecto de Ley (Expediente 50993 UCSFL) de su autoría por el cual se modifica el artículo 2º de la Ley Nº 13.828 de creación de la comuna de Hardy, a los fines del establecimiento de nuevos limites territoriales para la jurisdicción de la citada comuna, y, el jueves 6 de junio de 2024, en la 3ª sesión ordinaria senatorial del 142º Período, resultó aprobado por unanimidad y se comunicó la media sanción a Cámara de Diputados para que complete, a la brevedad, el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva.
Publicado: 10/Junio/2024
Cabe recordar que hace casi 6 años, en la 8ª sesión ordinaria de esta Cámara de Senadores del día 26 de julio de 2018, por unanimidad, se aprobó el Proyecto de Ley (Expediente 36877 FPL) del senador radical Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado), comunicándose la media sanción a Diputados que completó el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva. Se comunicó al Poder Ejecutivo que registró bajo el Nº 13.828, promulgó y publicó en el Boletín Oficial en el año 2018.
Y, al respecto, vale tener presente que esa iniciativa del año 2018 del senador Orfilio Marcón era de similar tenor, casi una réplica, a la que presentara el diputado Darío Vega (MC) (fallecido) acompañado de sus antiguos pares de bancada (gestión 2011-2015): Germán Kahlow (MC) y Marcela Aeberhard (MC), el día jueves 7 de noviembre de 2013, y caducara por falta de tratamiento en dicha Cámara de Diputados.
Con la creación de la comuna de Campo Hardy, departamento General Obligado, acorde al texto de la Ley Nº 13.828, su espacio físico se ubica dentro de la actual jurisdicción territorial de la municipalidad de Florencia y de la comuna de El Rabón, ambas del departamento General Obligado.
Y, para ello, se modificaron los límites tanto del municipio de Florencia como de la citada comuna de El Rabón, y el Poder Ejecutivo designó un comisionado hasta la elección de las autoridades comunales.
Se habían establecido como límites de la comuna de Campo Hardy los siguientes: Norte: camino vecinal orientado de este a oeste que atraviesa la Ruta Nacional Nº 11 a la altura de la progresiva del Kilómetro 919, hasta el lado este de la Ruta Provincial Nº 89-S; Este: el valle del Río Paraná; Sur: lado norte de la Ruta Provincial Nº 30 hasta su intersección con la Ruta Nacional Nº 11 en el lado oeste de la misma, y al este de ella, la ribera sur del Arroyo El Rabón en toda su extensión; y, Oeste: lado este de la Ruta Provincial Nº 89-S. Superficie aproximada del polígono: 308 kilómetros cuadrados.
Se modificaron los límites de la ciudad de Florencia y de la comuna de El Rabón, según lo establecido en la presente (Ley Nº 13.828), y el Poder Ejecutivo designó un comisionado que contó con las atribuciones que la Ley Provincial Nº 2439 otorga a las comisiones comunales, quien requirió oportunamente a las autoridades de Florencia y El Rabón todos los antecedentes y documentación necesarios a fin de la organización de la comuna de Campo Hardy.
Se autorizó al Poder Ejecutivo a otorgar anticipos de fondos coparticipables nacionales y provinciales a la comuna de Campo Hardy a cuenta de los que le corresponda por aplicación de la Ley Provincial de Coparticipación Nº 7457 y sus modificatorias.
La realidad marca que Campo Hardy, por impulso de sus habitantes, cuyo número supera los 1.500, presenta adelantos sociales, culturales y estructurales sin depender de las decisiones políticas de la comuna de El Rabón y/o de la ciudad de Florencia a las cuales pertenece, las que carecen de políticas comunes.
Y, por lo tanto, se desligan de la atención médica, los planes de viviendas, la seguridad y los servicios públicos y, además, lo que es peor, sin respaldo estructural para el sostenimiento de los caminos comunitarios del paraje que, por otra parte, sirve para la salida de la producción agropecuaria.
El sector urbano de Campo Hardy, con más de 1.500 habitantes a los que se les provee de energía eléctrica, agua potable, telefonía, televisión Internet y otros servicios, se manifiesta con una actividad comercial que no requiere traslados a otras localidades.
Y, además, cuenta con escuelas provinciales (Nº 961 y Nº 318) de nivel inicial y primario con más de 500 alumnos; una escuela secundaria (Nº 561) con 100 alumnos; un centro de educación rural (Nº 107); un centro de salud; un destacamento policial; club social, cultural y deportivo con más de 100 socios; templos religiosos y correo oficial.
Es notable, sin lugar a dudas, la capacidad que posee la población de Campo Hardy para poder lograr el estatus de comuna, organizada comunitariamente para cubrir sus necesidades no atendidas por la ciudad de Florencia ni por la comuna de El Rabón.
Campo Hardy es una comunidad perfectamente organizada que, increíblemente, “ha sido relegada por la división geográfica que la somete a los arbitrios de Florencia y El Rabón”, había fundamentado el diputado provincial Darío Vega (Mandato Cumplido) (Fallecido), acompañado de sus antiguos pares de bancada (gestión 2011-2015): Germán Kahlow (Mandato Cumplido) y Marcela Aeberhard (Mandato Cumplido), la iniciativa presentada el jueves 7 de noviembre de 2013, esto es, hace casi once (11) años, la que perdiera estado parlamentario en Diputados por falta de tratamiento en tiempo y forma.
Ante ello, el senador Orfilio Marcón (UCR-Gral. Obligado), en la misma dirección, obtuvo en la 8ª sesión ordinaria del Senado Santafesino del jueves 26 de julio de 2018 el apoyo unánime de sus pares oficialistas y de la oposición para el Proyecto de Ley (Expediente 36877 FPL) de su autoría, de similar tenor al anterior, comunicándose la media sanción a Diputados que completó el procedimiento con la sanción definitiva. Se comunicó al Poder Ejecutivo que en ese mismo año 2018 registró bajo el Nº 13.828, promulgó y publicó en el Boletín Oficial.
Ahora, el día 8 de mayo de 2024, casi seis (6) años después, en el marco de la 1ª sesión ordinaria del Senado Santafesino, el senador Orfilio Marcón (fotografía del Diario Digital El Protagonista Web – EPW), presentó sobre tablas el Proyecto de Ley (Expediente 50993 UCSFL) de su autoría por el cual se modifica el artículo 2º de la Ley Nº 13.828 de creación de la comuna de Hardy, a los fines del establecimiento de nuevos limites territoriales para la jurisdicción de la citada comuna, y, el jueves 6 de junio de 2024, en la 3ª sesión ordinaria senatorial del 142º Período, resultó aprobado por unanimidad y se comunicó la media sanción a Cámara de Diputados para que complete, a la brevedad, el procedimiento parlamentario con la sanción definitiva.
Publicado: 10/Junio/2024
Fuente: Fernando Brosutti
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