[ 02.02.2014 11:33 ] ›
Gonnet propone licencia a trabajadoras madres de hijos con síndrome de Down
Se extenderá por un período de 6 meses una vez finalizada la licencia de 90 días

La diputada provincial justicialista Erika Gonnet (KFV), por intermedio del proyecto de ley (expediente 28329 BK FV) de su autoría, que desde la sesión ordinaria del día jueves 7 de noviembre de 2013 estudian las Comisiones de Asuntos Laborales, Gremiales y de Previsión y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe que preside el diputado provincial justicialista Luis Rubeo (KFV), propone que la Provincia de Santa Fe adhiera a la Ley Nacional Nº 24.716 “Licencia para Trabajadoras Madres de Hijos con Síndrome de Down”, a los fines que la licencia de 90 días por embarazo, 45 días anteriores al parto y 45 días posteriores al mismo, se extienda por un período de 6 meses una vez finalizada, en los cuales no percibirá remuneraciones sino una asignación familiar especial cuyo monto debe ser igual a la remuneración que hubiese recibido en caso de realizar tareas.
El tiempo posterior al diagnóstico del Síndrome de Down es crucial para la madre
Los momentos posteriores al diagnóstico del Síndrome de Down son cruciales para el núcleo familiar. Es entonces cuando la importancia del tiempo disponible para una madre a fin de buscar asesoramiento, contención y todas las herramientas para el desarrollo de su hijo sin perder la fuente de trabajo ni sus correspondientes ingresos, se hace crucial y prioritario, atento a que es responsabilidad de los padres buscar la ayuda necesaria para averiguar las aptitudes de sus hijos y las áreas de posible desarrollo, comprender sus limitaciones, físicas y mentales y procurarles las condiciones para crecer y aprender en la medida de su capacidad.
El papel de la madre en la primera etapa de su desarrollo se considera primordial
Criar hijos con Síndrome de Down tiene sus propios retos. El niño con Síndrome de Down tiene, como todos los niños, una gran tarea humana que realizar, desarrollar su personalidad psicológica y alcanzar la madurez de todas sus cualidades. El desarrollo de su personalidad y de su ser físico y mental, dependerá de factores y de las influencias culturales y ambientales que componen un potencial que puede efectivizarse en crecimiento y buena salud, con educación y entrenamiento en un ambiente acogedor, y, para ello, se considera primordial el papel de la madre en la primera etapa de su desarrollo, por lo cual debe disponer del tiempo necesario.
La legislación laboral protege integralmente la familia y, por ende, la maternidad
La legislación laboral argentina protege expresamente a las trabajadoras en estado de embarazo. Este resguardo tiene su origen en la Constitución Nacional que en su artículo 14 bis establece el derecho a la seguridad social que comprende diferentes derechos establecidos en ese sentido, entre los que se encuentra la protección integral de la familia y, por ende, la protección de la maternidad. La Ley de Contrato de Trabajo, en su artículo 177, determina la prohibición de trabajar, para la mujer embaraza, durante los 45 días anteriores al parto y hasta los 45 días después.
A los 90 días por maternidad, se sumarán 6 meses con una remuneración especial
En caso de las madres que den a luz a chicos con Síndrome de Down, la Ley Nacional Nº 24.716 otorga licencia y asignación especiales. De esta manera, las mujeres comprendidas en esta ley tienen derecho a una licencia que se extiende por un período de 6 meses una vez finalizada la de 90 días referida en el párrafo anterior. En ese período, la trabajadora no percibe remuneraciones sino una asignación familiar especial cuyo monto debe ser igual a la remuneración que hubiese percibido en caso de realizar tareas; fundamentó la diputada provincial justicialista Erika Gonnet (KFV) el proyecto de ley (expediente 28329 BK FV) de su autoría que, desde la sesión ordinaria del día jueves 7 de noviembre de 2013, estudian las Comisiones de Asuntos Laborales, Gremiales y de Previsión y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, para ser tratado a partir del 1º de mayo de 2014, fecha de inicio del período de sesiones ordinarias.
Publicado: 02/Febrero/2014
El tiempo posterior al diagnóstico del Síndrome de Down es crucial para la madre
Los momentos posteriores al diagnóstico del Síndrome de Down son cruciales para el núcleo familiar. Es entonces cuando la importancia del tiempo disponible para una madre a fin de buscar asesoramiento, contención y todas las herramientas para el desarrollo de su hijo sin perder la fuente de trabajo ni sus correspondientes ingresos, se hace crucial y prioritario, atento a que es responsabilidad de los padres buscar la ayuda necesaria para averiguar las aptitudes de sus hijos y las áreas de posible desarrollo, comprender sus limitaciones, físicas y mentales y procurarles las condiciones para crecer y aprender en la medida de su capacidad.
El papel de la madre en la primera etapa de su desarrollo se considera primordial
Criar hijos con Síndrome de Down tiene sus propios retos. El niño con Síndrome de Down tiene, como todos los niños, una gran tarea humana que realizar, desarrollar su personalidad psicológica y alcanzar la madurez de todas sus cualidades. El desarrollo de su personalidad y de su ser físico y mental, dependerá de factores y de las influencias culturales y ambientales que componen un potencial que puede efectivizarse en crecimiento y buena salud, con educación y entrenamiento en un ambiente acogedor, y, para ello, se considera primordial el papel de la madre en la primera etapa de su desarrollo, por lo cual debe disponer del tiempo necesario.
La legislación laboral protege integralmente la familia y, por ende, la maternidad
La legislación laboral argentina protege expresamente a las trabajadoras en estado de embarazo. Este resguardo tiene su origen en la Constitución Nacional que en su artículo 14 bis establece el derecho a la seguridad social que comprende diferentes derechos establecidos en ese sentido, entre los que se encuentra la protección integral de la familia y, por ende, la protección de la maternidad. La Ley de Contrato de Trabajo, en su artículo 177, determina la prohibición de trabajar, para la mujer embaraza, durante los 45 días anteriores al parto y hasta los 45 días después.
A los 90 días por maternidad, se sumarán 6 meses con una remuneración especial
En caso de las madres que den a luz a chicos con Síndrome de Down, la Ley Nacional Nº 24.716 otorga licencia y asignación especiales. De esta manera, las mujeres comprendidas en esta ley tienen derecho a una licencia que se extiende por un período de 6 meses una vez finalizada la de 90 días referida en el párrafo anterior. En ese período, la trabajadora no percibe remuneraciones sino una asignación familiar especial cuyo monto debe ser igual a la remuneración que hubiese percibido en caso de realizar tareas; fundamentó la diputada provincial justicialista Erika Gonnet (KFV) el proyecto de ley (expediente 28329 BK FV) de su autoría que, desde la sesión ordinaria del día jueves 7 de noviembre de 2013, estudian las Comisiones de Asuntos Laborales, Gremiales y de Previsión y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, para ser tratado a partir del 1º de mayo de 2014, fecha de inicio del período de sesiones ordinarias.
Publicado: 02/Febrero/2014
Fuente: Susana Goris

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