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[ 17.12.2021 12:20 ]   ›

El Presupuesto Provincial 2022 con media sanción de Cámara de Senadores y un “fuerte respaldo institucional y político”

Ley de Leyes en la Provincia de Santa Fe con un crecimiento proyectado del PBI del 4%, una inflación del 33% y un dólar a 131.10 pesos

El Presupuesto Provincial 2022 con media sanción de Cámara de Senadores y un “fuerte respaldo institucional y político”
El pasado día miércoles 29 de septiembre de 2021, a las 18:00, por mesa de movimiento del Senado Santafesino, ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 44301 PE) (Mensaje 4957) del Poder Ejecutivo referido al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio económico 2022, suscripto por el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Omar Ángel Perotti, y el ministro de Economía provincial, Walter Alfredo Agosto, en acuerdo de ministros, el cual tomó estado parlamentario propiamente dicho en el transcurso de la 13ª sesión ordinaria del jueves 7 de octubre de 2021, en la que fue derivado a dos (2) comisiones internas senatoriales, la de Presupuesto y Hacienda que preside Alcides Calvo (PJ-Lealtad-Castellanos) y la de Asuntos Constitucionales y Legislación General que preside Joaquín Raúl Gramajo (PJ-JDP-9 de Julio), para su estudio y pronto despacho.
 
El Poder Ejecutivo incluyó la denominada Ley de Leyes entre los asuntos de interés público de estas Sesiones Extraordinarias, juntamente con la reforma tributaria (ley impositiva anual) para el ejercicio económico 2022, y, el día jueves 16 de diciembre de 2021, durante la sesión extraordinaria especial de esta Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, en un marco de ejemplaridad y cordialidad legislativa, tanto el Presupuesto Provincial 2022 como el Proyecto de Ley de Política Tributaria para el período fiscal 2022, por unanimidad y sobre tablas, luego de la alocuciones de los senadores que oficiaron de miembros informantes: Rubén Pirola (PJ-JDP-Las Colonias), (foto gentileza Prensa Senado), Alcides Calvo (PJ-Lealtad-Castellanos), Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal) y Armando Traferri (PJ-JDP-San Lorenzo), todos contestes en el acuerdo obtenido juntamente con el ministro de Economía provincial, Walter Agosto, con las correcciones y mejoras del caso, ambos resultaron aprobados con media sanción, comunicándose a Diputados y Diputadas para que complete el procedimiento parlamentario antes que concluya este año 2021, probablemente antes de las “fiestas navideñas” como se presume.
 
En cuanto al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio económico 2022, remitido por el Poder Ejecutivo, corregido, mejorado y aumentado, fija en la suma de alrededor de 850 mil millones de pesos en números redondos ($850.445.400.000) los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la administración provincial (administración central, organismos descentralizados  e instituciones de seguridad social), con un aumento considerable en relación al anterior del orden del 66.81%.
 
Además, se estima en la suma de poco más de 851 mil millones de pesos en números redondos) ($851.018.185.000) el cálculo de recursos de la administración provincial (administración central, organismos descentralizados e instituciones de seguridad social), con un aumento del 64% en relación al presupuesto provincial 2021.
 
Esto hace un resultado económico levemente superavitario de poco más de 570 millones de pesos en números redondos ($572.790.000).
 
En los casos de los recursos de coparticipación federal y otros fondos de origen nacional, se han considerado para su estimación un crecimiento proyectado, en este Presupuesto Provincial 2022, del Producto Bruto Interno (PBI) del 4% y un incremento del nivel general de precios (inflación) del orden del 33%, en línea con la pauta macrofiscal presentada por el Gobierno Nacional y, además, un tipo de cambio de 131.10 pesos por cada dólar estadounidense.
 
En lo que refiere al cálculo de los recursos de origen provincial, las estimaciones para los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, y de Sellos también, se han realizado sobre la base del crecimiento de actividad (4%) y de precios (33%) antes señalados, en función de su vinculación con la evolución de la actividad económica.
 
En el caso de los impuestos de emisión (urbano y rural) se consideraron para su proyección las variaciones por rangos previstos en el Proyecto de Ley Impositiva Anual, esto es, un promedio del 29%, y se aplicaron los niveles de cobrabilidad que derivan del comportamiento medio de los distintos tipos de contribuyentes, resultando así la recaudación estimada para el ejercicio 2022.
 
Y, en consecuencia, en el Impuesto Inmobiliario para el sector Urbano se prevén aumentos del 10% para los rangos 1 a 3; del 25% para los rangos de 4 a 6; y del 35% para las otras categorías. En cuanto al Impuesto Inmobiliario para el sector Rural, también prevé un aumento del 10% para los rangos 1 a 3; 25% para los rangos de 4 a 9; y del 35% para los rangos 10 y 11.
 
Cabe destacar que para el año 2022 se prevé dar continuidad a la suspensión de la aplicación de los coeficientes de convergencia, manteniendo de este modo las valuaciones de los inmuebles sin incrementos.
 
Por su parte, para el impuesto Patente Única sobre Vehículos se ha considerado para la estimación la composición actual del parque automotor, su antigüedad y la aplicación de los coeficientes de cobrabilidad del tributo.
 
En este caso, el promedio ronda el 30%, aclarándose que del total de lo recaudado, el 60% corresponde a los Municipios y Comunas, el 30% tiene como destino un Fondo Común y sólo un 10% para la Provincia.
 
Asimismo, provenientes de diversos tratamientos impositivos orientados a distintas actividades económicas, mediante deducciones y exenciones de los mismos, los Gastos Tributarios ascienden a casi 18.000 millones de pesos ($ 18.000 M) en números redondos ($17.828.025.000) provenientes de diversos tratamientos impositivos orientados a distintas actividades económicas, mediante deducciones y exenciones de los mismos, según detalle por impuesto y régimen.
 
Este Presupuesto Provincial 2022 se basa en “el cuidado de la salud de los santafesinos, la atención de la pandemia en todas sus manifestaciones y la recuperación del entramado productivo para reducir la pobreza y la desocupación”.
 
Y, para ello, “se asignan recursos a medidas y acciones que garanticen la atención del COVID-19, la asistencia a sectores vulnerables y la generación de condiciones para la normalización económica de los sectores más afectados por las restricciones”, mediante Planes y Programas como: Boleto Educativo Gratuito, Inclusión Digital y Transformación Educativa Santa Fe + Conectada, Santa Fe de Pie, Plan Estratégico de Ciencia y Tecnología, Plan INCLUIR, Caminos de la Ruralidad y Billetera Santafesina, entre otros.
 
Santa Fe asume, con el Presupuesto con Perspectiva de Género (PPG), un fuerte compromiso a favor de la igualdad y la equidad, iniciando un proceso de incorporación progresiva de la perspectiva de género en todas las etapas del ciclo presupuestario.
 
Y, por ello, este Proyecto de Presupuesto Provincial 2022, al igual que el Presupuesto Provincial 2021, incorpora 13 categorías programáticas pertenecientes a 8 jurisdicciones de la administración provincial, referidas a la perspectiva de género.
 
Entre otras consideraciones, contiene un programa de inversión en infraestructura cuyo monto equivale al 14% del gasto total, con obras y equipamiento en infraestructura vial ($27.186 M), agua potable y alcantarillado ($11.515 M), seguridad ($13.333 M), infraestructura escolar y cultural ($9.463 M), salud ($5.260 M), vivienda y urbanismo ($5.475 M), justicia ($3.177 M) y en obras de defensa contra inundaciones ($3.540 M).
 
Se fija un monto determinado de pesos con destino exclusivo a la atención de sentencias judiciales que condenen al Estado Provincial al pago de una suma de dinero, y, también, un monto específico de pesos para atención de allanamientos que Fiscalía de Estado realice por orden del Poder Ejecutivo.
 
Se constituye un Fondo de Autoseguro conforme el artículo 153º de la Ley Nº 12.510.
 
Los importes a abonar en el ejercicio 2022 al Sector Docente Provincial en concepto de Incentivo Docente, estarán limitados a los ingresos provenientes del Gobierno Nacional, que con tal destino se efectivicen en dicho ejercicio.
 
Se constituye un “Crédito Contingente para Emergencias Financieras” con los créditos correspondientes a los cargos vacantes transitorios que se produzcan en el transcurso del ejercicio 2022.
 
Se fija en una suma determinada ó su equivalente en moneda extranjera, el monto al que refiere el artículo 48º (operaciones de financiamiento de corto plazo) de la Ley Nº 12.510, para el ejercicio 2022.
 
Entre otras consideraciones se autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir préstamos, para el financiamiento total o parcial de proyectos de inversión pública, adquisición de bienes de capital, atender casos de evidente necesidad en servicios esenciales y préstamos a favor de municipios y comunas.
 
El Poder Ejecutivo destinará montos ingresados por las operaciones de crédito autorizadas, al otorgamiento de préstamos a municipios y comunas con el mismo destino, es decir, financiamiento de proyectos de inversión pública, adquisición de bienes de capital y atender casos de evidente necesidad en servicios esenciales.
 
Se autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir préstamos por hasta determinada suma de millones de dólares estadounidenses, pero a través del equivalente de nuestra propia moneda y por un monto específico.
 
Y, en cifras, se autoriza un endeudamiento por 7.700 millones de pesos ($ 7.700 M) para obras, que deberán ser detalladas por ley para garantizar la equidad en el territorio. También se autoriza al Poder Ejecutivo a tomar un endeudamiento de 17.000 millones de pesos ($ 17.000 M) para la amortización de la deuda en su primera cuota que vence el día 14 de marzo de 2022, y, por ello, hasta el día 30 de setiembre de 2022 se estableció el plazo para tomar dicho crédito.
 
Los términos financieros de las operaciones de crédito deberán ajustarse a los siguientes parámetros: deuda directa y externa y/o interna; un (1) año de amortización como plazo mínimo y 10 años como plazo máximo; y tasa de interés aplicable dentro del rango de las tasas promedio del mercado financiero para títulos comparables.
 
La Provincia podrá garantizar el pago de todas las obligaciones asumidas por la misma, con los fondos de Coparticipación Federal de Impuestos (Ley Nº 23.548 y sus modificatorias) o del régimen legal que lo sustituya, así como cualquier otro ingreso permanente de impuestos transferidos mediante ley nacional, en garantía de los convenios a suscribirse y hasta la cancelación definitiva de los mismos.
 
Se faculta al Poder Ejecutivo a retener de la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales que le corresponda conforme al régimen vigente a los municipios y comunas, “las cuotas de amortización e intereses correspondientes a los préstamos otorgados de acuerdo a lo previsto en la presente Ley”.
 
Y, por ello, en atención al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), y cuando el Gobierno Nacional pague los 132.000 millones de pesos adeudados a través de bonos seguramente por la retención indebida de la coparticipación, se acordó preservar la coparticipación a Municipios y Comunas en el orden del 13.43% que representa alrededor de 17.500 millones de pesos ($ 17.500 M) para los 365 Municipios y Comunas, con destino para obras de infraestructura.
 
Se autoriza al Poder Ejecutivo durante el ejercicio 2022 a disponer o aprobar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementos en los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras.
 
No se autoriza la reasignación de partidas y sortear pasos administrativos amparados en situaciones de emergencia, las cuales fueron limitadas en el tiempo en el Presupuesto Provincial 2021 (hasta el 30 de junio de 2021), y solamente para salud y seguridad social, no para seguridad.
 
Tampoco se autoriza al Poder Ejecutivo a la posibilidad de enajenar bienes del Estado Provincial, es decir, no se puede afectar inmuebles fiscales al patrimonio fiduciario.
 
El Poder Ejecutivo proveerá en los respectivos presupuestos, las partidas necesarias para cumplimentar las transferencias por la coparticipación que le corresponde a los municipios y comunas sobre los montos que resulten compensados.
 
Se consolida en el Estado Provincial, entes descentralizados, instituciones de seguridad social, empresas, sociedades y otros entes del Estado, municipios y comunas, las obligaciones vencidas o de causa o título anterior al 31 de diciembre de 2021, que consistan en el pago de sumas de dinero o que se resuelvan en el pago de sumas de dinero.
 
Se autoriza al Poder Ejecutivo y a los municipios y comunas a afectar los recursos fiscales, créditos, emitir títulos públicos o instrumentar otros medios sucedáneos de pago, que resulten necesarios para cancelar las obligaciones que se consoliden en jurisdicción provincial, municipal o comunal.
 
Se faculta al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias en el marco de la Ley Nº 12.510.
 
En caso de aparecer mayores recursos respecto de lo presupuestado, el Poder Ejecutivo podrá afectarlos a convenios colectivos de trabajo, transporte, sistema de salud o a los programas municipales de gestión de residuos sólidos, y, además, en relación a los recursos que provengan de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) por encima de lo presupuestado, sólo se destinará a gastos de capital, tal se indica más arriba en forma detallada.
 
Cabe destacar que a efectos de avanzar en una perspectiva de solvencia fiscal y brindar cobertura a demandas no previstas derivadas de la coyuntura actual, se prevé integrar el Fondo de Estabilización Fiscal Ley Nº 12.403/05 por un monto de $1.000 M.
 
El Proyecto de Ley (Expediente 44301 PE) (Mensaje 4957) del Poder Ejecutivo, de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2022, suscripto por el Gobernador Omar Perotti y el ministro de Economía Walter Agosto, en acuerdo de ministros, ingresado el miércoles 29 de septiembre de 2021, a las 18:00, por mesa de movimiento de Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe que, en la 13ª sesión ordinaria del 139º Período del jueves 7 de octubre de 2021 procedió a su ingreso formal a los efectos de que tome estado parlamentario propiamente dicho, había resultado asignado a 2 comisiones internas senatoriales para su pronto despacho.
 
Tal como se presumía, mediante el “trabajo mancomunado” y todos los aportes tendientes al “objetivo común y el beneficio de todos los santafesinos”, con las aclaraciones correspondientes, resultó sancionado por esta Cámara de Senadores, por unanimidad y sobre tablas, durante la sesión extraordinaria especial del día jueves 16 de diciembre de 2021, en un marco de “ejemplaridad y madurez legislativa con un clarísimo mensaje de responsabilidad a toda la sociedad” según coincidieron los senadores que oficiaron de miembros informantes: Rubén Pirola (foto gentileza Prensa Senado), Alcides Calvo, Felipe Michlig y Armando Traferri, en nombre de los 19 senadores y senadora.
 
Se comunicó la media sanción, tanto del Mensaje 4957 del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2022 como del Mensaje 4959 del Proyecto de Ley de Política Tributaria para el período fiscal 2022, a Cámara de Diputados y Diputadas a los fines de que complete el procedimiento parlamentario para ambos a la mayor brevedad, probablemente antes de las “fiestas navideñas” como todos presumen admitiendo prueba legislativa en contrario, en estas Sesiones Extraordinarias.
 
Publicado: 17/Diciembre/2021

Fuente: Fernando Brosutti


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