[ 31.10.2025 07:46 ] ›
Brouwer propone un protocolo de actuación para prevenir y abordar el bullying en las escuelas santafesinas
El proyecto busca establecer procedimientos claros y rápidos ante situaciones de acoso o violencia escolar, garantizando la contención, la prevención y la protección de las víctimas.
 
 La diputada provincial Beatriz Ana Brouwer presentó en la Cámara de Diputados de Santa Fe un proyecto de ley que crea un Protocolo de Actuación para situaciones de violencia y acoso escolar, en el marco de la Ley Provincial Nº 13.674 y la Ley Nacional Nº 26.892, que promueve la convivencia y aborda la conflictividad social en las instituciones educativas.
El objetivo de la iniciativa es contar con un procedimiento claro, temprano y eficaz que permita intervenir de manera inmediata frente a casos de bullying o violencia dentro del ámbito escolar, garantizando la seguridad, la contención emocional y el respeto de los derechos de todas las partes involucradas.
El protocolo propone acciones concretas como:
Intervención y contención inmediata de la víctima y testigos.
Separación preventiva de los presuntos agresores.
Convocatoria a los adultos responsables y comunicación con las familias.
Evitar la revictimización, cuidando la privacidad y evitando exposiciones innecesarias.
Aplicación de medidas educativas y restaurativas, promoviendo la reflexión y la reparación del daño.
Seguimiento continuo de los casos y registro formal ante las autoridades del Ministerio de Educación.
Según el texto, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 180 días desde la sanción de la ley para reglamentarla y poner en marcha los mecanismos necesarios para su cumplimiento.
En los fundamentos, Brouwer destacó que “la Ley de Bullying en Santa Fe busca prevenir y erradicar el acoso escolar, entendiendo que este fenómeno no solo afecta a las víctimas, sino a toda la comunidad educativa”. Además, subrayó la necesidad de “crear equipos interdisciplinarios, incorporar la formación docente en la temática y realizar investigaciones que permitan comprender y prevenir la violencia también en los entornos virtuales”.
“La intervención oportuna es clave —explicó la legisladora—. El silencio protege al agresor y pone en riesgo a las víctimas. Este protocolo apunta a que las escuelas cuenten con herramientas concretas para actuar con rapidez, responsabilidad y perspectiva educativa”.
El objetivo de la iniciativa es contar con un procedimiento claro, temprano y eficaz que permita intervenir de manera inmediata frente a casos de bullying o violencia dentro del ámbito escolar, garantizando la seguridad, la contención emocional y el respeto de los derechos de todas las partes involucradas.
El protocolo propone acciones concretas como:
Intervención y contención inmediata de la víctima y testigos.
Separación preventiva de los presuntos agresores.
Convocatoria a los adultos responsables y comunicación con las familias.
Evitar la revictimización, cuidando la privacidad y evitando exposiciones innecesarias.
Aplicación de medidas educativas y restaurativas, promoviendo la reflexión y la reparación del daño.
Seguimiento continuo de los casos y registro formal ante las autoridades del Ministerio de Educación.
Según el texto, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 180 días desde la sanción de la ley para reglamentarla y poner en marcha los mecanismos necesarios para su cumplimiento.
En los fundamentos, Brouwer destacó que “la Ley de Bullying en Santa Fe busca prevenir y erradicar el acoso escolar, entendiendo que este fenómeno no solo afecta a las víctimas, sino a toda la comunidad educativa”. Además, subrayó la necesidad de “crear equipos interdisciplinarios, incorporar la formación docente en la temática y realizar investigaciones que permitan comprender y prevenir la violencia también en los entornos virtuales”.
“La intervención oportuna es clave —explicó la legisladora—. El silencio protege al agresor y pone en riesgo a las víctimas. Este protocolo apunta a que las escuelas cuenten con herramientas concretas para actuar con rapidez, responsabilidad y perspectiva educativa”.

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