[ 21.09.2024 14:05 ] ›
Se aceptó la participación de Amalia Granata en la demanda ordinaria de inconstitucionalidad de la reforma del sistema previsional
La jueza del Juzgado de 1ª Instancia Civil y Comercial – 10ª Nominación corrió traslado a la demandada Provincia de Santa Fe para que conteste en plazo de tres días, bajo apercibimiento de declaración de rebeldía
Hace poco más de una semana, el jueves 12 de setiembre de 2024, en el marco de rotura de vidrios y violencia ejercida desde el exterior contra las puertas de la Legislatura Santafesina con intento de ingreso al Hall y piedras por doquier y bombas de estruendo, se votó en general y el particular (por capítulos) reglamentariamente el Mensaje 5115 que declaró la emergencia previsional y se sancionó la reforma del sistema jubilatorio de los empleados y funcionarios de la provincia de Santa Fe que, rápidamente fue promulgada por el Poder Ejecutivo (Maximiliano Pullaro) como Ley Nº 14.283 y se publicó en el Boletín Oficial para su vigencia.
En esa oportunidad, ante el caos provocado por un grupo de inadaptados, se votó en general y en particular con la clausura del debate, situación que provocó el pase a cuarto intermedio ya con la ley sancionada por mayoría ante los gritos y reclamos de algunos diputados y diputadas y manifestantes (14 delegados por los gremios y sindicatos) situados en las barras y gradas.
Si bien se aclaró que la votación antes del paso a cuarto intermedio había sido en general y en particular por capítulos en rápido trámite, ante la confusión y rapidez de dicha votación, quienes votaron por la negativa, caso de los diputados y diputadas justicialistas, consideraron “irregular e incompleta la votación”.
Y, por Somos Vida – UNITE (foto gentileza Prensa Diputados), Amalia Granata calificó de “nula la votación” puesto que en el sistema electrónico figuraban, antes del pase a cuarto intermedio, 44 presentes y 6 ausentes, por 23 votos afirmativos, 9 votos negativos y 11 abstenciones, y la presidencia de Clara García. Luego se aclaró que la votación definitiva había arrojado 23 votos afirmativos y 20 votos negativos.
El día 20 de setiembre de 2024, la jueza María Romina Kilgelmann, a cargo del Juzgado de 1ª Instancia Civil y Comercial – 10ª Nominación de los Tribunales Santafesinos, hizo lugar a la demanda ordinaria de inconstitucionalidad de la Ley Nº 14.283 presentada por Amalia Inés Sabina Granata y otros contra la Provincia de Santa Fe y corrió traslado a la demandada (Provincia de Santa Fe) por el plazo de tres (3) días para que conteste, bajo apercibimiento de declaración de rebeldía. Se hizo saber por parte del Juzgado que las actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad de los Procesos Civiles.
Publicado: 21/Setiembre/2024.
En esa oportunidad, ante el caos provocado por un grupo de inadaptados, se votó en general y en particular con la clausura del debate, situación que provocó el pase a cuarto intermedio ya con la ley sancionada por mayoría ante los gritos y reclamos de algunos diputados y diputadas y manifestantes (14 delegados por los gremios y sindicatos) situados en las barras y gradas.
Si bien se aclaró que la votación antes del paso a cuarto intermedio había sido en general y en particular por capítulos en rápido trámite, ante la confusión y rapidez de dicha votación, quienes votaron por la negativa, caso de los diputados y diputadas justicialistas, consideraron “irregular e incompleta la votación”.
Y, por Somos Vida – UNITE (foto gentileza Prensa Diputados), Amalia Granata calificó de “nula la votación” puesto que en el sistema electrónico figuraban, antes del pase a cuarto intermedio, 44 presentes y 6 ausentes, por 23 votos afirmativos, 9 votos negativos y 11 abstenciones, y la presidencia de Clara García. Luego se aclaró que la votación definitiva había arrojado 23 votos afirmativos y 20 votos negativos.
El día 20 de setiembre de 2024, la jueza María Romina Kilgelmann, a cargo del Juzgado de 1ª Instancia Civil y Comercial – 10ª Nominación de los Tribunales Santafesinos, hizo lugar a la demanda ordinaria de inconstitucionalidad de la Ley Nº 14.283 presentada por Amalia Inés Sabina Granata y otros contra la Provincia de Santa Fe y corrió traslado a la demandada (Provincia de Santa Fe) por el plazo de tres (3) días para que conteste, bajo apercibimiento de declaración de rebeldía. Se hizo saber por parte del Juzgado que las actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad de los Procesos Civiles.
Publicado: 21/Setiembre/2024.
Fuente: Fernando Brosutti
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